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Documento BOE-A-1984-26691

Conflicto positivo de competencia número 792/1984, planteado por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, en relación con determinados apartados del artículo 1.º del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 1984, páginas 34929 a 34929 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1984-26691

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de noviembre corriente, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia número 792/1984, plasteado por el Consejo Ejetados a), b), c), e), i) l) y m), todos ellos del artículo 1. del Real Decreto 1314/1984 de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencia de la Tesorería General de la Seguridad Social

Madrid, 21 de noviembre de 1984.-El Secretario de Justicia (firmado y rubricado).

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 21/11/1984
  • Fecha de publicación: 04/12/1984
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y se declara que corresponden al Estado las competencias controvertidas, por Sentencia 124/1989, de 7 de julio (Ref. BOE-T-1989-19260).
Referencias anteriores
  • Conflicto promovido en relacion con determinados apartados del art. 1 del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1984-15723).
Materias
  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Cataluña
  • Comunidades Autónomas
  • Conflictos de Competencia
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
  • Recaudación
  • Seguridad Social
  • Tesorería General de la Seguridad Social
  • Tribunal Constitucional

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