LA DISPOSICION ADICIONAL SEXTA DE LA LEY 53/1984, DE 26 DE DICIEMBRE, DE INCOMPATIBILIDADES DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, ESTABLECE QUE EL GOBIERNO Y LOS ORGANOS COMPETENTES DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS DICTARAN LAS NORMAS PRECISAS PARA LA EJECUCION DE DICHA LEY, ASEGURANDO LA NECESARIA COORDINACION Y UNIFORMIDAD DE CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS.
AHORA BIEN, LA DISPOSICION FINAL TERCERA DEL MISMO TEXTO LEGAL DISPONE QUE LAS AUTORIZACIONES DE COMPATIBILIDAD CONCEDIDAS PARA EL DESEMPEÑO DE CARGOS, PUESTOS O ACTIVIDADES PUBLICOS QUEDARAN SIN EFECTO, SIN NECESIDAD DE QUE ASI LO ESTABLEZCA NINGUNA NORMA REGLAMENTARIA, EN EL PLAZO DE TRES MESES, CONTADOS A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY, Y QUE LAS QUE SEAN SUSCEPTIBLES DE AUTORIZACION DEBERAN AJUSTARSE A LO DISPUESTO EN LA MISMA.
POR ORA PARTE, LA DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA CONCEDE UNA FACULTAD DE OPCION CUANDO LA INCOMPATIBILIDAD SE PRODUZCA POR EL DESEMPEÑO DE MAS DE UN PUESTO DE TRABAJO EN EL SECTOR PUBLICO.
SE HACE, POR ELLO, IMPRESCINDIBLE INSTRUMENTAR CON TODA URGENCIA UN PROCEDIMIENTO COMUN DE SOLICITUD DE LAS AUTORIZACIONES DE COMPATIBILIDAD DE CARGOS, PUESTOS O ACTIVIDADES PUBLICOS Y FACILITAR EL EJERCICIO DE LA FACULTAD DE OPCION RECONOCIDA POR LA CITADA LEY.
POR LO QUE SE REFIERE A LA COMPATIBILIDAD DEL EJERCICIO DE ACTIVIDADES PRIVADAS, SIN PERJUICIO DE QUE LA ADECUACION A LA LEY DE LOS RECONOCIMIENTOS DE COMPATIBILIDAD EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA MISMA HAYA DE REALIZARSE EN LA FORMA QUE SE DETERMINE REGLAMENTARIAMENTE, SE HACE PRECISO FACILITAR LA SOLICITUD DEL RECONOCIMIENTO DE ACTIVIDADES NUEVAS.
EN SU VIRTUD, ESTA SECRETARIA DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA HA RESUELTO:
1. APROBAR EL FORMULARIO QUE FIGURA COMO ANEXO A ESTA RESOLUCION.
2. EL PERSONAL CUYA ACTIVIDAD PRINCIPAL SE REALIZA EN EL AMBITO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO O DE LOS ENTES, ORGANISMOS Y EMPRESAS DE ELLA DEPENDIENTES VENDRA OBLIGADO A CUMPLIMENTAR DICHO FORMULARIO EN LOS SUPUESTOS SIGUIENTES:
A) CUANDO SOLICITE LA COMPATIBILIDAD PARA EL DESEMPEÑO DE UN SEGUNDO PUESTO O ACTIVIDAD PUBLICA.
B) CUANDO EJERCITE LAS OPCIONES PREVISTAS EN LOS APARTADOS A) Y B) DE LA DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA DE LA LEY 53/1984, DE 26 DE DICIEMBRE. EN EL PRIMERO DE LOS CASOS, LA OPCION DEBERA REALIZARSE ANTES DEL 24 DE ABRIL, Y EN EL SEGUNDO, ANTES DEL 24 DE FEBRERO.
C) CUANDO SOLICITE, POR NO HABERLO OBTENIDO CON ANTERIORIDAD, EL RECONOCIMIENTO DE COMPATIBILIDAD DE ACTIVIDADES PRIVADAS.
3. LOS FORMULARIOS, QUE PODRAN RECOGERSE EN LAS UNIDADES DE PERSONAL DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES Y EN LAS DELEGACIONES DEL GOBIERNO Y GOBIERNOS CIVILES, SE REMITIRAN, CUMPLIMENTADOS POR DUPLICADO, AL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA.
MADRID, 23 DE ENERO DE 1985.-EL SECRETARIO DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA, FRANCISCO RAMOS FERNANDEZ-TORRECILLA.
(ANEXO OMITIDO)
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