ACUERDO NUMERO 9, 14 DE SEPTIEMBRE DE 1987: LA JUNTA ELECTORAL GENERAL, EN SESION CELEBRADA EL 14 DE SEPTIEMBRE DE 1987, ACORDO APROBAR LOS MODELOS DE IMPRESOS ELECTORALES. EL USO DE LOS IMPRESOS TENDRA CARACTER OBLIGATORIO PARA LOS ORGANOS ELECTORALES Y FACULTATIVO PARA LOS PARTICULARES. EN LAS COMUNIDADES AUTONOMAS QUE TENGAN RECONOCIDA UNA LENGUA OFICIAL, ADEMAS DEL CASTELLANO, SE ADOPTARAN LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA POSIBILITAR EL USO INDISTINTO DE AMBAS LENGUAS OFICIALES.
ACUERDO NUMERO 17, 24 DE SEPTIEMBRE DE 1987: LA JUNTA ELECTORAL GENERAL, EN SESION CELEBRADA EL 24 DE SEPTIEMBRE, ACORDO, ANALIZADOS LOS ARTICULOS 7.3.3.3, 23.1.D, Y 24 DE LA LEY 9/1987, DE 12 DE JUNIO, QUE LAS JUNTAS ELECTORALES DE ZONA DE LAS UNIVERSIDADES TRANSFERIDAS SE HALLAN INCLUIDAS EN EL AMBITO DE ATRIBUCIONES CONFERIDAS A LAS JUNTAS ELECTORALES DE LAS CORRESPONDIENTES COMUNIDADES AUTONOMAS.
ACUERDO NUMERO 18, 30 DE SEPTIEMBRE DE 1987: LA JUNTA ELECTORAL GENERAL, EN SESION CELEBRADA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1987, ACORDO, TENIENDO EN CUENTA LA NO COINCIDENCIA DE LOS LIMITES PROVINCIALES CON LOS PROPIOS DE LAS AREAS DE SALUD, QUE LA JUNTA ELECTORAL DE ZONA CORRESPONDIENTE A LA PROVINCIA CON MAYOR NUMERO DE ELECTORES ASUMIRA TODAS LAS COMPETENCIAS SOBRE AREAS DE SALUD EXTENDIDAS A MAS DE UNA PROVINCIA.
MADRID, 1 DE OCTUBRE DE 1987. EL PRESIDENTE, JUAN IGNACIO MOLTO GARCIA.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid