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Documento BOE-A-1984-15975

Corrección de errores del Real Decreto 1354/1983, de 27 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración, Circulación y Comercio de Té y Derivados.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 14 de julio de 1984, páginas 20726 a 20727 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1984-15975
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1983/04/27/1354/corrigendum/19840714

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 126, de fecha 27 de mayo de 1983, se transcriben a continuación las oportunas rectiflcaciones:

Artículo 3.º, punto 3.3, primera línea, donde dice: «Té semifermentado o té colong:», debe decir: «Té semifermentado o té oolong.»

Artículo 4.º, punto 4.4, segunda a séptima líneas, donde dice:

«— Recuento de colonias aerobias mesófilas (31 °C + 1 °C) (como máximo), 1.10/g.

— Bacillus cereus (como máximo), 1.10/g.

— Escherichia coli (como máximo), 1.10/g.

— Salmonella shigella, ausencia 25/g.

— Recuento total de mohos (como máximo), 1.10/g.»,

debe decir:

«— Recuento de colonias aerobias mesófilas (31 + 1 °C) (como máximo): 1.106/g.

— Bacillus cereus (como máximo): 1.103/g.

— Escherichia coli (como máximo): 1.104/g.

— Salmonella shigella: Ausencia/25 g.

— Recuento total de mohos (como máximo): 1.104/g.»

Artículo 7.º, punto 7.4, séptima línea, donde dice: «El lavabo», debe decir: «El lavado».

Artículo 9.º, punto 9.4, segundo párrafo, penúltima línea, última palabra, donde dice: «... especifiquen...», debe decir: «... especifique...».

Artículo 10, punto 10.3, segunda línea, donde dice: «... colong o semifermentados», debe decir: «... oolong o semifermentados».

Artículo 11, punto 11.2, segunda línea, donde dice: «... mesa.», debe decir: «... masa.».

Artículo 14, párrafo primero, última línea, donde dice: «... adulterados o falsificación», debe decir: «... adulterados o falsificados».

Artículo 14, párrafo 4.º, cuarta línea, donde dice: «... autorizados por tal fin...», debe decir: «... autorizados para tal fin...».

Artículo 15, segunda línea, donde dice: «... dedicados a la exportación...», debe decir: «... destinados a la exportación...».

Artículo 16, página 14784, segunda columna, tercera línea, donde dice: «... 2058 1982...», debe decir: «... 2058/1982...».

Artículo 17, punto 17.4, página 14784, segunda columna, primera línea, donde dice: «Mercado de fechas.», debe decir: «Marcado de fechas.».

Artículo 23, punto 23.1, página 14784, segunda columna, segunda línea, penúltima palabra, donde dice: «... corresponden al...», debe decir: «... corresponde al...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 14/07/1984
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1354/1983, de 27 de abril (Ref. BOE-A-1983-15103).
Materias
  • Comercio
  • Reglamentaciones técnico-sanitarias

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