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Documento BOE-A-1986-10502

Orden de 28 de abril de 1986 sobre las condiciones de la emisión de bonos simples que emite el Banco de Crédito Local.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 1986, páginas 15226 a 15227 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-10502
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/04/28/(1)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMOS SEÑORES:

POR ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DE 11 DE ABRIL DE 1986, SE AUTORIZO AL BANCO DE CREDITO LOCAL PARA CONCERTAR OPERACIONES DE CREDITO, INCLUYENDO EMISIONES DE BONOS EN EL MERCADO INTERIOR, POR UN IMPORTE MAXIMO DE 40.000 MILLONES DE PESETAS. EN DICHO ACUERDO SE ENCOMIENDA AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA FIJAR LAS CARACTERISTICAS DE LAS EMISIONES QUE SE PROGRAMEN, ASI EJECUTAR CUANTAS DISPOSICIONES SEAN NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO Y DESARROLLO DE DICHO ACUERDO Y RESOLVER LAS DUDAS QUE SURJAN EN SU APLICACION, EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA HA TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO. SE AUTORIZA AL BANCO DE CREDITO LOCAL PARA REALIZAR UNA EMISION DE BONOS SIMPLES POR UN IMPORTE NOMINAL DE 6.000 MILLONES DE PESETAS.

SEGUNDO. EL NOMINAL DE CADA TITULO SERA DE 10.000 PESETAS. TODOS LOS BONOS EMITIDOS PODRAN SER AGRUPADOS EN TITULOS MULTIPLES.

TERCERO. EL PERIODO DE SUSCRIPCION ABIERTA SE INICIARA EL 12 DE MAYO DE 1986 Y TERMINARA EL 31 DE MAYO DEL MISMO AÑO. TERMINADO DICHO PLAZO SIN QUE SE CUBRA LA TOTALIDAD DE LA EMISION, QUEDARA PRORROGADO AUTOMATICAMENTE EL PERIODO DE SUSCRIPCION DE LA MISMA HASTA SU TOTAL COBERTURA, PUDIENDO, NO OBSTANTE, LA ENTIDAD EMISORA OPTAR POR REDUCIR LA EMISION AL IMPORTE NOMINAL SUSCRITO. EN CASO DE SER SOLICITADOS TODOS LOS TITULOS EN EL PERIODO MINIMO DE OFERTA PUBLICA O DE TENER NECESIDAD DE PRORRATEO, SE HARAN CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 9. DEL REAL DECRETO 1851/1978, DE 10 DE JULIO.

CUARTO. LA AMORTIZACION SE EFECTUARA A OPCION DEL SUSCRIPTOR A LOS CINCO AÑOS Y OBLIGATORIAMENTE A LOS SIETE AÑOS DEL CIERRE DE LA SUSCRIPCION ABIERTA.

QUINTO. DURANTE EL PRIMER AÑO, EL TIPO DE INTERES SERA DEL 11,50 POR 100 ANUAL. PARA LOS AÑOS SUCESIVOS ESTARA INDICIADO CON EL DE LA DEUDA DESGRAVABLE DEL ESTADO. EL TIPO DE INTERES ANUAL SERA EL DE LA ULTIMA DEUDA EMITIDA, MAS UN DIFERENCIAL DEL 0,25 POR 100 DURANTE EL SEGUNDO Y TERCER AÑO, Y DEL 0,50 POR 100 A PARTIR DEL CUARTO A LOS INTERESES SERAN PAGADEROS POR SEMESTRES VENCIDOS.

SEXTO. LOS BONOS SERAN ADMITIDOS DE OFICIO A COTIZACION OFICIAL EN BOLSA Y GOZARAN DE LAS VENTAJAS INHERENTES A LA COTIZACION CALIFICADA EN VIRTUD DEL ARTICULO 46 DEL REGLAMENTO DE BOLSA.

SEPTIMO. PARA EL CONTROL Y ADMINISTRACION DE LOS TITULOS DE ESTA EMISION SERA DE APLICACION LO ESTABLECIDO EN LA ORDEN DE 20 DE MAYO DE 1974 SOBRE APLICACION Y DESARROLLO DEL NUEVO SISTEMA DE LIQUIDACION Y COMPENSACION DE OPERACIONES DE BOLSAS Y DEPOSITOS DE VALORES MOBILIARIOS.

OCTAVO. LOS TITULOS REPRESENTATIVOS DE LA EMISION QUE AUTORIZA LA PRESENTE ORDEN GOZARAN DE LAS VENTAJAS PROPIAS DE LOS TITULOS DE COTIZACION OFICIAL EN BOLSA A EFECTOS DE LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 29, H), DE LA LEY 44/1978, DE 8 DE SEPTIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, EN LA REDACCION DADA AL MISMO POR LA LEY 48/1985, DE 27 DE DICIEMBRE, DE REFORMA PARCIAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. EN CONSECUENCIA, SU SUSCRIPCION DARA DERECHO A LA DESGRAVACION POR INVERSIONES EN EL CITADO IMPUESTO CON ARREGLO A LAS NORMAS QUE LO REGULAN.

LO QUE COMUNICO A VV. II. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 28 DE ABRIL DE 1986. P. D. (ORDEN DE 11 DE FEBRERO DE 1983), EL SECRETARIO DE ESTADO DE ECONOMIA Y PLANIFICACION, MIGUEL ANGEL FERNANDEZ ORDOÑEZ.

ILMOS. SRES. PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE CREDITO OFICAL Y DIRECTOR GENERAL DEL TESORO Y POLITICA FINANCIERA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/04/1986
  • Fecha de publicación: 29/04/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 121, de 21 de mayo de 1986 (Ref. BOE-A-1986-12313).
Referencias anteriores
Materias
  • Banco de Crédito Local
  • Títulos valores

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