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Documento BOE-A-1985-11128

Orden de 12 de junio de 1985 por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 1985, páginas 18179 a 18184 (6 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1985-11128
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/06/12/(1)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 669/1984, DE 28 DE MARZO, REGULADOR DE LA ESTRUCTURIA Y FUNCIONES DE LOS ORGANOS DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO, FACULTA, EN SU DISPOSICION FINAL PRIMERA, A ESTE DEPARTAMENTO PARA DICTAR LAS DISPOSICIONES NECESARIAS PARA SU DESARROLLO Y APLICACION, Y EN PARTICULAR EN LO QUE SE REFIERE A LA ORGANIZACION PERIFERICA DE LA DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA Y A LOS CENTROS DE FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO, DEPENDIENTES DE LA MISMA, CON EL FIN DE COMPLETAR SU PLENA ORGANIZACION, A NIVELES INFERIORES, Y ALCANZAR UNA MAYOR EFICACIA EN EL MARCO DE UN CONTINUADO PROCESO DE INTEGRACION OPERATIVA DE LOS CUERPOS QUE CONSTITUYEN LA POLICIA.

EN USO DE TALES FACULTADES, PREVIA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 130.2 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:

1. ORGANIZACION CENTRAL

1.1 SUBDIRECCION GENERAL.

BAJO LA INMEDIATA DEPENDENCIA DEL SUBDIRECTOR GENERAL, EXISTIRAN UN NEGOCIADO DE DESPACHO Y LAS SIGUIENTES UNIDADES, CON NIVEL ORGANICO DE SERVICIO:

1.1.1 GABINETE TECNICO Y DE COORDINACION, CON MISIONES DE APOYO Y ASISTENCIA PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES QUE SON PROPIAS DEL SUBDIRECTOR GENERAL, DEL QUE DEPENDERAN UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- ESTUDIOS Y METODOS, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- COORDINACION, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- ASUNTOS JURIDICOS.

- ASUNTOS ADMINISTRATIVOS, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- PRENSA, DIVULGACION Y RELACIONES PUBLICAS, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- INVESTIGACIONES PSICOSOCIOLOGICAS EN LA QUE SE INTEGRAN LAS UNIDADES PSICOLOGICAS EXISTENTES EN LOS CUERPOS SUPERIOR DE POLICIA Y DE POLICIA NACIONAL.

- DEPORTES.

1.1.2 ARCHIVO CENTRAL, QUE TENDRA A SU CARGO LA CONFECCION DE EXPEDIENTES, TARJETAS Y REFERENCIAS DE ESCRITOS Y DILIGENCIAS; LA CANCELACION DE ANTECEDENTES POLICIALES; LA TRAMITACION DE INFORMES SOLICITADOS POR LAS AUTORIDADES JUDICIALES Y LA ACTUALIZACION DEL FICHERO DE RECLAMOS. ESTARA INTEGRADO POR UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- ORDENACION DEL ARCHIVO, CON TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- EMISION DE INFORMES, CON CUATRO NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

1.1.3 INFORMATICA, AL QUE CORRESPONDERA EL ESTUDIO DE LAS APLICACIONES INFORMATICAS; LAS TECNICAS Y SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE LA INFORMACION Y SU ANALISIS; EL DESARROLLO DE TECNICAS OPERATIVAS Y DEL TELEPROCESO; LA ELABORACION DE PROGRAMAS ESPECIFICOS; EL ANALISIS FUNCIONAL Y ORGANICO DE LAS APLICACIONES POLICIALES; LA EXPLOTACION DE DATOS Y LOS SISTEMAS FISICOS. ESTARA INTEGRADO POR UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- ESTUDIOS Y PROYECTOS, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- 1. DE ANALISIS Y PROGRAMACION.

- 2. DE ANALISIS Y PROGRAMACION, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- 3. DE ANALISIS Y PROGRAMACION, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- EXPLOTACION Y SISTEMAS FISICOS, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

EN EL CENTRO DE PROCESO DE DATOS, SITO EN EL ESCORIAL, SE UBICARAN LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SIRVAN DIRECTAMENTE AL DESARROLLO, EJECUCION, EXPLOTACION Y TAREAS COMPLEMENTARIAS QUE REQUIERAN LAS APLICACIONES; DESARROLLANDOSE EN LA JEFATURA DEL SERVICIO DE INFORMATICA, EN MADRID, LAS FUNCIONES DE DIRECCION, ESTUDIOS, PROYECTOS Y ANALISIS PREVIOS, ASI COMO LAS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS APLICACIONES, EN RELACION CON LOS ORGANOS, DEPENDENCIAS O UNIDADES USUARIAS.

1.1.4 JEFATURA DE SERVICIOS ESPECIALES, QUE TENDRA A SU CARGO LA PROTECCION DE ALTAS AUTORIDADES E INSTITUCIONES DEL ESTADO Y ESTARA INTEGRADO POR UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- COMISARIA ESPECIAL DE SEGURIDAD DE LA CASA DE S.M. EL REY.

- COMISARIA DE PRESIDENCIA DEL GOBIERNO.

- JEFATURA DE SEGURIDAD DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.

- JEFATURA DE SEGURIDAD DEL SENADO.

- JEFATURA DE SEGURIDAD DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.

TAMBIEN DEPENDERAN DIRECTAMENTE DEL SUBDIRECTOR GENERAL, LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- OFICIALIA DE LA DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA, CON CUATRO NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- GABINETE DE ENLACE, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

1.2 DIVISION DE PERSONAL.

BAJO LA INMEDIATA DEPENDENCIA DE SU TITULAR, EXISTIRAN UN NEGOCIADO DE DESPACHO Y LAS SIGUIENTES UNIDADES A NIVEL DE SERVICIO:

1.2.1 SECRETARIA GENERAL, A LA QUE CORRESPONDERA LA ORGANIZACION, ADMINISTRACION Y GESTION DEL PERSONAL DEL CUERPO SUPERIOR DE POLICIA Y LA COORDINACION, POR DELEGACION DE LA JEFATURA DE LA DIVISION, DEL CUMPLIMIENTO DEL ESTATUTO FUNCIONARIAL DEL PERSONAL DEL CUERPO DE LA POLICIA NACIONAL. ESTARA INTEGRADA POR UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y POR LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- ADMINISTRACION DE PERSONAL DEL CUERPO SUPERIOR DE POLICIA, CON CUATRO NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- RELACIONES FUNCIONARIALES, CON TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- DOCUMENTACION DE PERSONAL DEL CUERPO SUPERIOR DE POLICIA, CON TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- ACCION SOCIAL, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

1.2.2 INSPECCION CENTRAL DE SERVICIOS. SIN PERJUICIO DE SU DEPENDENCIA FUNCIONAL DE LAS INSPECCIONES GENERALES DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Y DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, INSPECCIONARA EL FUNCIONAMIENTO Y RENDIMIENTO DE LOS SERVICIOS CENTRALES Y PERIFERICOS, ATENDIENDO AL BUEN REGIMEN INTERIOR, REGIMEN DISCIPLINARIO E INSPECCION SANITARIA DE LOCALES Y FUNCIONARIOS. ESTARA INTEGRADA POR UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- REGIMEN INTERIOR DE PERSONAL DEL CUERPO SUPERIOR DE POLICIA.

- REGIMEN DISCIPLINARIO.

- INSPECCION MEDICA, DE LA QUE DEPENDERAN LOS SERVICIOS SANITARIOS EXISTENTES DE LOS CUERPOS SUPERIOR DE POLICIA Y DE POLICIA NACIONAL, QUE SERAN UNICOS, TANTO A NIVEL CENTRAL COMO PERIFERICO.

1.2.3 PERSONAL DEL CUERPO DE POLICIA NACIONAL. AL QUE CORRESPONDERA LA GESTION Y TRAMITE DE LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON EL PERSONAL DE ESTE CUERPO, DEL QUE DEPENDERAN LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- ADMINISTRACION DE PERSONAL DEL CUERPO DE POLICIA NACIONAL.

- REGIMEN INTERIOR DE PERSONAL DEL CUERPO DE POLICIA NACIONAL.

- DOCUMENTACION DE PERSONAL DEL CUERPO DE POLICIA NACIONAL.

1.3 DIVISION DE GESTION ECONOMICA E INFRAESTRUCTURA.

BAJO LA DEPENDENCIA DEL TITULAR DE LA DIVISION, EXISTIRAN UN NEGOCIADO DE DESPACHO, Y LAS SIGUIENTES UNIDADES A NIVEL DE SERVICIO.

1.3.1 SECRETARIA GENERAL, A LA QUE CORRESPONDE EL ESTUDIO Y ELABORACION DE PROGRAMAS DE INVERSIONES, LA TRAMITACION DE LOS EXPEDIENTES, LA CONTABILIZACION DE LAS OPERACIONES, LA GESTION DE LAS RETRIBUCIONES Y DE LAS INDEMNIZACIONES POR RAZON DEL SERVICIO. DEPENDERA DE LA MISMA UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LA SIGUIENTES SECCIONES:

- TRAMITACION, CON CUATRO NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- CONTABILIDAD, CON TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- ESTUDIOS Y PRESUPUESTOS, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- RETRIBUCIONES DE PERSONAL DEL CUERPO SUPERIOR DE POLICIA, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- RETRIBUCIONES DE PERSONAL DEL CUERPO DE POLICIA NACIONAL.

INDEMNIZACIONES, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

1.3.2 ADQUISICIONES, AL QUE CORRESPONDE EL ESTUDIO DE LAS NECESIDADES Y LA GESTION DE LOS BIENES CORRIENTES, ASI COMO LA PROPUESTA DE LOS CONTRATOS CON CARGO AL CAPITULO 2, DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO, DEPENDERA DEL MISMO UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- MATERIAL, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- MOBILIARIO, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- CONTRATACIONES, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- IMPRENTA.

1.3.3 ARQUITECTURA, AL QUE CORRESPONDE PROYECTAR Y DIRIGIR LAS OBRAS DE CONSTRUCCION Y REPARACION DE INMUEBLES DEL CENTRO DIRECTIVO. DEPENDERAN DEL MISMO DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- ZONA CENTRO.

- ZONA ESTE.

- ZONA OESTE.

- ORGANISMOS CENTRALES.

1.3.4 TRANSMISIONES, AL QUE CORRESPONDE EL ESTUDIO Y REDACCION DE PLANES EN MATERIA DE TRANSMISIONES, LA ELABORACION DE PROYECTOS, LA GESTION TECNICA PARA LA ADQUISICION DE SISTEMAS Y EQUIPOS; LA INSTALACION, EXPLOTACION Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES Y LA FORMACION DEL PERSONAL TECNICO. DEPENDERAN DEL MISMO DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- ESTUDIOS Y PROYECTOS.

- COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA.

- INSTALACIONES.

- FORMACION DE PERSONAL.

- TRANSMISIONES ESPECIALES.

1.3.5 AUTOMOCION. LE CORRESPONDE EL ESTUDIO DE LAS NECESIDADES, LA ADQUISICION, DISTRIBUCION Y CONTROL DEL MATERIAL MOVIL, SU MANTENIMIENTO Y REPARACION Y LA FORMACION DEL PERSONAL DE TALLERES. DEPENDERAN DEL MISMO UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- AUTOMOVILES, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- VEHICULOS RADIOPATRULLAS, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- VEHICULOS ESPECIALES.

- MOTOCICLETAS.

- TALLERES.

1.3.6 ARMAMENTO. LE CORRESPONDE EL ESTUDIO DE LAS NECESIDADES, LA ADQUISICION, CONTROL Y MANTENIMIENTO DE LOS MEDIOS DE DEFENSA Y EQUIPAMIENTO NECESARIO A LOS CUERPOS POLICIALES. DEPENDERAN DEL MISMO UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- ARMAS.

- EQUIPOS ESPECIALES.

1.3.7 HELICOPTEROS. LE CORRESPONDE LA EXPLOTACION OPERATIVA, EL CONTROL Y EL MANTENIMIENTO DE LOS HELICOPTEROS, ASI COMO LA FORMACION DEL PERSONAL ENCARGADO DE TRIPULARLOS Y MANTENERLOS EN CONDICIONES IDONEAS PARA SU UTILIZACION. DEPENDERAN DEL MISMO UN NEGOCIADO ADMINISTRATICO Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- OPERACIONES.

- MANTENIMIENTO.

SE INTEGRARA EN ESTA DIVISION LA JUNTA PARA LA CLASIFICACION Y VENTA DE MATERIAL INUTIL, CREADA POR LA LEY DE 26 DE DICIEMBRE DE 1985.

