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Documento BOE-A-1983-6006

Corrección de errores del Real Decreto-ley 2/1983, de 23 de febrero, de expropiación, por razones de utilidad pública e interés social, de los Bancos y otras Sociedades que componen el grupo «Rumasa, S. A.».

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 1983, páginas 5393 a 5393 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1983-6006
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/1983/02/23/2/corrigendum/19830225

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto-ley 2/1983, de 23 de febrero, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 47, de 24 de febrero de 1983, se transcriben a continuación los oportunas rectificaciones:

En la página 5294, primera columna, al final del párrafo 7, debe figurar lo siguiente:

«Todo ello al amparo de las previsiones contenidas en los artículos 33.3 y 128.2 de la Constitución.

En su virtud, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de febrero de 1983 y en uso de la autorización concedida en el artículo 86 de la Constitución.

DISPONGO:»

Página 5294, primera columna, en el primer párrafo del artículo 2.º, línea tercera, donde dice: «…adquirirá el pleno dominio…», debe decir: «…adquiere el pleno dominio…».

Página 5294, segunda columna, al término del artículo 5.º, como número 5 del mismo, debe figurar el siguiente párrafo:

«5. El importe del justiprecio será abonado por el Estado en el plazo de los tres meses siguientes a la fecha del acuerdo de las partes o de la resolución del Jurado, devengado el interés básico del Banco de España desde la fecha de la publicación del presente Real Decreto-ley.» En el anexo a que se hace referencia en el artículo 1.º, deben omitirse las siguientes Sociedades:

«”Fletamentos Marítimos, S. A.”».

«”Roca Radiadores, S. A.”».

«”Túneles del Tibidabo, S. A.”».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 25/02/1983
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Ley 7/1983, de 29 de junio (Ref. BOE-A-1983-18139).
  • Fecha de derogación: 30/06/1983
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto-ley 2/1983, de 23 de febrero (Ref. BOE-A-1983-5915).
Materias
  • Banca
  • Expropiación forzosa
  • RUMASA

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