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Documento BOE-A-1987-3672

Decisiones tomadas por la Comisión Internacional Permanente para las pruebas de las armas de fuego portátiles en su XVIII Sesión Plenaria de junio de 1984, relativas al Convenio para el reconocimiento recíproco de los punzones de pruebas de armas de fuego portátiles y al Reglamento, hecho en Bruselas el 1 de julio de 1969, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 228, de fecha 22 de septiembre de 1973.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 1987, páginas 4160 a 4164 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1987-3672
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1987/01/28/(1)

TEXTO ORIGINAL

COMISION INTERNACIONAL PERMANENTE PARA LAS PRUEBAS DE LAS ARMAS DE FUEGO PORTATILES CIP LA COMISION INTERNACIONAL PERMANENTE PARA LAS PRUEBAS DE LAS ARMAS DE FUEGO PORTATILES, REFIRIENDOSE A LA CONVENCION PARA EL RECONOCIMIENTO RECIPROCO DE LOS PUNZONES DE PRUEBA DE LAS ARMAS DE FUEGO PORTATILES Y AL REGLAMENTO HECHO EN BRUSELAS EL 1 DE JULIO DE 1969, TIENE EL HONOR DE LLEVAR AL CONOCIMIENTO DE LAS PARTES CONTRATANTES LAS DECISIONES TOMADAS DENTRO DE SU XVIII SESION PLENARIA.XVIII 1. DECLARACION HECHA EN APLICACION DEL PARRAFO 5 DEL ARTICULO I DE LA CONVENCION EL DECRETO COLECTIVO NUMERO 5/1982 (VIII-1) BM-IPM DEL GOBIERNO HUNGARO (MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y DE INDUSTRIA) ESTA DE ACUERDO CON LAS PRESCRIPCIONES DE LA CIP.XVIII 2. ESTABLECIMIENTO DE LAS PRESIONES MAXIMAS ADMISIBLES DE LOS GASES PARA CARTUCHOS PROPULSORES CON CASQUILLO PARA APARATOS DE TIRO INDUSTRIALES DECISION TOMADA AL APLICAR EL PARRAFO 1 DEL ARTICULO 5 DEL REGLAMENTO.

1. TENIENDO EN CUENTA EL HECHO DE QUE EXISTEN APARATOS DE TIRO INDUSTRIALES QUE TIENEN UNA BALISTICA INTERIOR DIFERENTE (POR EJEMPLO, APARATOS DE EMPOTRAMIENTO, APARATOS DE DERRIBO Y OTROS MECANISMOS ANALOGOS), ES PRECISO DEFINIR LAS PRESIONES MAXIMAS QUE PUEDEN PRODUCIR LOS CARTUCHOS PROPULSORES, SIENDO DADOS EL VOLUMEN DE COMBUSTION EFICAZ V Y EL PROYECTIL MP.

2. LA MEDIDA DE LAS PRESIONES SE HACE EN EL INTERIOR DE UNA PROBETA CON MAZAROTA CON LA AYUDA DE UN CAPTADOR MECANICO ELECTRICO (DECISION XVII-7).

GAMMA DE MEDIDA: HASTA 7000 BAR.

SUPERFICIE DE TRANSMISION DE LA PRESION:

6 MM.

FRECUENCIA PROPIA:

100 KHZ.

DESVIACION DE LA LINEALIDAD:

1 %.

FILTRO ELECTRONICO:

10KHZ ( 3 DB), CARACTERISTICAS BESSEL N 2 (12 DB OCTAVA).

2.1 LA CORRELACION ENTRE EL VOLUMEN DE COMBUSTION EFICAZ V Y LA PRESION MAXIMA DEL GAS P SE DESCUBRE DE FORMA SUFICIENTEMENTE PRECISA POR LA FORMULA.

2.2 N.B. EL VOLUMEN SE ESTABLECE MIDIENDO EL VOLUMEN DE UN LIQUIDO TANTO COMO SEA POSIBLE SIN TENSION, DESPLAZADO POR LA VAINA (DESPUES DEL TIRO, C.

A - D. CON LOS RESTOS QUEMADOS DE POLVORA).

3. DE LA FORMULA DE COMBUSTION RESULTA UNA RELACION LINEAL ENTRE EL VOLUMEN ADICIONAL VPRESION DEL GAS P.

3.1 TENIENDO EN CUENTA LAS MEDIDAS DE PRESION P EN EL CAÑON MANOMETRICO CON VOLUMENES ADICIONALES V DIFERENTES Y CON UN CIERTO NUMERO (IGUAL) DE CARTUCHOS PROPULSORES PARA CADA VOLUMEN ADICIONAL (N CARTUCHOS PROPULSORES EN TOTAL) SE PUEDEN CALCULAR LOS COEFICIENTES B Y LN A DEL RETROCESO LINEAL.

