Contido non dispoñible en galego
Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la mencionada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 312, de 30 de diciembre, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 40799, punto primero, los apartados 1.2 y 1.4 deben quedar redactados como sigue:
Pesetas/litro
1.2 Gasóleo:
Gasóleo automoción al por menor ............ 52
Gasóleo automoción al por mayor ............ 50
1.4 Fuelóleos, en destino y en suministros unitarios, a partir de 10 Tm:
Fuel-oil número 1 ...................... 30.700
Fuel-oil número 2 industrial ............29.200
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