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Documento BOE-A-1986-2555

Circular número 938, de 31 de diciembre de 1985, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, sobre asignación de claves estadísticas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 1986, páginas 4208 a 4253 (46 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-2555
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/1985/12/31/938

TEXTO ORIGINAL

LA PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>, DEL DIA 11 DE DICIEMBRE ULTIMO, DEL REAL DECRETO 2290/1985, DE FECHA 4 DEL MISMO MES, QUE MODIFICA LA ESTRUCTURA DEL ARANCEL DE ADUANAS, ASI COMO LA NECESIDAD DE CONSIDERAR LAS MODIFICACIONES DE LA NIMEXE PARA 1986, HACEN IMPRESCINDIBLES LA ADAPTACION DE NUESTRAS ESTADISTICAS SOBRE COMERCIO EXTERIOR A LAS VARIACIONES INTRODUCIDAS.

POR OTRA PARTE, LA SUPRESION DE DIVERSOS IMPUESTOS Y TASAS, A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 1986, ACONSEJAN LA DESAPARICION DE AQUELLAS POSICIONES (CLAVES) ESTADISTICAS QUE FUERON CREADAS PARA LA LIQUIDACION MECANIZADA DE LOS MISMOS.

POR ULTIMO, LA ENTRADA DE ESPAÑA Y PORTUGAL EN LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA HA ORIGINADO LA VARIACION, ENTRE OTROS, DE LOS CODIGOS DE PAISES QUE TENIAN ASIGNADOS ANTERIORMENTE.

EN CONSECUENCIA, ESTA DIRECCION, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE TIENE CONFERIDAS, HA TENIDO A BIEN ACORDAR:

PRIMERO. MODIFICAR, CON EFECTOS DESDE 1 DE ENERO DE 1986, LA ACTUAL SUBDIVISION ESTADISTICA EN EL SENTIDO QUE FIGURA EN EL ANEJO NUMERO 1.

SEGUNDO. PUBLICAR EL CODIGO DE PAISES, ASI COMO LAS POSICIONES (CLAVES) ESTADISTICAS DE CARACTER ESPECIAL, TODO ELLO CON VIGENCIA DESDE EL 1 DE ENERO DE 1986, EN EL SENTIDO QUE FIGURA EN EL ANEJO NUMERO 2.

SIN PERJUICIO DE LO INDICADO EN LOS ANTERIORES APARTADOS, LA PRESENTE CIRCULAR ENTRARA EN VIGOR EL DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A VV. SS. PARA SU CONOCIMIENTO Y EL DE LOS SERVICIOS QUE DEPENDEN DE VV. SS.

MADRID, 31 DE DICIEMBRE DE 1985. EL DIRECTOR GENERAL, MIGUEL ANGEL DEL VALLE Y BOLAÑO.

SR. INSPECTOR REGIONAL DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES DE ...

SR. INSPECTOR-ADMINISTRADOR DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES DE ...

ANÁLISIS

  • Rango: Circular
  • Fecha de disposición: 31/12/1985
  • Fecha de publicación: 31/01/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 31/01/1986
  • Fecha de derogación: 09/11/1991
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Circular 1026/1991, de 22 de octubre (Ref. BOE-A-1991-27089).
  • SE CORRIGEN errores, por Circular 947/1986, de 20 de agosto (Ref. BOE-A-1986-24091).
Referencias anteriores
Materias
  • Aceites minerales
  • Aceites vegetales
  • Aduanas
  • Aeronaves
  • Agrios
  • Alcoholes
  • Alfombras y tapices
  • Aluminio
  • Arancel de Aduanas
  • Azufres y derivados
  • Bebidas alcohólicas
  • Bebidas analcohólicas
  • Bienes de equipo
  • Carnes
  • Cereales
  • Colorantes
  • Confecciones
  • Cordelería
  • Energía eléctrica
  • Flores
  • Frutos y productos hortícolas
  • Gas
  • Géneros de Punto
  • Juego
  • Juguetes
  • Leguminosas
  • Maquinaria
  • Mariscos
  • Metales
  • Metales preciosos
  • Minerales
  • Moneda
  • Motocicletas
  • Muebles
  • Papel
  • Patata
  • Peletería
  • Pescado
  • Piedra
  • Pintura
  • Plásticos
  • Productos químicos
  • Queso
  • Siderurgia
  • Tejidos
  • Vehículos de motor
  • Vestido
  • Vinos

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