3.2 EL COEFICIENTE DEL RETROCESO LINEAL.

3.3 LA RELACION ENTRE LA PRESION PM Y EL VOLUMEN ADICIONALVA ESTA DEFINIDA POR LA FUNCION.

ES DECIR, POR LA FUNCION EXPONENCIAL EL LIMITE UNILATERAL SUPERIOR DE CONFIANZA PARA UN VALOR MEDIO PM (EN FUNCION DE VA ES (CON N MEDIDAS EN TOTAL) DEFINIDO POR LA FUNCION LINEAL.PARA UN NIVEL DE 100 (1 ) % O AUN POR LA FUNCION EXPONENCIAL.

ESTANDO DEFINIDO T(L ); N 2 POR LA FUNCION (FUNCION DE T) TOMADA EN LA TABLA INDICADA DESPUES.

LA PRESION DE LOS GASES PM ASI CALCULADA ESTA CONSIDERADA COMO LA PRESION MAXIMA DE LOS GASES PARA CADA VOLUMEN ADICIONAL VA.

4. TENIENDO EN CUENTA LA DECISION XVII-7, LAS MEDIDAS DE PRESIONES SE HARAN CON UN NUMERO IGUAL DE CARTUCHOS AL MENOS CINCO PARA CADA VOLUMEN ADICIONAL VA SIGUIENTE: 0,08, 0,16, 0,25, 0,40 Y 0,80 CM3, PARA LOS CARTUCHOS A PERCUSION ANULAR; PARA LOS CARTUCHOS A PERCUSION CENTRAL, EL VOLUMEN VA 0,80 CM3 SERA SUSTITUIDO POR VA 1,10 CM3.

4.1 PARA LOS CARTUCHOS PROPULSORES A PERCUSION ANULAR, LA<PRESION MAXIMA DE LOS GASES> PM DEBE SER DEFINIDA CON LOS VOLUMENES ADICIONALES VA 0,16 CM3 Y 0,8 CM 3 EN AYUDA DEL RETROCESO.

4.2 PARA LOS CARTUCHOS PROPULSORES A PERCUSION CENTRAL LA <PRESION MAXIMA DE LOS GASES> PM DEBE SER DEFINIDA CON EL VOLUMEN ADICIONAL VA 0,4 CM3 EN AYUDA DEL RETROCESO.

4.3 EL NIVEL DE CONFIANZA 100. (1 ) ESTA FIJADO EN 0,95 POR 100.

4.4 LA MAS ELEVADA DE LAS <PRESIONES MAXIMAS DE LOS GASES> PM(VA) PARA CADA UNO DE LOS VOLUMENES DE AQUI ENCIMA SERA CONSIDERADA POR LA CIP COMO PRESION MAXIMA ADMISIBLE DE LOS GASES PMAX (VA) PARA EL TIPO DE CARTUCHO PROPULSOR EN CUESTION.

COEFICIENTES DE CONFIANZA 95 POR 100 CERTEZA ESTADISTICA.

GRADO DE LIBERTAD.

N NUMERO DE MEDIDAS.XVIII. 3. CONTROL DE LA PRESION DE LOS GASES DE LOS CARTUCHOS PROPULSORES CON CASQUILLO PARA APARATOS DE TIRO INDUSTRIALES DECISION TOMADA EN APLICACION DEL PARRAFO 1 DEL ARTICULO 5 DEL REGLAMENTO.

1.

CAÑON MANOMETRICO EL CAÑON MANOMETRICO A UTILIZAR ESTA DEFINIDO DENTRO DE LA DECISION XVII-7 COMO CAÑON DE PRUEBA (PROBETA) CON MAZAROTA.2.

EJECUCION DE LAS MEDIDAS DE PRESION 2.1 PARA LOS CARTUCHOS A PERCUSION ANULAR LA MEDIDA DE PRESION DEBE SER OBTENIDA POR EL TIRO DE AL MENOS 10 CARTUCHOS PARA CADA VOLUMEN ADICIONAL.

VA 0,16 CM3 Y 0,8 CM3 PARA LOS CARTUCHOS A PERCUSION CENTRAL LA MEDIDA DE LA PRESION DEBE OBTENERSE POR EL TIRO DE AL MENOS 10 CARTUCHOS PARA UN VOLUMEN ADICIONAL.

VA 0,4 CM3 2.2 LA MEDIDA DE LA PRESION SERA EJECUTADA POR MEDIO DE UN CAPTADOR MECANICOELECTRICO:

GAMA DE MEDIDA: HASTA 7000 BAR.

SECCION DE TRANSMISION DE LA PRESION:

6 MM.

FRECUENCIA PROPIA:

10 KHZ.

DESVIACION DE LA LINEALIDAD:

1 POR 100.

FILTRO ELECTRONICO:

10 KHZ ( 3DB), CARACTERISTICA BESSEL N 2 (12 DB OCTAVA).3.

APROVECHAMIENTO DE LOS RESULTADOS LA UTILIZACION DE LOS RESULTADOS SE HACE BASANDOSE EN LAS REGLAS DE LA ESTADISTICA.

ES LA PRESION MAXIMA ADMISIBLE PARA LOS CARTUCHOS A PERCUSION ANULAR CON LOS VOLUMENES ADICIONALES VA 0,16 CM3 Y 0,8 CM3 SEGUN LAS PRESCRIPCIONES CIP.

PRESION MAXIMA ADMISIBLE PARA LOS CARTUCHOS A PERCUSION CENTRAL CON EL VOLUMEN ADICIONAL VA 0,4 CM3 SEGUN LAS PRESCRIPCIONES CIP.

PRESION MEDIA ARITMETICA DE N MEDIDAS PARA EL VOLUMEN ADICIONAL VA.

COEFICIENTE DE TOLERANCIA PARA N MEDIDAS.

DESVIACION TIPICA DE LA PRESION PARA N MEDIDAS.

PARA LOS CARTUCHOS A PERCUSION ANULAR DEL COMERCIO, LA PRESION MEDIA PN PARA LOS DOS VOLUMENES ADICIONALES VA 0,16 Y 0,8 CM3 DEBE SER INFERIOR O IGUAL A LOS VALORES MAXIMOS ADMISIBLES RESPECTIVAMENTE PMAX (0,16) Y PMAX (0,8). PARA LOS CARTUCHOS A PERCUSION CENTRAL DEL COMERCIO LA PRESION PN PARA EL VALOR ADICIONAL VA 0,4 CM3 DEBE SER INFERIOR O IGUAL AL VALOR MAXIMO ADMISIBLE PMAX (0,4).

LA OBLIGACION PARA UNA MUNICION DEL COMERCIO DE NO DAR NINGUN VALOR INDIVIDUAL DE PRESION MAXIMA SUPERIOR A 1,15 PMAX (VA) SE CONSIDERA RESPETADA.XVIII. 4. COEFICIENTES DE TOLERANCIA DECISION TOMADA EN APLICACION DEL PARRAFO 1 DEL ARTICULO 5 DEL REGLAMENTO.

EL CUADRO DE LOS COEFICIENTES DE TOLERANCIA SIGUIENTES REEMPLAZA AL QUE HA SIDO PUBLICADO DENTRO DE LAS DECISIONES XV-3, XV-4 Y XV-5.

95 POR 100 CERTEZA ESTADISTICA.

K1.N 99 POR 100 DE LOS CASOS.

K2.N95 POR 100 DE LOS CASOS.

K3.N 90 POR 100 DE LOS CASOS.

XVIII - 5. CALIBRES VERIFICADORES DE REFERENCIA PARA LAS ARMAS DE CAÑON RAYADO DECISION TOMADA EN APLICACION DEL PARRAFO 1 DEL ARTICULO 5 DEL REGLAMENTO.

LOS CALIBRES VERIFICADORES DE REFERENCIA SIGUIENTES HAN SIDO ADOPTADOS POR LA CIP. LOS PLANOS DE ESTOS CALIBRES ESTAN ADJUNTADOS A LOS CUADROS DE DIMENSIONES DE LOS CARTUCHOS Y DE LAS CAMARAS.

CUADRO I - BR 1: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DE FORMA(P1, L3, H2) DE LA CAMARA MINIMA.

CUADRO I - BR 2: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DE LA LONGITUD MINIMA L3 DE LA CAMARA Y DEL REBAJO MAXIMO (PARA CARTUCHOS CON GOLLOTES SIN CONO).

CUADRO I - BR 3: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DEL CONO DE ACUERDO (VALORES NOMINALES L1 P2 Y L2 H1) Y DEL REBAJO MAXIMO.

CUADRO I - BR 4: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DE LA TOMA DE RAYAS (G1, S, G, L3 G).

CUADRO I - BR 5: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DE LA RANURA (REBAJO) (MINI Y MAXI) (PARA CARTUCHOS DE ORIGEN US CON CONO).

CUADRO I - BR 6: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DE LA RANURA (REBAJO) (MINI Y MAXI) (PARA CARTUCHOS DE ORIGEN US CON GOLLETE SIN CONO).

CUADRO I - BR 7 CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DE RAYAS (F, Z).

CUADRO II - BR 2: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DE LA PROFUNDIDAD MINIMA DE LA CAJITA (RMIN) Y DE LA RANURA MAXIMA (RMAX) (PARA LOS CARTUCHOS CON BURLETE).

CUADRO III BR 2: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DE LA PROFUNDIDAD DE LA CUBETA (EMIN) Y DE LA RANURA MAXIMA (EMAX) (PARA CARTUCHOS DE CULOTE MAGNUM).XVIII - 6. CALIBRES VERIFICADORES DE REFERENCIA PARA LAS ARMAS DE CAÑON LISO Y PERCUSION CENTRAL DECISION TOMADA EN APLICACION DEL PARRAFO 1 DEL ARTICULO 5 DEL REGLAMENTO.

LOS CALIBRES VERIFICADORES DE REFERENCIA SIGUIENTES HAN SIDO ADOPTADOS POR EL CIP. LOS PLANOS DE LOS CALIBRES SE ADJUNTAN A LOS CUADROS DE LAS DIMENSIONES DE LOS CARTUCHOS Y DE LAS CAMARAS.

CUADRO VII - BR 1: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DEL DIAMETRO BAJO BURLETE (D).

CUADRO VII BR 2: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DEL DIAMETRO H Y DE LONGITUD L DE LA CAMARA MINIMA.

CUADRO VII - BR 3: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DEL DIAMETRO H Y DE LA LONGITUD L DE LA CAMARA MAXIMA.

CUADRO VII - BR 4: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DEL CONO DE ACUERDO MAXIMO.XVIII - 7. CALIBRES VERIFICADORES DE REFERENCIA PARA LOS CARTUCHOS DECISION TOMADA EN APLICACION DEL PARRAFO 1 DEL ARTICULO 5 DEL REGLAMENTO.

LOS CALIBRES VERIFICADORES DE REFERENCIA SIGUIENTES HAN SIDO ADOPTADOS POR EL CIP. LOS PLANOS DE LOS CALIBRES SE ADJUNTAN A LOS CUADROS DE DIMENSIONES DE LOS CARTUCHOS Y DE LAS CAMARAS.

CUADRO I - AR 2: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DEL DIAMETRO G1 DE LA BALA A LA SALIDA DE LA VAINA.

CUADRO I - AR 3: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DEL DIAMETRO MAXIMO H2 EN EL CUELLO DE LA VAINA.

CUADRO I - AR 4: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DE LA LONGITUD MAXIMA L3 G.

CUADRO VII - AR 1: CALIBRE VERIFICADOR DE REFERENCIA DEL DIAMETRO BAJO BURLETE D (CARTUCHOSA PLOMO).

XVIII - 8. LONGITUD DE LOS CAÑONES MANOMETRICOS PATRONES DE REFERENCIA DECISION TOMADA EN APLICACION DEL PARRAFO 1 DEL ARTICULO 5 DEL REGLAMENTO.

LOS NUEVOS CAÑONES MANOMETRICOS PATRONES DE REFERENCIA TENDRAN LAS SIGUIENTES LONGITUDES:

CAÑONES MANOMETRICOS PATRONES DE REFERENCIA PARA CARTUCHOS CON GOLLETE.

CAÑONES MANOMETRICOS PATRONES DE REFERENCIA PARA CARTUCHOS CON BURLETE.

CAÑONES MANOMETRICOS PATRONES DE REFERENCIA PARA CARTUCHOS CON CULOTE MAGNUM.

CAÑONES MANOMETRICOS PATRONES DE REFERENCIA PARA CARTUCHOS A PERCUSION ANULAR.

CAÑONES MANOMETRICOS PATRONES DE REFERENCIA PARA CARTUCHOS PARA ARMAS CON CAÑON LISO Y PERCUSION CENTRAL.XVIII - 9. REGLAMENTO TIPO DE PRUEBA INDIVIDUAL DE LAS ARMAS CARGADAS CON POLVORA NEGRA DECISION TOMADA EN APLICACION DEL PARRAFO 1 DEL ARTICULO 5 DEL REGLAMENTO.

ARTICULO 1.

PRINCIPIO 1.1 EL OBJETO DE ESTA DECISION ES DETERMINAR LAS PRESCRIPCIONES MINIMAS UNIFORMES PARA LA PRUEBA INDIVIDUAL DE LAS ARMAS DE FUEGO CARGADAS POR LA BOCA O POR LA CULATA CON POLVORA NEGRA.

ESTAS PRESCRIPCIONES SE APLICAN IGUALMENTE A LAS PIEZAS DE MUCHO USO QUE PUEDAN SER MONTADAS EN UN ARMA DE FUEGO SIN NINGUN AJUSTE. EN ESTE CASO EL ARMA TERMINADA NO DEBE SER PROBADA SI LAS PIEZAS DE MUCHO USO HAN SIDO PROBADAS PARA LA PRESION MAS FUERTE DE ESTE TIPO DE ARMA. EL ARMA QUE TENIENDO UNA O VARIAS PIEZAS DE MUCHO USO QUE NECESITAN UN AJUSTE SERA PROBADA DESPUES DEL MONTAJE.

POR PIEZAS DE MUCHO USO, NO IMPORTA QUE TIPO, SE ENTIENDEN LAS PIEZAS QUE DEBEN RESISTIR A LA PRESION DE LOS GASES, ES DECIR, LOS CAÑONES COMPLETOS, EL TAPON DE CULATA Y LOS BARRILETES DE LOS REVOLVERES (TAMBORES).

POR AJUSTE SE ENTIENDE TODA OPERACION EFECTUADA SOBRE LA MISMA PIEZA SUSCEPTIBLE DE ALTERAR EN ELLA LA RESISTENCIA Y QUE POR CONSECUENCIA EXIGIRA UNA PRUEBA DE NUEVO SEGUN LAS PRESCRIPCIONES DE LA CIP.

