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Documento BOE-A-1987-27790

Resolución de 13 de noviembre de 1987, de la Dirección General de Seguros, por la que se homologan los cursos de formación para la obtención del título de Perito Tasador de Seguros, en la especialidad de Incendios y Riesgos Diversos, que impartirá el Institut Catalá de Tecnología.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 14 de diciembre de 1987, páginas 36663 a 36664 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1987-27790
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1987/11/13/(2)

TEXTO ORIGINAL

EXAMINADA LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL INSTITUT CATALA DE TECNOLOGIA, INTERESANDO LA HOMOLOGACION DE LOS CURSOS DE FORMACION PARA LA OBTENCION DEL TITULO DE PERITO TASADOR DE SEGUROS, EN LA ESPECIALIDAD DE INCENDIOS Y RIESGOS DIVERSOS (IRD) QUE DICHO INSTITUTO PRETENDE IMPARTIR; VISTA LA DOCUMENTACION PRESENTADA, JUNTO CON EL ESCRITO DE SOLICITUD, QUE SE COMPONE DE PROGRAMA DE MATERIAS Y MEMORIA EXPLICATIVA DE LA ESTRUCTURA DE LOS CURSOS, SIENDO CARACTERISTICAS DE LOS MISMOS, QUE SE IMPARTIRAN EN PRESENCIA, QUE LA DURACION DE LOS MISMOS SERA DE SEIS MESES Y UN MINIMO DE DOSCIENTAS HORAS LECTIVAS PARA IRD; VISTO ASIMISMO EL INFORME DE LA SECCION CORRESPONDIENTE DE ESTE CENTRO DIRECTIVO Y LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 7., 2, D), Y 9. DE LA ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 10 DE JULIO DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 1 DE AGOSTO), REGULADORA DE LOS PERITOS TASADORES DE SEGUROS, COMISARIOS DE AVERIAS Y LIQUIDADORES DE AVERIAS.

ESTA DIRECCION GENERAL, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 117.1 DEL REGLAMENTO DE ORDENACION DEL SEGURO PRIVADO, APROBADO POR REAL DECRETO 1348/1985, DE 1 DE AGOSTO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 3, 5 Y 6 DE AGOSTO), HA ACORDADO:

PRIMERO. HOMOLOGAR LOS CURSOS DE FORMACION PARA LA OBTENCION DEL TITULO DE PERITO TASADOR DE SEGUROS, EN LA ESPECIALIDAD DE INCENDIOS Y RIESGOS DIVERSOS (IRD), QUE IMPARTIRA EL INSTITUT CATALA DE TECNOLOGIA, POR CUMPLIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA ORDEN DE 10 DE JULIO DE 1986.

SEGUNDO. QUE EN LA EVALUACION FINAL DE LOS CURSOS INTERVENDRA EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, A TRAVES DE UN REPRESENTANTE.

TERCERO. QUE LOS DIPLOMAS, TITULOS O CERTIFICACIONES EXPEDIDOS POR EL INSTITUT CATALA DE TECNOLOGIA SERAN DOCUMENTACION SUFICIENTE, A EFECTOS DE LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 7., 2, D), Y 8., 2, D), DE LA ORDEN DE 10 DE JULIO DE 1986.

MADRID, 13 DE NOVIEMBRE DE 1987. EL DIRECTOR GENERAL, LEON BENELBAS TAPIERO.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/11/1987
  • Fecha de publicación: 14/12/1987
Referencias anteriores
Materias
  • Seguros

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