1.4 DIVISION DE ENSEÑANZA Y PERFECCIONAMIENTO.

BAJO LA INMEDIATA DEPENDENCIA DE SU TITULAR, EXISTIRAN UN NEGOCIADO DE DESPACHO Y LAS SIGUIENTES UNIDADES A NIVEL DE SERVICIO.

1.4.1 SECRETARIA GENERAL. A LA QUE CORRESPONDE LA COORDINACION DE LA INFRAESTRUCTURA ADMINISTRATIVA Y LA COOPERACION INSTITUCIONAL EN APOYO DE LOS DIVERSOS CENTROS DOCENTES. ESTARA INTEGRADA POR UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- GABINETE DE ESTUDIOS, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- COOPERACION Y RELACIONES, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- ASUNTOS GENERALES, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

1.4.2 DIRECCION DE LA ESCUELA SUPERIOR DE POLICIA. SU TITULAR ASUME LA DIRECCION DEL CENTRO, RESPONDIENDO DE LA BUENA MARCHA DE TODAS SUS DEPENDENCIAS, ORDENANDO LAS ACTIVIDADES DE LAS MISMAS, PRESTANDO ESPECIAL ATENCION AL CONSTANTE PROGRESO Y EVOLUCION DE LOS PLANES DE ENSEÑANZA EN ARAS DE LA MEJOR FORMACION DEL ALUMNADO. ESTARA INTEGRADA POR LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- REGIMEN DOCENTE, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- GESTION ECONOMICO-ADMINISTRATIVA, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- REGIMEN INTERIOR, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

-CENTRO DE FORMACION DE DIRECTIVOS DE LA POLICIA, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

-CENTRO DE PERFECCIONAMIENTO DE ADMINISTRATIVOS Y AUXILIARES.

1.4.3 DIRECCION DE LA ACADEMIA DE SUBOFICIALES Y ESPECIAL DE FORMACION BASICA DE LA POLICIA NACIONAL. SU TITULAR ASUME LA DIRECCION DEL CENTRO, RESPONDIENDO DE LA BUENA MARCHA DE TODAS SUS DEPENDENCIAS, ORDENANDO LA ACTIVIDAD DE LAS MISMAS, DEBIENDO PRESTAR ESPECIAL ATENCION AL CONSTANTE PROGRESO Y EVOLUCION DE LOS PLANES DE ENSEÑANZA, EN ARAS DE LA MEJOR FORMACION DEL ALUMNADO. ESTARA INTEGRADA POR LA SECCION DE:

-REGIMEN DOCENTE.

-REGIMEN INTERIOR.

TAMBIEN DEPENDERAN DEL TITULAR DE LA DIVISION, LAS SECCIONES DE:

-INSPECCION DE CENTROS DOCENTES, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

-INSTITUTO DE ESTUDIOS DE POLICIA, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

LA ESCUELA SUPERIOR DE POLICIA Y LA ACADEMIA ESPECIAL DE OFICIALES DE POLICIA NACIONAL CONSTITUYEN UN SOLO CENTRO ADMINISTRATIVO DOCENTE. LA ACADEMIA DE SUBOFICIALES Y LA ESPECIAL DE FORMACION BASICA DE POLICIA NACIONAL CONSTITUYEN, ASIMISMO, UN SOLO CENTRO ADMINISTRATIVO DOCENTE.

AMBOS CENTROS ADMINISTRATIVOS DOCENTES, MAS LOS DE FORMACION DE DIRECTIVOS DE LA POLICIA Y DE PERFECCIONAMIENTO DE ADMINISTRATIVOS Y AUXILIARES, SE AGRUPAN BAJO LA DENOMINACION DE ESCUELA GENERAL DE POLICIA, ASUMIENDO EL MANDO DE SUS SERVICIOS COMUNES EL TITULAR DE LA DIRECCION DE LA ESCUELA SUPERIOR DE POLICIA.

LOS CENTROS DE LA ESCUELA GENERAL DE POLICIA, Y EL PERSONAL QUE EN LOS MISMOS PRESTE SERVICIO, DEPENDEN A TODOS LOS EFECTOS DE LA DIVISION DE ENSEÑANZA Y PERFECCIONAMIENTO, A CUYO TITULAR CORRESPONDE ESPECIFICAMENTE FORMULAR Y TRAMITAR LAS PROPUESTAS DE NOMBRAMIENTOS Y CESES DE LOS JEFES DE LAS UNIDADES ORGANICAS ADMINISTRATIVAS Y DEL PROFESORADO. A LOS DIRECTORES DEL CENTRO, CORRESPONDEN LAS FACULTADES QUE SE LES ATRIBUYAN POR LOS RESPECTIVOS REGLAMENTOS, EN CUANTO NO SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN.

1.5 INSPECCION GENERAL DE POLICIA NACIONAL.

BAJO LA INMEDIATA DEPENDECIA DEL INSPECTOR GENERAL, EXISTIRAN LAS SIGUIENTES UNIDADES, A NIVEL DE SERVICIOS:

1.5.1 SECRETARIA GENERAL DE APOYO Y COORDINACION, CON MISIONES DE APOYO Y COORDINACION DE LAS FUNCIONES QUE SON PROPIAS DEL INSPECTOR GENERAL. ESTARA INTEGRADA POR LAS SECCIONES DE:

- APOYO.

- COORDINACION.

- REGIMEN DISCIPLINARIO.

- ASUNTOS GENERALES, DE LA QUE DEPENDERAN, ENTRE OTRAS UNIDADES, LA BANDA DE MUSICA DEL CUERPO DE LA POLICIA NACIONAL.

1.5.2 SEGURIDAD CIUDADANA, A LA QUE CORRESPONDE EL ESTUDIO Y ELABORACION DE PLANES DE SEGURIDAD PREVENTIVA Y DE ORDEN PUBLICO. ESTARA INTEGRADA POR LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- SEGURIDAD PREVENTIVA.

- ORDEN PUBLICO, A LA QUE QUEDA ADSCRITA, ENTRE OTRAS, LA AGRUPACION DE CABALLERIA, QUE CONTARA CON EL PERSONAL FACULTATIVO PRECISO.

- PROTECCION.

- PLANIFICACION.

- JEFATURA DE LA UNIDAD DE DESACTIVACION DE EXPLOSIVOS (JUDE).

