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Documento BOE-A-1985-22260

Orden de 18 de octubre de 1985 por la que se realizan modificaciones normativas y se dota de una estructura orgánica al Fondo de Investigaciones Sanitarias de la Seguridad Social.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 1985, páginas 33984 a 33984 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1985-22260
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/10/18/(1)

TEXTO ORIGINAL

EL DESARROLLO Y FOMENTO DE LA INVESTIGACION SANITARIA EN NUESTRO PAIS HA RECIBIDO UN IMPULSO IMPORTANTE EN LOS ULTIMOS AÑOS, SIENDO EL FONDO DE INVESTIGACIONES SANITARIAS UNO DE LOS AGENTES QUE LO HA HECHO POSIBLE.

EN LA ACTUALIDAD, EL FONDO DE INVESTIGACIONES SANITARIAS SE REGULA POR UNA SERIE DE NORMAS ADMINISTRATIVAS DE DIVERSO RANGO, ENTRE LAS QUE CABE CITAR LA ORDEN DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL DE 27 DE JUNIO DE 1980, MODIFICADA POSTERIORMENTE POR LAS ORDENES DE 7 DE OCTUBRE DE 1980 Y 20 DE DICIEMBRE DE 1983.

LAS DISPOSICIONES DICTADAS ESTABLECEN Y DEFINEN LOS OBJETIVOS DEL FONDO DE INVESTIGACIONES SANITARIAS, FIJAN SU ADSCRIPCION AL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, COMO ORGANO ESPECIALIZADO EN LOS ASPECTOS SINGULARES DE INVESTIGACION SANITARIA Y DESARROLLAN FUNCIONES Y FIJAN COMPETENCIAS DE LAS DISTINTAS COMISIONES Y ORGANOS DE DIRECCION Y ADMINISTRACION, PERO NO LO DOTAN DE LA ESTRUCTURA ORGANICA QUE POSIBILITE Y FACILITE EL CUMPLIMIENTO AGIL Y EFICAZ DE AQUELLAS ACTIVIDADES Y FUNCIONES.

CON LA FINALIDAD DE CONSEGUIR EFICACIA EN LA GESTION Y ADECUAR LA COMPOSIION DE SUS ORGANOS COLEGIADOS A LAS MODIFICACIONES HABIDAS EN LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, SE HACEN NECESARIAS ALGUNAS MODIFICACIONES NORMATIVAS Y DOTAR DE UNA ESTRUCTURA ORGANICA AL FONDO, SIN QUE GENERE CON ELLO AUMENTO DE GASTO PUBLICO. EN SU VIRTUD, PREVIA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, HE TENIDO A BIENDISPONER:

PRIMERO.-LA COMISION ADMINISTRADORA ESTARA PRESIDIDA POR EL MINISTRO DE SANIDAD Y CONSUMO, ACTUANDO COMO VICEPRESIDENTE EL SUBSECRETARIO DE SANIDAD Y CONSUMO, EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD Y EL DIRECTOR DEL FONDO, POR ESTE MISMO ORDEN.

SERAN VOCALES DE LA MISMA LOS SIGUIENTES:

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO.

EL DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACION SANITARIA DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO.

EL DIRECTOR GENERAL DE FARMACIA Y MEDICAMENTOS DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO.

EL DIRECTOR GENERAL DE REGIMEN ECONOMICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

EL INTERVENTOR GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

EL DIRECTOR GENERAL DE POLITICA CIENTIFICA DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA.

CUATRO REPRESENTANTES DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD DESIGNADOS POR SU DIRECTOR GENERAL.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA SALUD PUBLICA DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO.

EL PRESIDENTE DELEGADO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SANIDAD.

ACTUARA COMO SECRETARIO DE LA COMISION, EL SECRETARIO GENERAL DEL FONDO.

