Está Vd. en

Documento BOE-A-1982-16378

Recurso de inconstitucionalidad número 201/1982, interpuesto por el Presidente del Gobierno contra la Ley 1/1982, de 11 de febrero, del Parlamento Vasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 1982, páginas 17827 a 17827 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1982-16378

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de junio actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra los artículos 6.8 apartado 1.º y disposición final primera de la Ley 1/1982, de 11 de febrero, del Parlamento Vasco, sobre Cooperativas. Y se hace saber que en el mencionado recurso se ha invocado por el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución que produce desde el día 9 de junio del corriente año, fecha de la formalización, la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos antes mencionados de la Ley 1/1982, de 11 de febrero, del Parlamento Vasco.

Por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, se publica para general conocimiento.

Madrid, 18 de junio de 1982.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Manuel García-Pelayo y Alonso. (Firmado y rubricado.)

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 18/06/1982
  • Fecha de publicación: 30/06/1982
  • Suspende, desde el 30 de junio, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 9 de junio, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara la inconstitucionalidad de la disposición final 1 y la constitucionalidad del art. 8.1 en los términos del FJ último, por Sentencia 72/1983, de 29 de septiembre (Ref. BOE-T-1983-22272).
  • SE DECLARA la ratificación de la suspensión de vigencia y aplicación de los preceptos indicados, por Auto 1/1982, de 4 de noviembre (Ref. BOE-A-1982-29843).
  • SE CORRIGEN errores, por Providencia de 2 de julio (Ref. BOE-A-1982-16851).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con el art. 6.8.1 y la disposición final 1 de la Ley 1/1982, de 11 de febrero (Ref. BOE-A-2012-5530).
Materias
  • Cooperativas
  • País Vasco
  • Recursos de inconstitucionalidad

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid