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Documento BOE-A-1987-12889

Corrección de errores del Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispone la creación de un sistema de anotaciones en cuenta para la Deuda del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 1987, páginas 15986 a 15986 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1987-12889
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1987/04/03/505/corrigendum/19870529

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 89, de fecha 14 de abril de 1987, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:

En la página 11121, segunda columna, segundo párrafo, primera línea, donde dice: «La ingente amplicación de aquellos mercados a los cuales no ha», debe decir: «La ingente ampliación de aquellos mercados a los cuales no ha».

En las mismas página y columna, cuarto párrafo, cuarta línea, donde dice: «incrementar la eficiencia del mercado financiero en su aceptación», debe decir: «incrementar la eficiencia del mercado financiero en su acepción».

En las mismas página y columna, quinto párrafo, primera línea, donde dice: «El sistema de anotaciones encuentra de Deuda del Estado queda», debe decir: «El sistema de anotaciones en cuenta de Deuda del Estado queda».

En la página 11121, segunda columna, sexto párrafo, cuarta línea, donde dice: «titulares de cuentas podrán adquirir la condición de Entidad», debe decir: «titulares de cuentas podrá adquirir la condición de Entidad».

En la página 11122, primera columna, primer párrafo, sexta línea, donde dice: «liquidación que agrupen a las Entidades gestoras, atribuyéndoles», debe decir: «liquidación que agrupen a Entidades gestoras, atribuyéndoles».

En las mismas página y columna, artículo 1.º, título, donde dice: «De la representación de la deuda del Estado.», debe decir: «De la representación de la Deuda del Estado.»

En las mismas páginas y columna, artículo 4.°, título, primera línea, donde dice: «De los titulares de deuda del Estado representada en», debe decir: «De los titulares de Deuda del Estado representada en».

En las mismas página y columna, artículo 4.°, segundo párrafo, segunda línea, donde dice: «mantener deuda del Estado representada en anotaciones en cuenta,», debe decir: «mantener Deuda del Estado representada en anotaciones en cuenta,».

En la misma página, segunda columna, artículo 5.°, 2, primera línea, donde dice: «La Central de anotaciones en cuenta de deuda del Estado» debe decir: «La Central de anotaciones en cuenta de Deuda del Estado».

En la página 11122, segunda columna, artículo 6.°, 4, primer párrafo, tercera línea, donde dice: «titulares de deuda en anotaciones, asegurando la continua y exacta», debe decir: «titulares de Deuda en anotaciones, asegurando la continua y exacta».

En las mismas página y columna, artículo 6.°, 5, cuarta línea, donde dice: «la situación jurídica en que se encuentren las necesidades operati-», debe decir: «la situación jurídica en que se encuentren, las necesidades operati-».

En la página 11123, primera columna, artículo 7.°, 1, tercera línea, donde dice: «nes sobre anotaciones en cuenta de deuda del Estado, que estará», debe decir: «nes sobre anotaciones en cuenta de Deuda del Estado, que estará».

En las mismas página y columna, artículo 8.°, 1, primera línea, donde dice: «Las transmisiones de deuda del Estado representada en», debe decir: «Las transmisiones de Deuda del Estado representada en».

En las mismas página y columna, artículo 9.°, quinta línea, donde dice: «Bolsas Oficiales de Comercio o entre aquéllas y los mismas a que», debe decir: «Bolsas Oficiales de Comercio o entre aquéllas y los sistemas a que».

En las mismas página y columna, artículo 10, primer párrafo, segunda línea, donde dice: «intereses o por amortización de las anotaciones en cuenta del», debe decir: «intereses o por amortización de las anotaciones en cuenta de».

En la página 11123, primera columna, artículo 10, segundo párrafo, segunda línea, donde dice: «Se encuentran sujetos a compromisos de reventa, será abonado a», debe decir: «se encuentren sujetos a compromisos de reventa, será abonado a».

En la misma página, segunda columna, artículo 11, 4, segundo párrafo, novena línea, donde dice: «intereses, ajustada a los modelos establecidos o que establezcan», debe decir: «intereses, ajustada a los modelos establecidos o que se establezcan».

En la página 11124, primera columna, 12, tercera línea, donde dice: «y para acomodar las normas de gestión de la deuda a las», debe decir: «y para acomodar las normas de gestión de la Deuda a las».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 29/05/1987
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 505/1987, de 3 de abril (Ref. BOE-A-1987-9217).
Materias
  • Banco de España
  • Bolsas de Comercio
  • Deuda Pública
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Títulos valores

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