SEGUNDO.-EXISTIRA UNA COMISION DELEGADA EN EL SENO DE LA COMISION ADMINISTRADORAPARA EL ESTUDIO Y TRAMITACION DE LOS EXPEDIENTES, CUYA URGENCIA, A JUICIO DE LA DIRECCION DEL FONDO, ASI LO REQUIERA.

LA COMISION DELEGADA ESTARA COMPUESTA POR EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, EL DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACION SANITARIA, EL INTERVENTOR GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y EL DIRECTOR DEL FONDO, ACTUANDO COMO SECRETARIO, EL SECRETARIO GENERAL DEL FONDO.

TERCERO.-EL DIRECTOR DEL FONDO SERA NOMBRADO DISCRECIONALMENTE POR EL MINISTRO DE SANIDAD Y CONSUMO.

CORRESPONDE AL DIRECTOR DEL FONDO ELABORAR LAS LINEAS DE ACTUACION CIENTIFICA, COORDINAR TODOS LOS RECURSOS DISPONIBLES PARA SU EJECUCION, PRESIDIR LAS REUNIONES DEL CONSEJO CIENTIFICO Y REALIZAR LAS MEMORIAS ANUALES DE LAS ACTIVIDADES DEL FONDO PARA SU PRESENTACION A LA COMISION ADMINISTRADORA.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD PODRA DELEGAR EN EL DIRECTOR DEL FONDO LA ORDENACION DE LOS GASTOS PRECISOS PARA LA EJECUCION DE LOSCREDITOS ASIGNADOS AL FONDO EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO.

CUARTO.-A) SE CREAN LAS SIGUIENTES UNIDADES DEPENDIENTES DE LA DIRECCION DEL FONDO:

- SECRETARIA GENERAL, CON NIVEL ORGANICO DE JEFATURA DE SERVICIO:

NEGOCIADO SECRETARIA.

- SECCION TECNICA:

TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- SECCION DE ADMINISTRACION:

TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

- SECCION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE RESULKTADOS:

TRES NEGOCIADOS ADMINISTRATIVOS.

B) EXISTIRA UN SECRETARIO CIENTIFICO CON NIVEL DE JEFE DE SERVICIO.

C) PARA LAS FUNCIONES DE COLABORACION Y APOYO DIRECTO, SE ADSCRIBEN AL DIRECTOR DEL FONDO:

- UN ASESOR TECNICO.

- UN NEGOCIADO.

QUINTO.- EL COSTE ECONOMICO RESULTANTE DE LA ESTRUCTURA ORGANICA QUE SE ESTABLECE EN EL ARTICULO ANTERIOR SERA FINANCIADO CON LOS RECURSOS DEL INSTITUTONACIONAL DE LA SALAUD MEDIANTE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS QUE PROCEDAN EN LA FORMA REGLAMENTARIAMENTE ESTABLECIDA.

SEXTO.- A) POR LA SUBSECRETARIA DE SANIDAD Y CONSUMO SE ADOPTARAN LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LA EJECUCION DE LA PRESENTE ORDEN.

B) POR LA DIRECCION GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD SE REALIZARAN O, EN SU CASO, PROPONDRAN AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL LAS ADAPTACIONES QUE PROCEDAN EN EL PRESUPUESTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, AL OBJETO DE CONSIGNAR COMO SERVICIOS Y PROGRAMAS DIFERENCIADOS LOS OBJETIVOS, ACTIVIDADES Y CREDITOS DESTINADOS A LA FINANCIACION DEL FONDO.

C) QUEDAN DEROGADAS Y MODIFICADAS LAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO ENCUANTO SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN.

D) ESTA ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETINOFICIAL DEL ESTADO".

MADRID, 18 DE OCTUBRE DE 1985.-LLUCH MARTIN.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/10/1985
  • Fecha de publicación: 28/10/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 29/10/1985
  • Fecha de derogación: 22/01/1998
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Instituciones sanitarias de la Seguridad Social
  • Instituto Nacional de la Salud
  • Ministerio de Sanidad y Consumo
  • Seguridad Social

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