A tenor de lo dispuesto en los Reales Decretos 2420/1978, de 2 de junio, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Conservas Vegetales, y 1521/1977, de 3 de mayo, que aprobó la Reglamentación Técnico-Sanitaria de los Productos de la Pesca con Destino al Consumo Humano,
Esta Subsecretaría dicta y aprueba la siguiente Resolución:
Con el fin de dar cumplimiento a las Reglamentaciones en vigor, se señala como letra representativa del año 1982 la <Z>, que podrá utilizarse indistintamente con la última cifra del año <2>, tanto en conservas vegetales como en las de pescado.
El resto de los productos alimenticios envasados siguen estando sujetos a lo que prescribe el Decreto 336/1975 y las respectivas Reglamentaciones Técnico-Sanitarias.
Madrid, 16 de febrero de 1982.- El Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.
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