1.5.3 AGRUPACIONES DE CONDUCTORES, EN LA QUE QUEDAN INTEGRADAS LAS UNIDADES CUYOS COMPONENTES TIENEN COMO MISION PRIMORDIAL LA CONDUCCION DE LOS VEHICULOS POLICIALES. ESTAS UNIDADES DEPENDERAN, ASIMISMO, DE LA DIVISION DE GESTION ECONOMICA E INFRAESTRUCTURA (SERVICIO DE AUTOMOCION), CON RESPECTO A LOS SERVICIOS A PRESTAR POR SUS MIEMBROS.

1.5.4 AGRUPACION DE COMPAÑIAS DE RESERVA GENERAL, EN LA QUE SE INTEGRAN LAS UNIDADES ESPECIALES DESTINADAS A INTERVENIR EN LOS CASOS DE GRAVE ALTERACION DEL ORDEN PUBLICO, EN LOS DE GRANDES CATASTROFES Y CALAMIDADES PUBLICAS Y EN LOS SERVICIOS ESPECIALES QUE LE SEAN ENCOMENDADOS, CON VEINTIDOS GRUPOS OPERATIVOS.

TAMBIEN DEPENDERA DEL INSPECTOR GENERAL, EL GRUPO ESPECIAL DE OPERACIONES (GEO), CON NIVEL DE SECCION Y CUATRO GRUPOS OPERATIVOS.

1.6 COMISARIA GENERAL DE INFORMACION.

1.7 COMISARIA GENERAL DE POLICIA JUDICIAL.

BAJO LA DEPENDENCIA DE SU TITULAR, EXISTIRAN UN NEGOCIADO DE DESPACHO Y LOS SIGUIENTES SERVICIOS:

1.7.1 SECRETARIA GENERAL, CON LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- ORDENACION Y TRAMITE, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- ESTUDIOS E INFORMES, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

- ESTADISTICA Y PLANIFICACION, CON TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

1.7.2 GABINETE DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL, INTEGRADO POR LAS SECCIONES DE:

- INTERPOL, CON TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- INTERCAMBIOS INTERNACIONALES.

1.7.3 GABINETE CENTRAL DE IDENTIFICACION, CON LAS SIGUIENTES SECCIONES:

- IDENTIFICACIONES, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- CRIMINALISTICA.

1.7.4 BRIGADA CENTRAL DE POLICIA JUDICIAL, INTEGRADA POR UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SECCIONES DE:

- DELINCUENCIA ORGANIZADA Y VIOLENTA, CON CUATRO GRUPOS OPERATIVOS.

- DELITOS ECONOMICOS, CON CUATRO GRUPOS OPERATIVOS.

1.7.5 BRIGADA CENTRAL DE ESTUPEFACIENTES, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SECCIONES DE:

- OPERATIVA, CON SEIS GRUPOS OPERATIVOS.

- COORDINACION.

TAMBIEN DEPENDERAN DEL COMISARIO GENERAL DE POLICIA JUDICIAL, LAS SIGUIENTES UNIDADES, CON NIVEL DE SECCION:

- BRIGADA DE INVESTIGACION DE DELITOS MONETARIOS, CON TRES GRUPOS OPERATIVOS.

- BRIGADA DE INVESTIGACION DEL BANCO DE ESPAÑA.

- BRIGADA MOVIL, CON OCHO JEFATURAS DE SECTORES. LOS SECTORES DEPENDERAN ORGANICA Y FUNCIONALMENTE DE LAS JEFATURAS SUPERIORES DE POLICIA EN LAS QUE ESTEN UBICADOS, SIN PERJUICIO DE LA DEPENDENCIA, TAMBIEN FUNCIONAL Y A NIVEL NACIONAL, DE LA COMISARIA GENERAL DE POLICIA JUDICIAL, QUE, ADEMAS, EJERCERA LA PLANIFICACION, COORDINACION E INSPECCION DE LOS SERVICIOS.

1.8 COMISARIA GENERAL DE DOCUMENTACION.

BAJO LA DEPENDENCIA DE SU TITULAR, EXISTIRAN UN NEGOCIADO DE DESPACHO Y LOS SIGUIENTES SERVICIOS:

1.8.1 SECRETARIA GENERAL, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SECCIONES DE:

- ESTUDIOS, CON TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- ESPECTACULOS, CON TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- SEGURIDAD E INSTALACIONES, CON TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

1.8.2 FRONTERAS Y EXTRANJEROS, CON UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO Y LAS SECCIONES DE:

- FRONTERAS Y LIMITES, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- EXTRANJEROS RESIDENTES, CON TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- REFUGIADOS, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- MOVIMIENTO DE EXTRANJEROS, CON TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

1.8.3 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, CON LAS SECCIONES DE:

- ORGANIZACION Y CONTROL, CON CUATRO NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- OPERACIONES TECNICAS, CON CUATRO NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

1.8.4 JEFATURA DE CONTROL DE JUEGOS DE AZAR, CON DOS NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS Y LA SECCION DE:

- MADRID.

- OVIEDO.

- BARCELONA.

- VALENCIA.

- SEVILLA.

- CANARIAS.

- BALEARES.

LA SECCION DE OPERACIONES TECNICAS DEL SERVICIO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD ESTARA UBICADA EN EL ESCORIAL.

2. ORGANIZACION PERIFERICA

LA ORGANIZACION PERIFERICA DE LA DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA, QUE SERA UNICA PARA TODOS LOS CUERPOS QUE INTEGRAN LA POLICIA, ESTARA CONSTITUIDA POR LAS JEFATURAS SUPERIORES, LAS COMISARIAS PROVINCIALES, LAS COMISARIAS LOCALES Y DE DISTRITO Y LOS PUESTOS FRONTERIZOS.

DICHOS ORGANOS PERIFERICOS SERAN LOS QUE SE RESEÑAN EN EL ANEXO DE ESTA ORDEN, CLASIFICADOS EN LOS DISTINTOS GRUPOS QUE SE ESTABLECEN, DE ACUERDO CON LOS INDICES DE POBLACION, CONFLICTIVIDAD SOCIAL Y DELICTIVA, INCIDENCIA DEL TRAFICO DE ESTUPEFACIENTES Y OTRAS ESPECIFICAS CARACTERISTICAS POLICIALES.

