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Documento BOE-A-1986-5454

Orden de 28 de febrero de 1986 relativa a la prevención y lucha contra el marchitamiento bacteriano de la patata, en aplicación de la Directiva 80/665/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 1986, páginas 7962 a 7962 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1986-5454
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/02/28/(12)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMO SEÑOR:

EN APLICACION DEL ARTICULO 392 DEL ACTA RELATIVA A LAS CONDICIONES DE ADHESION DEL REINO DE ESPAÑA Y DE LA REPUBLICA PORTUGUESA Y A LAS ADAPTACIONES DE LOS TRATADOS, Y DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN LA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 80/665 CEE, DE 24 DE JUNIO DE 1980, RELATIVA A LA LUCHA CONTRA EL MARCHITAMIENTO BACTERIANO DE LA PATATA, PRODUCIDA POR EL AGENTE PATOGENO <CORYNEBACTERIUM SEPEDONICUM> (SPIECK. ET KOTTH.) SIPT. ET BURKH., Y TENIENDO EN CUENTA QUE ESTA ENFERMEDAD HASTA EL MOMENTO NO HA SIDO DETECTADA EN LOS CULTIVOS DE PATATA DE ESPAÑA, ESTE MINISTERIO, A PROPUESTA DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PRODUCCION AGRARIA, HA TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO. SE DECLARAN DE APLICACION OBLIGATORIA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL LAS MEDIDAS MINIMAS QUE SE PREVEN EN LA DIRECTIVA 80/665 CEE, DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, PARA LA LUCHA CONTRA EL AGENTE PATOGENO <CORYNEBACTERIUM SEPEDONICUM> (SPIECK. ET KOTTH.) SIPT. ET BURKH., PRODUCTOR DE LA ENFERMEDAD CONOCIDA POR MARCHITAMIENTO BACTERIANO DE LA PATATA, Y CON OBJETO DE PREVENIR SU APARICION, LOCALIZAR LOS POSIBLES FOCOS DE INTRODUCCION, DE SU ERRADICACION Y PREVENCION DE SU PROPAGACION.

SEGUNDO. SE DECLARAN DE INTERES ESTATAL LAS CAMPAÑAS DE VIGILANCIA Y PREVENCION DERIVADAS DE LA APLICACION DE LAS MEDIDAS MINIMAS A QUE SE REFIERE EL PUNTO PRIMERO.

TERCERO. EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION COLABORARA CON LAS COMUNIDADES AUTONOMAS EN LOS PLANES ANUALES DE ACTUACION Y CON LA ASIGNACION DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS QUE CORRESPONDAN.

CUARTO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA 1 DE MARZO DEL AÑO EN LO QUE COMUNICO A V. I.

MADRID, 28 DE FEBRERO DE 1986.

ROMERO HERRERA ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE LA PRODUCCION AGRARIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/02/1986
  • Fecha de publicación: 01/03/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 01/03/1986
  • Fecha de derogación: 06/04/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Frutos y productos hortícolas
  • Patata
  • Plagas del campo

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