Corrección de erratas de la Resolución de 28 de septiembre de 1983, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, por la que se modifica el margen de tolerancia fijado en el artículo 341 de las Ordenanzas de Aduanas para el Pescado a Granel conducido a España por el propio buque captor o por otro que lo tome de éste en transbordo directo en alta mar.
Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 25 de noviembre de 1983, páginas 31892 a 31892 (1 pág.)