2.1 JEFATURAS SUPERIORES DE POLICIA

LOS JEFES SUPERIORES DE POLICIA ASUMIRAN EL MANDO DE LOS CUERPOS QUE INTEGRAN LA POLICIA EN SUS RESPECTIVAS DEMARCACIONES, SIN PERJUICIO DE LA SUBORDINACION A LOS GOBERNADORES CIVILES QUE EJERCERAN EL MANDO DIRECTO DE DICHOS CUERPOS, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEGISLACION VIGENTE.

SE RELACIONARAN DIRECTAMENTE CON LOS DELEGADOS DEL GOBIERNO Y GOBERNADORES CIVILES DE SU DEMARCACION Y PODRAN ASISTIR A LAS JUNTAS PROVINCIALES DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MISMA.

DARAN CUENTA AL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA, A TRAVES DEL INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL, DE TODOS LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON EL EJERCICIO DE LAS COMPETENCIAS A QUE HACE REFERENCIA EL ARTICULO 13 DE LA LEY 55/1978, DE 4 DE DICIEMBRE, DE LA POLICIA, EFECTUARAN CUANTAS SUGERENCIAS Y PROPUESTAS CONSIDEREN OPORTUNAS Y CUMPLIMENTARAN LOS REQUISITOS QUE ESTE FORMULE.

2.1.1 LAS JEFATURAS SUPERIORES DE POLICIA ESTARAN INTEGRADAS POR LAS SIGUIENTES UNIDADES:

- COMISARIA PROVINCIAL.

- SECRETARIA GENERAL REGIONAL.

- BRIGADA REGIONAL DE INFORMACION.

- BRIGADA REGIONAL DE POLICIA JUDICIAL.

- BRIGADA REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA.

- BRIGADA REGIONAL DE DOCUMENTACION.

EL APOYO ADMINISTRATIVO DE DICHAS UNIDADES ESTARA CONSTITUIDO POR DIECISEIS NEGOCIADOS EN LAS DEL GRUPO A, ONCE EN LAS DEL GRUPO B Y DIEZ EN LAS DEL GRUPO C.

DEPENDERA DIRECTAMENTE DE LA JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA, LA DELEGACION REGIONAL DE INFORMATICA.

2.1.2 EL COMISARIO JEFE DE POLICIA DE LA PROVINCIA EN QUE TENGA SU SEDE LA JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA, COMO SEGUNDO JEFE DE LA REGION POLICIAL, SUSTITUIRA AL TITULAR DE LA MISMA EN LOS CASOS DE VACANTE, AUSENCIA O ENFERMEDAD. ASIMISMO EJERCERA EL MANDO DE LA COMISARIA DE LA PROVINCIA SEDE DE LA JEFATURA SUPERIOR, A EXCEPCION DE LA DE BALEARES, EN LA QUE EL JEFE SUPERIOR ASUMIRA DIRECTAMENTE LAS FUNCIONES DE COMISARIO PROVINCIAL Y SERA SUSTITUIDO POR EL SECRETARIO GENERAL REGIONAL, EN LOS CASOS DE VACANTE, AUSENCIA O ENFERMEDAD.

2.1.3 LA SECRETARIA GENERAL CANALIZARA LA TRAMITACION DE TODOS LOS ASUNTOS RELATIVOS A LAS AREAS DE PERSONAL, DE GESTION ECONOMICA E INFRAESTRUCTURA Y DE ENSEÑANZA Y PERFECCIONAMIENTO, CORRESPONDIENTES A LOS CUERPOS QUE INTEGRAN LA POLICIA EN TODA LA REGION.

2.1.4 EN LAS JEFATURAS SUPERIORES DE POLICIA DE MADRID, BARCELONA Y BALEARES, EXISTIRA UN JEFE DE SERVICIOS, QUE REALIZARA UNICAMENTE FUNCIONES DE COORDINACION DE LAS BRIGADAS OPERATIVAS Y LAS QUE EL JEFE LE ENCOMIENDE EN RELACION CON LAS MISMAS Y POR DELEGACION SUYA.

2.1.5 LA BRIGADA REGIONAL DE INFORMACION REALIZARA LAS FUNCIONES DE CAPTACION, RECEPCION, DESARROLLO Y OPERATIVIDAD DE LA INFORMACION CON INTERES POLICIAL, ASI COMO LAS QUE EL JEFE SUPERIOR LE ENCOMIENDE, COORDINANDO LAS ACTUACIONES DE LAS BRIGADAS PROVINCIALES Y LOCALES DE LA REGION.

2.1.6 LA BRIGADA REGIONAL DE POLICIA JUDICIAL REALIZARA LAS FUNCIONES PROPIAS DE PREVENCION, INVESTIGACION DE DELITOS Y FALTAS, ASI COMO LAS QUE EL JEFE SUPERIOR LE ENCOMIENDE, COORDINANDO LAS ACTUACIONES DE LAS BRIGADAS PROVINCIALES Y LOCALES DE POLICIA JUDICIAL DE LA REGION.

2.1.7 LA BRIGADA REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA REALIZARA LAS FUNCIONES DE VIGILANCIA, PROTECCION, PREVENCION, AUXILIO Y COLABORACION PARA EL MANTENIMIENTO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA, A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 13 DE LA LEY DE LA POLICIA, ASI COMO LAS QUE EL JEFE SUPERIOR LE ENCOMIENDE, COORDINANDO LAS ACTUACIONES DE LAS BRIGADAS PROVINCIALES Y LOCALES DE SEGURIDAD CIUDADANA.

EL JEFE DE LA BRIGADA REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA EJERCERA EL MANDO DE TODAS LAS UNIDADES DE POLICIA NACIONAL QUE ACTUEN DENTRO DE SU DEMARCACION REGIONAL.

2.1.8 LA BRIGADA REGIONAL DE DOCUMENTACION REALIZARA LAS FUNCIONES ATRIBUIDAS A LA COMISARIA GENERAL DE DOCUMENTACION, A EXCEPCION DEL CONTROL DE LOS JUEGOS DE SUERTE, ENVITE O AZAR, ASI COMO LA INSPECCION Y COORDINACION DE LAS BRIGADAS PROVINCIALES Y LOCALES DE LA REGION.

2.2 COMISARIAS PROVINCIALES.

EN LA CAPITAL DE CADA PROVINCIA Y EN LAS CIUDADES DE CEUTA Y MELILLA EXISTIRA UNA COMISARIA PROVINCIAL DE POLICIA. SU TITULAR ASUMIRA EL MANDO DE LOS CUERPOS QUE INTEGRAN LA POLICIA, EN SUS RESPECTIVAS DEMARCACIONES, SIN PERJUICIO DE LA SUBORDINACION A LOS GOBERNADORES CIVILES QUE EJERCERAN EL MANDO DIRECTO DE DICHOS CUERPOS, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEGISLACION VIGENTE.

