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Documento BOE-A-1982-31205

Corrección de errores del Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 1982, páginas 32775 a 32775 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1982-31205
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1982/08/27/2816/corrigendum/19821129

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Real Decreto y Reglamento citados, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» número 267, de 6 de noviembre de 1982, páginas 30570 a 30582, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el párrafo dos de la disposición derogatoria, donde dice: «… con arreglo al párrafo procedente …», debe decir: «… con arreglo al párrafo precedente …».

En el artículo 6.º 5 del Reglamento, donde dice: «… un hueco de acceso o una escalera …», debe decir: «… un hueco de acceso a una escalera …».

En el artículo 17.4, donde dice: «… conservándose siempre un buen estado de limpieza …», debe decir: «… conservándose siempre en un buen estado de limpieza …».

En el artículo 20.1, donde dice: «… deberá hacerse constar el período de envejecimiento …», debe decir: «… deberá hacerse constar el período de envejecimiento …».

En el artículo 22.4, donde dice: «… otros medios de evacuación especiales que deban disponer los locales …», debe decir: «… otros medios de evacuación especiales de que deban disponer los locales …».

En el artículo 32, donde dice: «… una sobrecarga de 400 kilos por metros …», debe decir: «… una sobrecarga de 400 kilos por metro …».

En el artículo 64.2, donde dice: «… vueltas automovilísticas …», debe decir: «… vueltas automovilistas …».

En el artículo 69, al comienzo, donde dice: «Los locales y espectáculos …», debe decir: «Los locales de espectáculos …».

En el artículo 73.b), donde dice: «… las condiciones de seguridad e higiene necesarios …», debe decir: «… las condiciones de seguridad e higiene necesarias …».

En el anexo, apartado II-3, donde dice: «Carreras cicilistas, motociclistas y automovilísticas …», debe decir: «Carreras cicilistas, motociclistas y automovilistas …».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 29/11/1982
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto (Ref. BOE-A-1982-28915).
Materias
  • Actividades molestas insalubres nocivas y peligrosas
  • Espectáculos

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