REGULADO POR EL DECRETO-LEY 6/1974, DECRETO 1492/1975 Y LA ORDEN DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE 20 DE NOVIEMBRE DE 1975 EL REGIMEN DE TRAFICO DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO, RESULTA NECESARIO ADAPTAR LA TRAMITACION DE DOCUMENTO ADUANERO HOJA DE DETALLE, ESTABLECIDO POR ORDEN DEL MINISTERIO DE HACIENDA DE 21 DE FEBRERO DE 1976, A LAS CRECIENTES NECESIDADES Y MEJORAS DE LA INFORMACION ESTADISTICA.
EL TRAFICO DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO, COMO MEDIDAS DE FOMENTO A LA EXPORTACION, PERMITE LA COLOCACION EN LOS MERCADOS EXTERIORES DE VALOR AÑADIDO NACIONAL. ES PRECISAMENTE LA VALORACION Y CONOCIMIENTO CUALITATIVO DEL VALOR AÑADIDO INCORPORADO A LAS EXPORTACIONES LO QUE EXIGE UN TRATAMIENTO ESTADISTICO CUYA FUENTE ESENCIAL DE DATOS HA DE SER LA INFORMACION CONTENIDA EN LA REFERIDA HOJA DE DETALLE.
A ESTOS EFECTOS, EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA NORMA FINAL DE LA ORDEN DE LA PRESIDENCIA DE GOBIERNO DE 20 DE NOVIEMBRE DE 1975, HA RESUELTO:
ARTICULO UNICO.-MODIFICAR EL APARTADO SEPTIMO DE LA ORDEN DEL MINISTERIO DE COMERCIO DE 24 DE FEBRERO DE 1976 EN EL SENTIDO DE QUE EL MENCIONADO APARTADO QUEDE REDACTADO COMO SIGUE:
EL DOCUMENTO ADUANERO "HOJA DE DETALLE", ESTABLECIDO POR EL MINISTERIO DE HACIENDA PARA EL REGIMEN DE TRAFICO DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO SERVIRA DE BASE PARA LA CONTABILIDAD EN EL SISTEMA DE REPOSICION CON FRANQUICIA ARANCELARIA, QUE EL PUNTO 3.11 DE LA ORDEN DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO ATRIBUYE A LA DIRECCION GENERAL DE EXPORTACION.
A ESTOS EFECTOS EL EXPORTADOR PRESENTARA EN LA DIRECCION GENERAL DE EXPORTACION EXCLUSIVAMENTE EL EJEMPLAR NUMERO 2 DE LA HOJA DE DETALLE PARA PROCEDER A LA CONTABILIZACION CORRESPONDIENTE.
ESTA TRAMITACION SE REALIZARA PARA LAS HOJAS DE DETALLE QUE SE CORRESPONDAN A EXPORTACIONES REALIZADAS A PARTIR DEL DIA 1 DE ABRIL DE 1985.
MADRID, 20 DE FEBRERO DE 1985.-BOYER SALVADOR.
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