2.2.1 LAS COMISARIAS PROVINCIALES ESTARAN INTEGRADAS POR LAS SIGUIENTES UNIDADES:

- SECRETARIA PROVINCIAL.

- BRIGADA PROVINCIAL DE INFORMACION.

- BRIGADA PROVINCIAL DE POLICIA JUDICIAL.

- BRIGADA PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA.

- BRIGADA PROVINCIAL DE DOCUMENTACION.

EL APOYO ADMINISTRATIVO A DICHAS UNIDADES ESTARA CONSTITUIDO POR LOS SIGUIENTES NEGOCIADOS: CUATRO EN LAS COMISARIAS PROVINCIALES DEL GRUPO A; TRES EN LAS DE LOS GRUPOS B Y C, Y DOS EN LAS DE LOS GRUPOS D Y E.

2.2.2 LA SECRETARIA PROVINCIAL Y LAS BRIGADAS PROVINCIALES DE INFORMACION, POLICIA JUDICIAL, SEGURIDAD CIUDADANA Y DOCUMENTACION, REALIZARAN LAS MISMAS FUNCIONES A NIVEL PROVINCIAL QUE LA SECRETARIA GENERAL Y BRIGADAS REGIONALES RESPECTIVAS.

2.2.3 EL SEGUNDO JEFE SERA EL SECRETARIO PROVINCIAL DE LA COMISARIA PROVINCIAL QUE SUSTITUIRA A SU TITULAR EN CASOS DE VACANTE, AUSENCIA O ENFERMEDAD.

2.3 COMISARIAS LOCALES.

EN LAS POBLACIONES QUE SE CITAN EN EL ANEXO DE ESTA ORDEN, EXISTIRA UNA COMISARIA LOCAL DE POLICIA. SU TITULAR ASUMIRA EL MANDO DE LOS CUERPOS QUE INTEGRAN LA POLICIA, BAJO LA DEPENDENCIA DEL RESPECTIVO JEFE PROVINCIAL, JEFE SUPERIOR DE POLICIA Y GOBERNADOR CIVIL.

2.3.1 LAS COMISARIAS LOCALES DEL GRUPO A ESTARAN INTEGRADAS POR LAS SIGUIENTES UNIDADES:

- SECRETARIA LOCAL.

- BRIGADA LOCAL DE INFORMACION.

- BRIGADA LOCAL DE POLICIA JUDICIAL.

- BRIGADA LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA.

- BRIGADA LOCAL DE DOCUMENTACION.

EL APOYO ADMINISTRATIVO DE DICHAS UNIDADES ESTARA CONSTITUIDO POR TRES NEGOCIADOS.

2.3.2 LAS COMISARIAS LOCALES DE LOS GRUPOS B, C Y D, ESTARAN INTEGRADAS POR LAS SIGUIENTES UNIDADES:

- SECRETARIA LOCAL.

- GRUPO LOCAL DE INFORMACION.

- GRUPO LOCAL DE POLICIA JUDICIAL.

- GRUPO LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA.

EL APOYO ADMINISTRATIVO DE DICHAS UNIDADES ESTARA CONSTITUIDO POR DOS NEGOCIADOS EN LAS DEL GRUPO B Y UNO EN LAS DE LOS GRUPOS C Y D.

2.3.3. LAS COMISARIAS LOCALES DEL GRUPO E ESTARAN INTEGRADAS POR LAS SIGUIENTES UNIDADES:

- SECRETARIA LOCAL.

- GRUPO OPERATIVO.

- GRUPO DE SEGURIDAD CIUDADANA.

2.3.4. LA SECRETARIA LOCAL Y LAS BRIGADAS O GRUPOS LOCALES DE INFORMACION, POLICIA JUDICIAL, SEGURIDAD CIUDADANA Y DOCUMENTACION, REALIZARAN LAS MISMAS FUNCIONES, A NIVEL LOCAL, QUE LAS SECRETARIAS Y BRIGADAS PROVINCIALES.

2.3.5 EL SEGUNDO JEFE DE LA COMISARIA LOCAL, ASUMIRA LA SECRETARIA LOCAL Y SUSTITUIRA AL TITULAR EN CASOS DE VACANTE, AUSENCIA O ENFERMEDAD.

2.4 COMISARIAS DE DISTRITO.

LAS COMISARIAS DE DISTRITO REALIZARAN EN EL TERRITORIO DE SU DEMARCACION LAS MISMAS FUNCIONES QUE LAS COMISARIAS LOCALES.

2.4.1 LAS COMISARIAS DE DISTRITO DE MADRID Y BARCELONA ESTARAN INTEGRADAS POR LAS SIGUIENTES UNIDADES:

- SECRETARIA DE DISTRITO.

- GRUPO DE INFORMACION.

- GRUPO DE POLICIA JUDICIAL.

- GRUPO DE SEGURIDAD CIUDADANA.

EL APOYO A ESTAS UNIDADES ESTARA CONSTITUIDO POR UN NEGOCIADO ADMINISTRATIVO.

2.5 PUESTOS FRONTERIZOS.

LOS PUESTOS FRONTERIZOS SERAN LOS QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO DE LA PRESENTE ORDEN Y REALIZARAN LAS FUNCIONES DE CONTROL DE ENTRADA Y SALIDA DE PERSONAS DEL TERRITORIO NACIONAL.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.-POR EL DIRECTOR DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO, A PROPUESTA DEL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA, SE ELABORARAN LAS PLANTILLAS ORGANICAS CORRESPONDIENTES Y SE PROCEDERA A LA DISTRIBUCION TERRITORIAL DE LOS EFECTIVOS DE LOS CUERPOS QUE INTEGRAN LA POLICIA, EN FUNCION DE LOS SERVICIOS ESTABLECIDOS EN ESTA ORDEN.

SEGUNDA.-LA ESTRUCTURA DE LA COMISARIA GENERAL DE INFORMACION CONTINUARA RIGIENDOSE POR LO DISPUESTO EN LA ORDEN DE 17 DE FEBRERO DE 1984 Y EN LAS DEMAS NORMAS QUE LA REGULAN EN LA ACTUALIDAD, O EN LAS DEL MISMO RANGO QUE PUEDAN DICTARSE EN EL FUTURO.

