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Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 45, de fecha 22 de febrero de 1982, se transcriben a continuación las rectificaciones oportunas:
En la página 4535, columna izquierda, apartado C, punto g), donde dice: «g) Artículo 137. Corresponderá a la Inspección inmediata y al Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones...»; debe decir: «g) Artículo 137. Corresponderá a la Junta la inspección inmediata y al Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones...».
En el mismo apartado C, punto i), donde dice: «Artículo 145. La aprobación y Reglamentos y tarifas de...»; debe decir: «Artículo 145. La aprobación de Reglamentos y tarifas de...».
En la misma página, columna derecha, anexo II, apartado b), en la cuarta línea, donde dice: «–Ley 26/1973, de 21 de julio, de Transformación de Trolebuses y Autobuses.»; debe decir: «–Ley 26/1973, de 21 de julio, de Transformación de Trolebuses en Autobuses.»
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