VISTA LA PROPUESTA DE MODIFICACION DEL PLAN DE ESTUDIOS QUE SE IMPARTE EN LA DIVISION DE FILOSOFIA Y CIENCIAS DE LA EDUCACION DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA Y LETRAS DE PALMA DE MALLORCA (APROBADO POR ORDEN DE 7 DE JUNIO DE 1979, <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 28 DE JULIO; MODIFICADA POR RESOLUCION DEL CONSEJO DE UNIVERSIDADES DE 25 DE AGOSTO DE 1986, <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 2 DE OCTUBRE), REMITIDO POR EL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES PARA SU HOMOLOGACION POR ESTE CONSEJO, Y DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTITULOS 24, APARTADO 4.B, Y 29, DE LA LEY ORGANICA 11/1983, DE 25 DE AGOSTO, DE REFORMA UNIVERSITARIA, ESTE CONSEJO DE UNIVERSIDADES, POR ACUERDO DE SU COMISION ACADEMICA DE FECHA 17 DE JUNIO DE 1987, HA RESUELTO:
HOMOLOGAR EL CAMBIO DE DENOMINACION DE VARIAS ASIGNATURAS DEL PLAN DE ESTUDIOS DE LA DIVISION DE FILOSOFIA Y CIENCIAS DE LA EDUCACION (FACULTAD DE FILOSOFIA Y LETRAS) DE PALMA DE MALLORCA, CUYA NUEVA DENOMINACION SERA LA QUE A CONTINUACION SE INDICA:
EN LA ESPECIALIDAD DE PEDAGOGIA TERAPEUTICA Y EDUCACION ESPECIAL <PEDAGOGIA TERAPEUTICA I>, PASA A SER <TRASTORNOS DE APRENDIZAJE>.
<PEDAGOGIA TERAPEUTICA II>, PASA A SER <DEFICIENTES MENTALES>.
<PEDAGOGIA DIFERENCIAL>, PASA A SER <PATOLOGIA DEL LENGUAJE>.
<EDUCACION ESPECIAL>, PASA A SER <PEDAGOGIA DE LA INADAPTACION SOCIAL>.
EN LA ESPECIALIDAD DE ORGANIZACION Y TECNICAS EDUCATIVAS <DIDACTICA ESPECIAL II>, PASA A SER <PEDAGOGIA SOCIAL>.
LO QUE COMUNICO A V. M. E. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 17 DE JUNIO DE 1987. EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO, EMILIO LAMO DE ESPINOSA.
EXMO. SR. RECTOR MAGNIFICO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES.
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