TERCERA.-QUEDAN DEROGADAS CUANTAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN, QUE ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".

MADRID, 12 DE JUNIO DE 1985.-BARRIONUEVO PEÑA.

ANEXO

JEFATURAS SUPERIORES

GRUPO A

1. MADRID.

2. BARCELONA.

- JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE LA PRIMERA REGION POLICIAL, CON SEDE EN MADRID Y AMBITO TERRITORIAL EN LAS PROVINCIAS DE MADRID, ALBACETE, CIUDAD REAL, CUENCA, GUADALAJARA Y TOLEDO.

- JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE LA SEGUNDA REGION POLICIAL, CON SEDE EN BARCELONA Y AMBITO TERRITORIAL EN LAS PROVINCIAS DE BARCELONA, GERONA, LERIDA Y TARRAGONA.

GRUPO B

1. VALENCIA.

2. SEVILLA.

3. BILBAO.

4. ZARAGOZA.

- JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE LA TERCERA REGION POLICIAL, CON SEDE EN VALENCIA Y AMBITO TERRITORIAL EN LAS PROVINCIAS DE VALENCIA, ALICANTE, CASTELLON DE LA PLANA Y MURCIA.

- JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE LA CUARTA REGION POLICIAL, CON SEDE EN SEVILLA Y AMBITO TERRITORIAL EN LAS PROVINCIAS DE SEVILLA, BADAJOZ, CACERES, CADIZ, CORDOBA Y HUELVA Y CIUDAD DE CEUTA.

- JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE LA QUINTA REGION POLICIAL, CON SEDE EN BILBAO Y AMBITO TERRITORIAL EN LAS PROVINCIAS DE ZARAGOZA, HUESCA Y TERUEL.

GRUPO C

1. VALLADOLID.

2. LA CORUÑA.

3. OVIEDO.

4. GRANADA.

5. SANTA CRUZ DE TENERIFE.

6. PALMA DE MALLORCA.

7. PAMPLONA.

- JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE LA SEPTIMA REGION POLICIAL, CON SEDE EN VALLADOLID Y AMBITO TERRITORIAL EN LAS PROVINCIAS DE VALLADOLID, AVILA, BURGOS, LEON, PALENCIA, SALAMANCA, SEGOVIA, SORIA Y ZAMORA.

- JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE LA OCTAVA REGION POLICIAL, CON SEDE EN LA CORUÑA Y AMBITO TERRITORIAL EN LAS PROVINCIAS DE LA CORUÑA, LUGO, ORENSE Y PONTEVEDRA.

- JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE LA 9. REGION POLICIAL, CON SEDE EN OVIEDO Y AMBITO TERRITORIAL EN LAS PROVINCIAS DE ASTURIAS Y CANTABRIA.

- JEFATURA SUPERIOR DE LA POLICIA DE LA 10. REGION POLICIAL, CON SEDE EN GRANADA Y AMBITO TERRITORIAL EN LAS PROVINCIAS DE GRANADA, ALMERIA, JAEN Y MALAGA Y LA CIUDAD DE MELILLA.

- JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE LA 11. REGION POLICIAL, CON SEDE EN SANTA CRUZ DE TENERIFE Y AMBITO TERRITORIAL, EN LAS PROVINCIAS DE LAS PALMAS Y SANTA CRUZ DE TENERIFE.

- JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE LA 12. REGION POLICIAL, CON SEDE EN PALMA DE MALLORCA Y AMBITO TERRITORIAL EN LA PROVINCIA DE BALEARES.

- JEFATURA DE POLICIA DE LA 13. REGION POLICIAL, CON SEDE EN PAMPLONA Y AMBITO TERRITORIAL EN LAS PROVINCIAS DE LA RIOJA Y NAVARRA.

