Ilmo. Sr.: En desarrollo de las facultades conferidas en los artículos 5.º de los Reales Decretos 1201/1982, de 14 de mayo 3085/1982, de 15 de octubre, y 493/1985, de 2 de abril; 9.º del Real Decreto 334/1984, de 8 de febrero; 8.º del Real Decreto 497/1985, de 2 de abril, y previo informe favorable del Consejo General del Poder Judicial.
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Primero.- El día 15 de marzo de 1986, iniciarán sus actividades los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Hospitalet, número 3 de Alcalá de Henares, número 2 de Leganés y número 2 de Móstoles.
Segundo.- En la misma fecha entrarán en funcionamiento los Juzgados de Distrito número 4 de Hospitalet, número 2 de Alcalá de Guadaira, número 2 de Leganés, número 2 de Móstoles, número 2 de Fuenlabrada, así como los de Calella y Mollet.
Tercero.- En la fecha citada anteriormente también entrarán en funcionamiento las Magistraturas de Trabajo número 2 de Albacete y número 2 de Pontevedra.
Cuarto.- La plantilla orgánica del personal que ha de servir en las Magistraturas y Juzgados que mediante la presente Orden se ponen en funcionamiento, será idéntica a la que tienen las demás Magistraturas y Juzgados de iguales naturaleza y contenido existentes en las mismas poblaciones o en aquellas otras de análogas características.
Quinto.- La provisión de las plazas de Magistrados, Jueces y demás personal que ha de servir en las Magistraturas y Juzgados comprendidos en esta Orden se efectuará de acuerdo con la normativa vigente.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 16 de enero de 1986.
LEDESMA BARTRET
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
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