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Documento BOE-A-1981-28320

Corrección de errores del Real Decreto 2384/1981, de 3 de agosto, por el que se aprueba el nuevo texto del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 7 de diciembre de 1981, páginas 28674 a 28674 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1981-28320
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1981/08/03/2384/corrigendum/19811207

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto» del citado Real Decreto 2384/1981, de 3 de agosto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» números 255, 250 y 257, de 24, 26 y 27 de octubre de 1981, respectivamente, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 24960, «Boletín Oficial del Estado» número 255, de 24 de octubre de 1981, artículo 22, párrafo único, donde dice: «... de los cónyuges o el padre o la madre o en su defecto ...», debe decir: «... de los cónyuges o el padre o la madre o, en su defecto ...».

En la página 25058, «Boletín Oficial del Estado» número 256, de 26 de octubre de 1981, artículo 54, apartado 2, c), donde dice: «... sujeto pasivo por el precio aplazado en la compraventa cuando constituya ...», debe decir: «... sujeto pasivo por el precio aplazado en la compraventa, cuando constituya ...».

En la página 25059, artículo 60, apartado 1, donde dice: «... embalajes y envases siempre, que el precio ...», debe decir: «... embalajes y envases siempre que el precio...».

En la página 25062, artículo 84, apartado 1, donde dice: «... el coste de adquisición ...», debe decir: «... el coste medio de adquisición ...».

En la misma página, artículo 64, apartado 2, c), donde dice: «... debiera haberse determinado en el mismo caso de no existir ...», debe decir: «... debiera haberse determinado en el mismo, caso de no existir ...».

En la página 25064, artículo 97, apartado 1, donde dice: «... establecidos en el artículo 100 de este Regimiento.», debe decir: «... establecidos en el artículo 100 de este Reglamento.».

En la página 25153, del «Boletín Oficial del Estado» número 257, de 27 de octubre de 1981, artículo 117, apartado 2, donde dice: «... valores mobiliarios cuyo costo de adquisición haya sido determinado ...», debe decir: «... valores mobiliarios, cuyo costo de adquisición haya sido determinado ...».

En el apartado 3, donde dice: «... diversos años y se hubiera ...». debe decir: «... diversos años, y se hubiera ...».

En la misma página, artículo 119, apartado 2, donde dice: «... b), y 2; 128,...», debe decir: «... b), y 2., 126, ...».

En el mismo artículo, apartado 3, donde dice: «... los artículos 120 y 121 se reducirán ...», debe decir: «... los artículos 120 y 121, se reducirán ...».

En la misma página, artículo 121, apartado 3, donde dice: «... cada Sujeto o miembro de ...», debe decir: «... cada sujeto pasivo o miembro de ...».

En la página 25154, párrafo 3), del apartado d), del número 1, del artículo 123, donde dice: «... primera comunión y demás actos ...», debe decir: «... Primera Comunión y demás actos ...».

En la página 25155, artículo 124, último párrafo del apartado b) del número 1, donde dice: «Igualmente no se considerará...», debe decir: «Igualmente, no se considerará ...».

En la página 25156, artículo 127, apartado e) del número 1, donde dice: «... doble imposición a las reducciones ...», debe decir: «... doble imposición internacional, deben quedar exentos del Impuesto español.»,

En el mismo artículo, apartado b) del número 2, donde dice: «... a las reducciones o bonificaciones ...», debe decir: «... a las reducciones o bonificaciones ...».

En el número 6 del mismo artículo y página citados anteriormente, donde dice: «... que los dividendos las primas de asistencia ...», debe decir: «... que los dividendos, las primas de asistencia ...». Donde dice: «... el concepto estricto de dividendo, representan ...», debe decir: «... el concepto estricto de dividendo representan ...»

En la misma página 25158, artículo 129, apartado e), donde dice: «... o sus dependencias de derechos ...», debe decir: «... o sus dependencias, de derechos...».

En la misma página artículo 130, número 1, donde dice: «... en el extranjero, satisfecho por Empresas mineras, de explotación de hidrocarburos constructoras, ...», debe decir: «... en el extranjero, satisfechos por Empresas mineras, de explotación de hidrocarburos, constructoras, ...».

En la página 25157, artículo 141, apartado 2, donde dice: «... que realice la Administración tendrán un recargo del 15 por 100 sobre la cantidad a ingresar, una vez realizadas ...», debe decir: «... que realice la Administración, tendrán un recargo del 15 por 100 sobre la cantidad a ingresar una vez realizadas ...».

En la página 25158, artículo 147, apartado número 6, donde dice:. «Igualmente no estarán ...», debe decir: «Igualmente, no estarán ...».

En la misma página, artículo 148, apartado c), donde dice: «... los rendimientos, cualquiera que sea su naturaleza, ...», debe decir: «... los rendimientos, cualesquiera que sea su naturaleza, ...».

En la misma página, artículo 149, párrafo segundo del apartado c) del número 1, donde dice: «Cundo alguna peonada ...», debe decir: «Cuando alguna peonada ...».

En la misma página y artículo, apartado e), donde dice: «... de retención antes citadas lo será ...», debe decir: «... de retención antes citadas, lo será ...».

En la página 25159, artículo 151, apartado 1, donde dice: «... sujetos obligados a retener se entenderán ...», debe decir: «... sujetos obligados a retener, se entenderán ...».

En la página 25160, en el número 2, del artículo 157, donde dice: «Más de 3.080.000 ...10 (para número de hijos 10)», debe decir: «Más de 3.680.000 11 (porcentaje para número de hijos 10)».

En la página 25161, artículo 167, apartado 1, donde dice: «... disposición transitoria ...», debe decir: «... Disposición Transitoria ...».

En el apartado 3 del mismo artículo, donde dice: «... preceptuado en la disposición adicional quinta ...», debe decir: «... preceptuado en la Disposición Adicional Quinta ...».

En la página 25162, Disposición Transitoria Cuarta, donde dice: «... disposición transitoria tercera...», debe decir: «... Disposición Transitoria Tercera ...».

En la página 25164, Disposición Final Tercera, donde dice: «... disposición final primera ...», debe, decir: «... Disposición Final Primera ...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 07/12/1981
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1991-30904).
  • Fecha de derogación: 01/01/1992
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2384/1981, de 3 de agosto (Ref. BOE-A-1981-24709).
Materias
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

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