COMISARIAS PROVINCIALES

GRUPO A

1. MALAGA.

2. LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

GRUPO B

1. SAN SEBASTIAN.

2. ALICANTE.

3. SANTANDER.

4. CORDOBA.

5. VITORIA.

6. MURCIA.

GRUPO C

1. BURGOS.

2. CADIZ.

3. ALMERIA.

4. SALAMANCA.

5. CEUTA.

6. TARRAGONA.

7. MELILLA.

8. HUELVA.

9. LOGROÑO.

GRUPO D

1. LEON.

2. LERIDA.

3. GERONA.

4. BADAJOZ.

5. ALBACETE.

6. CASTELLON DE LA PLANA.

7. ORENSE.

8. PALENCIA.

9. PONTEVEDRA.

10. LUGO.

11. JAEN.

12. GUADALAJARA.

13. CIUDAD REAL.

14. SEGOVIA.

15. ZAMORA.

16. CACERES.

17. TOLEDO.

GRUPO E

1. AVILA.

2. SORIA.

3. HUESCA.

4. CUENCA.

5. TERUEL.

COMISARIAS LOCALES

GRUPO A

1. VIGO-REDONDELA.

GRUPO B

1. HOSPITALET DE LLOBREGAT.

2. IRUN.

3. ALGECIRAS.

4. MOSTOLES.

5. BARACALDO.

GRUPO C

1. JEREZ DE LA FRONTERA.

2. ALCALA DE HENARES.

3. LA LAGUNA.

4. SANTA COLOMA DE GRAMANET.

5. SABADELL.

6. BADALONA .

7. CARTAGENA.

8. ELCHE.

9. LEGANES.

10. CORNELLA-ESPLUGAS DE LLOBREGAT.

11. TARRASA.

12. IBIZA.

13. SESTAO-PORTUGALETE.

14. SANTIAGO DE COMPOSTELA.

15. ALCOBENDAS-SAN SEBASTIAN DE LOS REYES.

16. ALCORCON.

17. FERROL-NARON.

18. MASPALOMAS.

19. MATARO.

20. GETAFE.

21. BENIDORM.

GRUPO D

1. AVILES.

2. MARBELLA.

3. GUECHO.

4. PASAJES-RENTERIA.

5. REUS.

6. TORREJON DE ARDOZ.

7. LA LINEA DE LA CONCEPCION.

8. TORRELAGUNA.

9. ALCIRA-ALGEMASI-CARCAGENTE.

10. FUENGIROLA.

11. TORREMOLINOS-BENALMADENA.

12. MERIDA.

GRUPO E

1. CASTELLDEFELS-GAVA.

2. SAN FELIU DE LLOBREGAT-SAN JUAN DESPI-MOLLET.

3. TELDE.

4. BASAURI.

5. SANTURCE.

6. PUERTO DE LA CRUZ-LOS REALEJOS.

7. PUERTO DE SANTA MARIA-PUERTO REAL.

8. LANGREO-SAN MARTIN DEL REY AURELIO.

9. FUENLABRADA.

10. SAN FERNANDO.

11. GANDIA.

12. ROTA.

13. ELDA-PRETEL.

14. COSLADA-SAN FERNANDO.

15. TUDELA.

16. EIBAR.

17. SAN FELIU DE GUIXOLS.

18. MOTRIL.

19. LINARES.

20. MANRESA.

21. PRAT DE LLOBREGAT.

22. SAN BAUDILIO DE LLOBREGAT.

23. MIERES.

24. DOS HERMANAS.

25. PARLA.

26. TORRENTE-ALACUAS.

27. SANLUCAR DE BARRAMEDA.

28. ARANDA DE DUERO.

29. CUART DE POBLET-CHIRIVELLA-MANISES.

30. SAGUNTO.

31. POZUELO DE ALARCAON-MAJADAHONDA.

32. TALAVERA DE LA REINA.

33. GRANOLLERS.

34. LLORET DE MAR.

35. ARRECIFE.

36. ESTEPONA.

37. SARDANYOLA.

38. PUERTOLLANO.

39. ALCALA DE GUADAIRA.

40. PONFERRADA.

41. PATERNA.

42. ALCOY.

43. MIRANDA DE EBRO.

44. LORCA.

45. DON BENITO-VILLANUEVA DE LA SERENA.

46. VALDEPEÑAS.

47. VILLANUEVA Y GELTRU.

48. VELEZ MALAGA.

49. FIGUERAS.

50. TORTOSA.

51. EL EGIDO-DALIAS.

52. VICH.

53. VILADECANS.

54. SAN CUGAT DEL VALLES.

55. MONCADA Y REIXACH.

56. MAHON.

57. ARANJUEZ.

58. MOLINA DE SEGURA.

59. ALCANTARILLA.

60. VILLAREAL DE LOS INFANTES.

61. PLASENCIA.

62. DENIA.

63. ORIHUELA.

64. LUCENA-CABRA.

65. BURJASOT.

66. ONTENIENTE.

67. JATIVA.

68. MISLATA.

69. HELLIN.

70. YECLA.

71. ALMENDRALEJO.

72. CAMAS.

73. ECIJA.

74. MORON DE LA FRONTERA.

75. SAN JUAN DE AZNALFARACHE.

76. MARIN.

77. VILLAGARCIA DE AROSA.

78. ALCAZAR DE SAN JUAN.

79. IGUALADA.

80. MANACOR.

81. RIPOLLET.

82. PUERTO DEL ROSARIO.

83. UBEDA.

84. ANDUJAR.

85. RONDA.

86. RIBEIRA.

87. SANTA CRUZ DE LA PALMA.

88. MONFORTE.

89. LA CAROLINA.

90. ANTEQUERA.

91. BAZA.

92. CIUDADELA.

93. CORIA DEL RIO.

94. SIERO.

95. BEJAR.

96. CALATAYUD.

97. MEDINA DEL CAMPO.

98. JACA-CANFRANC.

99. ASTORGA.

100. LUARCA.

101. VIVERO.

102. PEÑARROYA-PUEBLONUEVO.

103. SAN ADRIAN DEL BESOS.

COMISARIAS DE DISTRITO

GRUPO A

-VEINTICUATRO EN MADRID Y DIECISIETE EN BARCELONA.

GRUPO B

-SIETE EN VALENCIA, SEIS EN SEVILLA, CUATRO EN ZARAGOZA, CUATRO EN BILBAO, TRES EN VALLADOLID, TRES EN MALAGA, DOS EN GRANADA, DOS EN LA CORUÑA, DOS EN ALICANTE, UNA EN PALMA DE MALLORCA Y UNA EN CEUTA.

PUESTOS FRONTERIZOS

1. LA JUNQUERA.

2. TUY.

3. FUENTES DE OÑORO.

4. SEO DE URGEL.

5. PORT-BOU.

6. AEROPUERTO REINA SOFIA.

7. PUIGCERDA.

8. LES.

9. AYAMONTE.

10. VALENCIA DE ALCANTARA.

11. VERA DE BIDASOA.

12. FECES DE ABAJO.

13. PUENTE BARJAS.

14. CAMPODRON.

15. SALVATIERRA DE MIÑO.

16. VALCARLOS.

17. DANCHARINEA.

18. ECHALAR.

19. ERRAZU.

20. VILLANUEVA DEL FRESNO.

21. FERMOSELLES.

22. TORREGAMONES.

23. ALCAÑICES.

24. CALABOR.

25. PIEDRAS ALBAS.

26. ROSAL DE LA FRONTERA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/06/1985
  • Fecha de publicación: 14/06/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 15/06/1985
  • Fecha de derogación: 07/03/1995
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Orden de 28 de febrero de 1995 (Ref. BOE-A-1995-5812).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • Suprimiendo la Comisaria local de Basauri: Orden de 11 de febrero de 1993 (Ref. BOE-A-1993-5008).
    • Suprimiendo las Comisarias locales de Baracaldo y Sestao-Portugalete: Orden de 28 de octubre de 1992 (Ref. BOE-A-1992-24537).
    • Suprimiendo las Comisarias locales de la Carolina y Peñarroya-Pueblo nuevo: Orden de 16 de junio de 1992 (Ref. BOE-A-1992-15701).
    • Suprimiendo las Comisarias locales de Guecho, Pasajes-Renteria, Santurce y Eibar: Orden de 22 de octubre de 1991 (Ref. BOE-A-1991-26144).
  • SE DEROGA, en cuanto se oponga, por Orden de 17 de febrero de 1988 (Ref. BOE-A-1988-4484).
  • CORRECCIÓN de errores:
Referencias anteriores
  • DESARROLLA:
Materias
  • Academia de Suboficiales de la Policía Nacional
  • Academia Especial de Formación Básica de la Policía Nacional
  • Cuerpo de la Policía Nacional
  • Cuerpo Superior de Policía
  • Dirección de Seguridad del Estado
  • Dirección General de la Policía
  • Escuela General de Policía
  • Escuela Superior de Policía
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Ministerio del Interior
  • Policía

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