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Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 284, de fecha 27 de noviembre de 1986, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:
En la página 39360, segunda columna, tercer párrafo, cuarta línea, donde dice: «corresponderá discrecionalmente a la citada Comisión, contra», debe decir «corresponderá discrecionalmente a la citada Comisión Ejecutiva, contra».
En las mismas página y columna, artículo 13, segunda línea, donde dice: «física o psíquica acogidas a la protección del Colegio serán fijadas,», debe decir: «fisica o psíquica acogidos a la protección del Colegio serán fijadas,».
En la página 39361, primera columna, artículo 15, c), primera línea, donde dice: «Al recibir rentas de trabajo por importe dos veces superior», debe decir «Al percibir rentas de trabajo por importe dos veces superior».
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