Está Vd. en

Documento BOE-A-1985-21057

Conflicto positivo de competencia número 809/1985, planteado por la Junta de Galicia, en relación con determinados preceptos del Real Decreto 672/1985, de 19 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 12 de octubre de 1985, páginas 32244 a 32244 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1985-21057

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 25 DE SEPTIEMBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 809/1985, PLANTEADO POR LA JUNTA DE GALICIA, EN RELACION CON LOS ARTICULOS 1, 3, 4, 5, 6 C) Y 7, ASI COMO EL RESTO DE LOS PRECEPTOS QUE GUARDEN CONEXION DIRECTA O CAUSAL CON MATERIAS QUE AFECTEN A LA TITULARIDAD DE LAS COMPETENCIAS DE DICHA COMUNIDAD AUTONOMA, DEL REAL DECRETO 672/1985, DE 19 DE ABRIL, POR EL QUE SE DICTAN NORMAS SOBRE PROMOCION EXTERIOR DEL TURISMO.

LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

MADRID A 25 DE SEPTIEMBRE DE 1985.-EL SECRETARIO DE JUSTICIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 25/09/1985
  • Fecha de publicación: 12/10/1985
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA el desistimiento del recurrente, por Auto de 26 de abril de 1988 (Ref. BOE-A-1988-11250).
Referencias anteriores
  • Conflicto promovido en relacion con los arts. 1, 3, 4, 5, 6 C) y 7 del Real Decreto 672/1985, de 19 de abril (Ref. BOE-A-1985-8874).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Conflictos de Competencia
  • Embajadas
  • Galicia
  • Secretaría General de Turismo
  • Tribunal Constitucional
  • Turismo

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid