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Documento BOE-A-1981-21016

Corrección de errores de la Circular número 861, de 28 de julio de 1981, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, por la que se definen los conceptos de maderas finas y ordinarias a efectos de aplicación de la tasa 15.03 por derechos obvencionales de Aduanas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 17 de septiembre de 1981, páginas 21615 a 21615 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1981-21016
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/1981/07/28/861/corrigendum/19810917

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en la inserción de la citada Circular, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 192, de 12 de agosto de 1981, página 18482, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

Donde dice: «Circular número 86…», debe decir: «Circular número 861…».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 17/09/1981
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Circular núm. 891, de 31 de mayo de 1983 (Ref. BOE-A-1983-17964).
  • Fecha de derogación: 18/07/1983
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores, con rectificación del número oficial, de la Circular 861, de 28 de julio de 1981 (Ref. BOE-A-1981-18171).
Materias
  • Aduanas
  • Arancel de Aduanas
  • Importaciones
  • Madera
  • Tasas y exacciones parafiscales

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