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Documento BOE-A-1982-25035

Ley 1/1982, de 24 de junio, por la que se fija la sede de las Instituciones autonómicas de Galicia.Ver texto consolidado

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 27 de septiembre de 1982, páginas 26385 a 26385 (1 pág.)
Sección:
V. Comunidades Autónomas y Entes Preautonómicos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-1982-25035
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ga/l/1982/06/24/1

TEXTO ORIGINAL

El articulo 8.º del Estatuto de Autonomía para Galicia determina que «una Ley de Galicia para cuya aprobación se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de su Parlamento, fijará la sede de las instituciones autonómicas».

En cumplimiento de lo dispuesto en dicho precepto, el Parlamento de Galicia con el quórum requerido ha aprobado y yo vengo en promulgar en nombre del Rey, la siguiente Ley:

Artículo 1.º

Se designa a Santiago de Compostela como sede del Parlamento, de la Xunta, de su Presidente y de las Consellerías.

Artículo 2.º

El Tribunal Superior de Justicia tendrá su sede en la ciudad de La Coruña.

Dado en Santiago de Compostela a 24 de junio de 1982.

GERARDO FERNÁNDEZ ALBOR,

Presidente

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 24/06/1982
  • Fecha de publicación: 27/09/1982
  • Fecha de entrada en vigor: 12/08/1982
  • Publicada en el DOG núm. 12, de 23 de julio de 1982.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN, dotando de un Estatuto de capitalidad a la ciudad de Santiago de Compostela: Ley 4/2002, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2002-18100).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 8 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril (Ref. BOE-A-1981-9564).
Materias
  • Galicia
  • Parlamento Autonómico
  • Tribunales Superiores de Justicia

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