DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL DECRETO 3565/1972, DE 23 DE DICIEMBRE ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE 15 DE ENERO DE 1973); REAL DECRETO 1650/1977, DE 10 DE JUNIO ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO", DE 9 DE JULIO), Y ORDEN DE 4 DE JULIO DE 1983 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE 4 DE AGOSTO), A PROPUESTA DE LA DIRECCION GENERAL DE ARQUITECTURA Y VIVIENDA, Y PREVIO INFORME DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA Y DEL CONSEJO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO,
ESTE MINISTERIO HA RESUELTO
ARTICULO 1. SE APRUEBA LA NORMA TECNOLOGICA DE LA EDIFICACION NTE-ICT "INSTALACIONES DE CLIMATIZACION. TORRES DE REFRIGERACION".
ART. 2. LA PRESENTE NORMA TECNOLOGICA DE LA EDIFICACION REGULA LAS ACTUACIONES DE DISEÑO, CALCULO, CONSTRUCCION, CONTROL, VALORACION Y MANTENIMIENTO.
ART. 3. LA PRESENTE NORMA, A PARTIR DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" PODRA SER UTILIZADA A EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO 3565/1972, DE 23 DE DICIEMBRE, CON LA EXCEPCION PREVISTA EN LA DISPOSICION ADICIONAL TERCERA DEL REAL DECRETO 1650/1977, DE 10 DE JUNIO, SOBRE NORMATIVA DE LA EDIFICACION.
ART. 4. EN EL PLAZO DE SEIS MESES A PARTIR DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE ORDEN EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" PODRAN SER REMITIDAS A LA DIRECCION GENERAL DE ARQUITECTURA Y VIVIENDA (SUBDIRECCION GENERAL DE EDIFICACION, SERVICIO DE NORMATIVA) LAS SUGERENCIA Y OBSERVACIONES QUE PUEDAN MEJORAR EL CONTENIDO O APLICACION DE LA PRESENTE NORMA.
ART. 5. ESTUDIADAS Y, EN SU CASO, CONSIDERADAS LAS SUGERENCIAS REMITIDAS, Y A LAVISTA DE LA EXPERIENCIA DERIVADA DE SU APLICACION, LA DIRECCION GENERAL DE ARQUITECTURA Y VIVIENDA PROPONDRA A ESTE MINISTERIO LAS MODIFICACIONES PERTINENTES A LA NORMA APROBADA POR LA PRESENTE ORDEN.
MADRID, 23 DE ENERO DE 1985.- CAMPO SAINZ DE ROZAS.
(ANEXO OMITIDO)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid