EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN LOS ARTICULOS 5. DEL REAL DECRETO 1201/1982, DE 14 DE MAYO, Y EN EL 9. DEL 334/1984, DE 8 DE FEBRERO,
PRIMERO.-EL DIA 2 DE JULIO DE 1984 INICIARAN SUS ACTIVIDADES DE JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 4 DE GRANADA Y DE MURCIA; DE INSTRUCCION NUMERO 4 DE CORDOBA Y E MURCIA; DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DDE ARRECIFE Y TUDELA NUMERO 3 DE CARTAGENA , JEREZ DE LA FRONTERA, REUS, MATARO Y PONTEVEDRA; NUMERO 4 DE ELCHE Y NUMERO 6 DE VIGO
SEGUNDO.-EN LA MISMA FECHA ENTRARAN EN FUNCIONAMIENTO LOS JUZGADOS DE DISTRITO NUMERO 2 DE ALCALA DE HENARES, TOLEDO Y ZAMORA Y NUMERO 3 DE CASTELLON, JEREZ DE LA FRONTERA Y PONTEVEDRA
TERCERO.-LA PLANTILLA ORGANICA DE LOS JUZGADOS QUE SE PONEN EN FUNCIONAMIENTO POR LA PRESENTE ORDEN SERA IDENTICA A LA QUE TIENEN LOS DEMAS JUZGADOS DE IGUALES NATURALEZA Y CONTENIDO EXISTENTES EN LAS MISMAS POBLACIONES Y EN AQUELLAS OTRAS DE ANALOGAS CARACTERISTICAS
CUARTO.-LA PROVISION DE LAS PLAZAS DE MAGISTRADOS, JUECES Y DEMAS PERSONAL QUE HA DE SERVIR EN LOS DISTINTOS JUZGADOS SE EFETUARA DE ACUERDO CON LA NORMATIVA VIGENTE
MADRID, 23 DE MARZO DE 1984.-LEDESMA BARTRET
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