El Real Decreto 3491/1981, de 29 de diciembre (<Boletín Oficial del Estado> de 10 de febrero de 1982), introduce determinadas modificaciones temporales de los derechos arancelarios aplicables a ciertas mercancías que obligan a la apertura de varias posiciones estadísticas con objeto de hacer posible la liquidación mecanizada por medio de ordenador.
Por otra parte, la próxima puesta en funcionamiento de la Inspección-Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de La Línea de la Concepción (Cádiz) hace precisa la adjudicación a la misma de su consiguiente código estadístico.
Igualmente, y a petición de los sectores exportadores parece aconsejable la asignación de posiciones estadísticas independientes a determinados productos.
En su virtud, esta Dirección General, en uso de sus atribuciones, ha tenido a bien acordar:
Primero.- Asignar las siguientes claves estadísticas
1) Partida 08.04.A I a) 2.
Intercalar entre las claves 08.04.19.4 y 08.04.19.9:
08.04.19.5. - napoleón negra.
2) Partida 08.04.A II a).
Intercalar entre las claves 08.04.25.4 y 08.04.25.9:
08.04.25.5. - napoleón negra.
3) Partida 22.08.A.
Nueva estructura:
I. de graduación superior a 96 grados:
22.08.10.1. - vínico
- no vinico:
22.08.10.2. - totalmente desnaturalizado:
- los demás:
22.08.10.3. - destinado a usos especiales.
22.08.10.4. - destinado a usos generales.
II. Los demás:
22.08.10.5. - vínico
- no vínico:
- totalmente desnaturalizado:
22.08.10.6. - de graduación alcohólica igual o superior a 90 C e inferior a 96 Gay-Lussac
22.08.10.7. - los demás
- los demás:
22.08.10.8. - destinados a usos especiales
22.08.10.9. - destinados a usos generales.
4) Partida 29.04.A III b).
Nueva estructura:
- los demás:
29.04.18.1. - alcohol butílico secundario.
29.04.18.9. - los demás
(Se suprime la clave 29.04.18.)
5) Partida 29.08.A III c) 2.
Nueva estructura:
2. los demás:
29.08.18.2. - nitrofene (ISO); metoxicloro (ISO)
29.08.18.9. - los demás.
6) Partida 29.14.C.
Nueva estructura:
C. Acidos monocarboxílicos ciclánicos, ciclénicos y cicloterpénicos:
29.14.86.1. - alletrin (ISO); permetrina (ISO); ciclopropato
29.14.86.9. - los demás.
(Se suprime la clave 29.14.86.)
7) Partida 29.14 D IV c).
Nueva estructura:
c) los demás ácidos... (etc.):
29.14.98.2. - bromopropilato (ISO); dicamba (ISO); ácido naftilacético (ISO)
29.14.98.9. - los demás.
8) Partida 29.16.D III.
Nueva estructura:
III. Los demás:
29.16.90.3. - metopreno (ISO); metil-5-(2, 4-diclorofenoxi)2-ritrobenzoato (IUPAC); fenotrin (ISO); diclorop-metil (ISO); 2, 4, 5-triclorofenoxi-acético (ISO)
29.16.90.9. - los demás.
9) Partida 29.19 C II.
Nueva estructura:
II. Ios demás
29.19.99.1. - tetraclovinfos (ISO); clorfenvinfos (ISO); mevinfos (ISO): crotoxifos (ISO); bromfenvinfos (ISO).
29.19.99.9. - los demás
(Se suprime la clave 29.19.99.)
10) Partida 29.21.B II d).
Nueva estructura:
d) los demás:
29.21.90.4. - propalgita (ISO)
29.21.90.9. - los demás
11) Partida 29.30.B.
Nueva eslruclura:
B. Los demás:
29.30.00.3. - isofenfos (ISO); propetamfos (ISO); acefato (ISO)
29.30.00.9. - los demás
12) Partida 29.31.B III.
Nueva estructura:
III. ácido tioglicólico, sus sales y sus ésteres.
29.31.80.7. - ácido tioglicólico
29.31.80.2. - sales y ésteres del acido tioglicólico.
13) Partida 29.31.B IV.
Nueva estructura:
IV. tiofosfatos
29.31.80.8. - malation (ISO)
29.31.80.3. - los demás
14) Partida 29.34.C I.
Nueva estructura:
I. fosfonatos:
29.34.90.1. - triclorfón (ISO)
29.34.90.2. - los demás
15) Partida 29.35.Q XIV.
Nueva estructura:
XIV. los demás:
(Añadir entre las claves 29.35.99.5 y 29.35.99.9.)
29.35.99.6 - paraquat (ISO); bernomilo (ISO); dinitroso pentametileno tetramina; ácido tricloroisocianúrico y sus sales.
16) Partida 38.06.
Nueva estructura:
38.06. Lignosulfitos:
38.06.00.1. - lignosulfitos en polvo
38.06.00.9. - los demás
(Se suprime la clave 38.06.00.)
17) Partida 39.02.C VI a) 2.
Añadir a continuación de la clave 39.02.32.1.
- los demás:
39.02.32.2. - poliestireno expandible
39.02.32.3. - los demás
18) Partida 48.07.D VI.
Nueva estructura:
VI. papeles y cartones engomados o adhesivos
48.07.91.1. - autoadhesivos
48.07.91.9. - los demás
(Se suprime la clave 48.07.91.)
19) Partida 85.21.D II b) 2.
Nueva estructura:
2. Los demás:
85.21.66. - circuitos integrados híbridos
85.21.68.1. - diodos apilados, tipo miniatura (12 X 4 mm. máximo), de alta tensión (mínimo 12.000 voltios), para la fabricación de multiplicadores de tensión para tubos de rayos catódicos.
85.21.68.9. - los demás.
Segundo.- Asignar a la Aduana de La Línea de la Concepción la clave 119.
Tercero.- La presente Circular entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 4 de marzo de 1982.- El Director general, Antonio Rua Benito.
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