POR RESOLUCION DE ESTA DIRECCION GENERAL DE 4 DE MARZO DE 1983 SE DIERON INSTRUCCIONES A OFICO SOBRE DISTRIBUCIONES DE SUS FONDOS. POR LA PRESENTE SE REAJUSTAN ESTAS NORMAS, TENIENDO EN CUENTA LA ACTUAL SITUACION DE TESORERIA DE OFICO
EN SU VIRTUD, ESTE CENTRO DIRECTIVO HA TENIDO A BIEN RESOLVER:
PRIMERO.-OFICO SEGUIRA ABONANDO EL 100 POR 100 DE LAS COMPENSACIONES DEL SISTEMA INTEGRADO DE FACTURACION DE ENERGIA ELECTRICA (SIFE) APROBADAS CON CARACTER DEFINITIVO POR ESTA DIRECCION GENERAL
SEGUNDO.-DANDO SIEMPRE PREFERENCIA A LO ESTABLECIDO EN EL PUNTO PRIMERO ANTERIOR, EN LAS DISTRIBUCIONES RESTANTES, OFICO ABONARA:
A)COMPENSACIONES PROVISIONALES CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES AL DE 1984: HASTA EL 98,5 POR 100 DE LOS IMPORTES REGISTRADOS EN SU CONTABILIDAD
B) COMPENSACIONES PROVISIONALES DEL EJERCICIO DE 1984: OFICO IRA EFECTUANDO PAGOS SEGUN LA SITUACION DE SU TESORERIA , HASTA SATISFACER EL 85 POR 100 DE TODAS LAS COMPENSACIONES PROVISIONALES QUE TENGA REGISTRADAS EN SU CONTABILIDAD
UNA VEZ ALCANZADO ESE PORCENTAJE , SATISFARA PARA LAS EXPLOTACIONES EXTRAPENINSULARES HASTA EL 95 POR 100 DE LAS CANTIDADES CONTABILIZADAS. SI LLEGARA A PAGAR ESTE ULTIMO PORCENTAJE PARA DICHAS EXPLOTACIONES, COMPLETARA LOS PAGOS HASTA IGUALAR TODAS LAS COMPENSACIONES PROVISIONALES AL 95 POR 100 DE SUS IMPORTES REGISTRADOS
TERCERO.-QUEDA DEROGADA LA RESOLUCION DE ESTA DIRECCION GENERAL DE 4 DE MARZO DE 1983 POR LA QUE SE DABAN NORMAS SOBRE LA MISMA CUESTION
MADRID, 30 DE DICIEMBRE DE 1983.- LA DIRECTORA GENERAL, CARMEN MESTRE
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