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Observado error en la publicación de la citada Resolución, aparecida en el «Boletín Oficial del Estado» número 205, de 27 de agosto de 1987, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En toda referencia que se hace a «distintivos de llamadas especiales», debe decir «distintivos de llamada especiales».
Madrid, 22 dé septiembre de 1987.-El Director general, Javier Nadal Arido.
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