LAS PRESCRIPCIONES SIGUIENTES NO SON OBLIGATORIAS PARA LAS ARMAS DE FABRICACION ANTIGUA QUE NO PUEDEN SER YA UTILIZADAS EN EL TIRO Y NO PRESENTAN DE ESTA FORMA NADA MAS QUE UN INTERES HISTORICO. PERTENECE A UN ORGANISMO OFICIAL DE UNO DE LOS ESTADOS MIEMBROS ESTABLECER UNA RESEÑA PARA CONSTATAR QUE TAL ARMA ES DE FABRICACION ANTIGUA.

1.2 LOS PUNZONES DE PRUEBA NO PUEDEN SER PUESTOS HASTA QUE EL ARMA DE FUEGO O LAS PIEZAS DE MUCHO USO HAYAN SIDO PROBADAS DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES FIJADAS A CONTINUACION Y HAYAN SATISFECHO LAS PRESCRIPCIONES IMPUESTAS.

ART. 2.

PROCEDIMIENTO LA PRUEBA COMPRENDE:

EL CONTROL ANTES DEL TIRO.

EL TIRO DE PRUEBA.

EL CONTROL DESPUES DEL TIRO.

ART. 3.

CONTROL ANTES DEL TIRO ANTES DE SER SOMETIDO AL TIRO DE PRUEBA, LAS ARMAS SERAN OBJETO DE UN CONTROL PREVIO.

ESTE COMPRENDE:

EL CONTROL DE MARCAS-DISTINTIVOS.

EL CONTROL DE LA SEGURIDAD DE FUNCIONAMIENTO Y EL CONTROL VISUAL.

ART. 4.

CONTROL DE LAS MARCAS-DISTINTIVOS DENTRO DEL CONTROL DE LAS MARCAS-DISTINTIVOS SE VERIFICARA QUE LAS SIGUIENTES INDICACIONES HAN SIDO PUESTAS DE FORMA BIEN VISIBLE Y PERMANENTE AL MENOS SOBRE UNA PIEZA DE MUCHO USO DEL ARMA:

NOMBRE, RAZON SOCIAL O MARCA DE FABRICA, DEPOSITO DEL FABRICANTE O TODA INDICACION QUE PERMITA IDENTIFICAR EL ARMA.

EL NUMERO DE IDENTIFICACION DEL ARMA.

LA DESIGNACION DEL CALIBRE SEGUN LA DENOMINACION COMERCIAL.

LA INSCRIPCION <POLVORA NEGRA SOLAMENTE> EXPRESADA EN UNA DE LAS LENGUAS UTILIZADAS POR LOS PAISES MIEMBROS DE LA CIP O EN DEFECTO DE ESTA LAS LETRAS <P.N.> CUYA SIGNIFICACION DEBE SER PUESTA EN CONOCIMIENTO DEL USUARIO POR EL MEDIO QUE SE JUZGUE CONVENIENTE.

LA MASA DE LA CARGA MAXIMA DE POLVORA ADMISIBLE Y LA MASA MAXIMA DEL PROYECTIL INDICADO DE UNA FORMA COMPRENSIBLE POR EL USUARIO.

ART. 5.

CONTROL DE LA SEGURIDAD DE FUNCIONAMIENTO Y CONTROL VISUAL 5.1 LOS FUSILES, LAS PISTOLAS Y LOS REVOLVERES PODRAN SER SOMETIDOS A LA PRUEBA EN BLANCO O EN NEGRO COMPLETAMENTE TERMINADOS Y EQUIPADOS DE LOS MECANISMOS DE CEBADO DE CARGA. SE PUEDE IGUALMENTE PRESENTAR LOS CAÑONES EN BLANCO CON EL TAPON DE CULATA DEFINITIVO Y EL ORIFICIO DE LUZ A CONDICION QUE ESTEN TOTALMENTE TERMINADOS.

EL CAÑON ESTA CONSIDERADO COMO TERMINADO EN BLANCO CUANDO TODOS LOS TRABAJOS DE GUARNECIDO HAN SIDO HECHOS, LOS CUALES SON SUSCEPTIBLES DE MODIFICAR EL ESPESOR DE LAS PAREDES O LAS CARACTERISTICAS DEL MATERIAL, TALES COMO EL FRESADO DE MUESCAS, LA SOLDADURA DE LAS ESPIGAS Y OTROS, LA FABRICACION DE ARBOLES, HILOS, ETC.

5.2 EL CONTROL DE LA SEGURIDAD DE FUNCIONAMIENTO IMPLICA PARA TODAS LAS ARMAS CONTROLAR EL ORIFICIO DE LUZ. PARA LOS REVOLVERES IMPLICA LA LIBRE ROTACION DEL BARRILETE Y EL BUEN ENGANCHE DEL PERRO SOBRE LA PRIMERA Y LA ULTIMA MUESCA.

5.3 EL CONTROL VISUAL IMPLICA LA BUSQUEDA DE EVENTUALES DEFECTOS DE MATERIAL Y DEFECTOS DE RESISTENCIA TALES COMO:

A) FISURAS EN EL CAÑON, VETEADOS Y SOLUCIONES DE CONTINUIDAD.

B) SOLDADURAS INCORRECTAS DE DIFERENTES PIEZAS.

C) CONSTRUCCION INADECUADA DEL CIERRE.

5.4 LAS ARMAS Y LAS PIEZAS DE MUCHO USO QUE DURANTE EL CONTROL ANTES DEL TIRO HAN PRESENTADO UNO DE LOS DEFECTOS ENUMERADOS ARRIBA SERAN RECHAZADAS Y DEVUELTAS AL PETICIONARIO.

ART. 6.

TIRO DE PRUEBA 6.1 EL TIRO DE PRUEBA SERA EFECTUADO CON ARMAS O PIEZAS DE MUCHO USO ACABADAS. SI UN ARMA ESTA MONTADA CON AJUSTE POR MEDIO DE PIEZAS DE MUCHO USO QUE YA HAN SIDO OBJETO DE PRUEBAS, TAMBIEN EL ARMA COMPLETA SERA IGUALMENTE SOMETIDA A PRUEBA. EN LAS ARMAS CON VARIOS CAÑONES CADA CAÑON SERA SOMETIDO A LA PRUEBA, EN LOS REVOLVERES CADA CAMARA DEL BARRILETE (TAMBOR).

6.2 EL TIRO DE PRUEBA PARA LAS ARMAS DE CAÑON LISO O RAYADO SE EFECTUARA UTILIZANDO UNA CARGA COMPUESTA DE POLVORA Y DE PLOMO.

SALVO PARA LOS REVOLVERES SE REALIZARAN DOS TIROS, PUES EL PRIMERO SE CONSIDERA COMO TIRO DE CALENTAMIENTO PARA ELIMINAR LOS RESIDUOS DE ACEITE Y DE OTRAS SUSTANCIAS EXTRAÑAS EN EL CAÑON.

PARA LOS REVOLVERES EL TIRO DE PRUEBA CONSISTIRA EN TIRAR AL MENOS UN DISPARO CON CADA CAMARA DEL BARRILETE (TAMBOR) DESPUES DEL DESENGRASADO DE ESTE ULTIMO. LOS VALORES DE LAS CARGAS DE POLVORA Y PLOMO PARA LOS DIFERENTES CALIBRES ESTAN INDICADOS EN EL ANEXO TECNICO.

6.3 SI SE TIENE DUDA QUE LOS DISPAROS DE PRUEBA HAN SIDO DEFECTUOSOS EL BANCO DE PRUEBAS DEBE, CON INDEPENDENCIA DEL NUMERO PREVISTO DE DISPAROS, PROCEDER A UN TIRO SUPLEMENTARIO.

ART. 7.

CONTROL DESPUES DEL TIRO DESPUES DEL TIRO DE PRUEBAS LAS ARMAS O LAS PIEZAS DE MUCHO USO DEBERAN SER SOMETIDAS A UN NUEVO CONTROL. PARA ESTE SE APLICARAN LAS DISPOSICIONES DEL ARTICULO 5.

ART. 8.

RECHAZO DESPUES DEL TIRO 8.1 LAS ARMAS Y LAS PIEZAS DE MUCHO USO QUE ESTEN VISIBLEMENTE DETERIORADAS POR EL TIRO DE PRUEBA, ASI COMO LAS ARMAS EN LAS QUE EL CONTROL DETECTE UNO DE LOS DEFECTOS ENUMERADOS A CONTINUACION SERAN RECHAZADAS Y ENVIADAS AL PETICIONARIO:

A) TODA DEFORMACION DEL CAÑON QUE AFECTE A LA SEGURIDAD DEL ARMA.

B) GANCHOS O BANDAS DESOLDADAS.

C) FISURAS EN EL EXTERIOR DEL CAÑON O SOBRE EL TAPON DE CULATA.

D) PARA LAS ARMAS A PERCUSION Y LOS REVOLVERES DESPRENDIMIENTO DE LA CHIMENEA O DE OTRAS PIEZAS DEL MECANISMO DE INICIACION (CEBADO).

8.2 EN LOS CASOS DONDE EL RESULTADO DEL TIRO DE PRUEBAS DEJE LA MENOR DDUDA UDA A PROPOSITO DE LA RESISTENCIA DE UN ARMA O DE UNA DE LAS PIEZAS DE MUCHO USO O SI EXISTE DUDA SOBRE LA EXISTENCIA DE UN DETERIORO O DE UN DEFECTO (CONFORME A LA LINEA 1) EL BANCO DE PRUEBAS CON INDEPENDENCIA DEL NUMERO DE TIROS PREVISTO, PROCEDERA A UN TIRO DE PRUEBA SUPLEMENTARIO.

8.3 LAS ARMAS Y SUS PIEZAS DE MUCHO USO QUE EN VIRTUD DE LAS DISPOSICIONES DEL ARTICULO 5 NO SEAN ADMITIDAS AL TIRO DE PRUEBA O QUE SEAN RECHAZADAS EN VIRTUD DE LAS DISPOSICIONES DEL ARTICULO 8 PUEDEN DE NUEVO SER PRESENTADAS AL MISMO BANCO DE PRUEBAS, SI EL PETICIONARIO DEMUESTRA QUE HA CORREGIDO LOS DEFECTOS CONSTATADOS.

LA PRUEBA SERA ENTONCES REPETIDA.

ART. 9.

REPETICION DE LA PRUEBA 9.1 SI UN ARMA YA PROBADA O UNA PIEZA DE MUCHO USO YA PROBADA HA SUFRIDO UNA DE LAS OPERACIONES INDICADAS A CONTINUACION SUSCEPTIBLE DE COMPROMETER LA SEGURIDAD DEL ARMA, ESTE ARMA O ESTA PIEZA DEBERAN SER SOMETIDAS DE NUEVO A UNA PRUEBA CONFORME A LOS ARTICULOS 3 A 8:

CAMBIO DE UNA PIEZA DE MUCHO USO, CON AJUSTE.

TODAMODIFICACION DE LAS DIMENSIONES QUE IMPLIQUEN UNA REDUCCION DEL ESPESOR DE LAS PAREDES DEL CAÑON.

TODA ALTERACION DE LA RESISTENCIA DE LOS MATERIALES.

9.2 CUANDO LA PRUEBA DE ACUERDO CON LOS PARRAFOS 9.1 Y 8.3 PRESENTE UNO DE LOS DEFECTOS ENUMERADOS EN EL ARTICULO 8, APARECIENDO SOBRE EL ARMA LA MARCA DEL PUNZON DE PRUEBA O SOBRE LA PIEZA DE MUCHO USO, SERA MATASELLADA CON UNA <X> COLOCADA SOBRE LA MARCA O A UN LADO DE ESTA ULTIMA.

ART. 10.

COLOCACION DE LA MARCA DE LOS PUNZONES DE PRUEBA 10.1 DENTRO DE LA MEDIDA DONDE LA PRUEBA Y LOS CONTROLES CONFORME A LOS ARTICULOS 3 A 8 Y 9 NO HAN PUESTO EN EVIDENCIA DEFECTOS, LAS MARCAS DE LOS PUNZONES SERAN PUESTAS DE UNA MANERA BIEN VISIBLE SOBRE LAS PIEZAS DE MAYOR USO SOMETIDAS A LA PRUEBA:

PARA TODAS LAS ARMAS EXCEPTO REVOLVERES: SOBRE CADA CAÑON Y SOBRE EL TAPON DE CULATA.

PARA LOS REVOLVERES: SOBRE EL CAÑON, EL BARRILETE (TAMBOR) Y LA CARCASA.

10.2 SOBRE CADA ARMA Y SOBRE CADA CAÑON SEPARADAMENTE PRESENTADOS A LA PRUEBA SE MARCARA UN PUNZONADO QUE PERMITA DETERMINAR EL AÑO DE LA PRUEBA.

ART. 11.

REGISTROS OFICIALES FINALIZADAS LAS OPERACIONES DE PRUEBA, SE REALIZARA UNA RESEÑA QUE CONTENGA LAS SIGUIENTES INDICACIONES:

EL NUMERO DE ORDEN Y LA FECHA DE LA RESEÑA.

LA NATURALEZA DE LA PRUEBA.

LOS ELEMENTOS DE IDENTIFICACION DEL ARMA.

EN EL CASO DE UN RECHAZO, LA NATURALEZA DEL DEFECTO.ANEXO TECNICO AL REGLAMENTO TIPO DE PRUEBA INDIVIDUAL DE LAS ARMAS CARGADAS CON POLVORA NEGRA1.

CARACTERISTICAS DE LA POLVORA NEGRA A EMPLEAR EN LAS PRUEBAS POLVORA DE REFERENCIA: SE HA ELEGIDO COMO POLVORA DE REFERENCIA PARA EL ESTUDIO DE LAS PRESIONES Y PARA DETERMINAR LAS DOSIFICACIONES DE LAS CARGAS DE PRUEBA UNA POLVORA NEGRA CUYAS CARACTERISTICAS FISICO-QUIMICAS SON LAS SIGUIENTES:

A) HUMEDAD: MAX. 1,3 POR 100.

B) DENSIDAD: 1,70 1,80 G CM3 C) GRANULOMETRIA: 0,63 MM RET. MAX. 5 POR 100.0,20 MM PAS. MAX. 5 POR 100.

D) COMPOSICION QUIMICA:

PORCENTAJE NITRATO DE POTASIO: 75 1,5 POR 100.

PORCENTAJE AZUFRE: 10 1 POR 100.

PORCENTAJE CARBON DE MADERA: 15 1 POR 100.

E) CENIZAS: MAX. 0,8 POR 100.

F) HIGROSCOPICIDAD (12 H): MAX. 1,8 POR 100.

G) MASA (VOLUMEN): MIN. 0,85 G ML.

LOS VALORES ARRIBA INDICADOS SE DAN A TITULO INDICATIVO, LA PRESION DEL CARTUCHO DE REFERENCIA (PARRAFO 2) ES PRIMORDIAL.2.

CARTUCHO CALIBRE 16 DE REFERENCIA EL OBJETO DE ESTE CARTUCHO CARGADO POR MEDIO DE ELEMENTOS DE CARGA SIMPLES ES PERMITIR MEDIR EL NIVEL DE PRESION DESARROLLADO POR LA POLVORA DE REFERENCIA.

EL CARTUCHO SE CARGARA EMPLEANDO LOS SIGUIENTES COMPONENTES:

VAINA: CALIBRE 16 PARA ARMAS DE CAÑON LISO, LONGITUD DE 67,5 A 70 MM, CULOTE METALICO DE 8 MM DE LONGITUD.

CAPSULA CEBO: <DOBLE FUERZA> FIOCCHI NUMERO 616 O EQUIVALENTE.

POLVORA NEGRA: 3 GRAMOS.

CON EL FIN DE EVITAR TODA COMPRESION, LA POLVORA SE COLOCARA DENTRO DE UN CILINDRO DE CARTON O PLASTICO COLOCADO EN EL FONDO DE LA VAINA, TENIENDO UN ESPESOR DE 0,6 MM APROXIMADAMENTE Y UNA ALTURA TENIENDO EN CUENTA EL VOLUMEN DE LA POLVORA.

BORRA: FIELTRO DE BORRA (GRASOSO) DE UNA ALTURA DE 10 A 12 MM.

PLOMOS: 33 G DE PLOMOS DE DIAMETROS 2,5 MM.

ENGARCE (REBORDEO): REDONDEL DE CIERRE EN CARTON DE ESPESOR 1,5 MM.

LONGITUD DEL CARTUCHO CARGADO: 64 MM APROXIMADAMENTE.

LA PRESION DE ESTE CARTUCHO SERA MEDIDA EN UN CAÑON MANOMETRICO NORMAL DE CALIBRE 16-70 REALIZADO SEGUN LAS PRESCRIPCIONES CIP.

ANTES DE LA PRUEBA, LOS CARTUCHOS DEBEN SER CLIMATIZADOS AL MENOS DURANTE 24 HORAS A LA TEMPERATURA DE 21 1 AY UNA HUMEDAD RELATIVA DE 60 POR 100 5 POR 100.

EL CARTUCHO CITADO ARRIBA CARGADO CON LO POLVORA DE REFERENCIA DEBE DAR CON UN CAPTADOR DE MEDIDA MECANOELECTRICO UN VALOR DE PRESION PN 275 23 BAR.

3.

CARGAS DE PRUEBA 4.

MODALIDADES DE EJECUCION DE LAS PRUEBAS LA CARGA DE LAS ARMAS DE CAÑON LISO SE HARA APOYANDO (SIN COMPRESION) SOBRE LA POLVORA UN FIELTRO DE BORRA DE AL MENOS 20 MM DE ALTURA. EL PROYECTIL ESTARA FORMADO POR PLOMOS DE DIAMETROS 2,5-3 MM QUE ESTARAN DENTRO DEL CAÑON SUPERPONIENDO UN FIELTRO DE BORRA DE AL MENOS 10 MM DE ALTURA. PARA LAS ARMAS CON CAÑON RAYADO LA CARGA SE HARA IGUAL QUE LA ANTERIOR PERO EMPLEANDO UNA BALA EN LUGAR DE PLOMOS Y SIN BORRA.

5.

CARGAS DE PRUEBA PARA LAS PISTOLAS, LOS REVOLVERES Y OTRAS ARMAS PARA LAS PISTOLAS CON UNO O VARIOS CAÑONES EN LAS QUE UN TIRO DE PRUEBA COMO EL INDICADO EN LOS PARRAFOS 3 Y 4 NO ES POSIBLE, LA CARGA DE PRUEBA SE ESTABLECERA CONSIDERANDO LA LONGITUD DEL O DE LOS CAÑONES SEGUN LA CARGA DE SERVICIOS MAXIMA PREVISTA PARA ESTE TIPO DE ARMA. LA CANTIDAD DE POLVORA DE PRUEBA DEBE SER DOBLE DE LA CARGA DE SERVICIO.

PARA LOS REVOLVERES Y OTRAS ARMAS PARTICULARES DONDE LA CAMARA PARA LA POLVORA O LA VAINA DE CARGA SIN CAPSULA NO PERMITA CONTENER LA CARGA DE PRUEBA PREVISTA EN EL PARRAFO 3, EL VOLUMEN DE LA CAMARA SERA LLENADO CON LA MAXIMA CANTIDAD DE POLVORA DE REFERENCIA QUE PUEDA CONTENER. LA BALA SE INTRODUCIRA Y HUNDIRA HASTA LA IGUALACION.

6.

DIAMETRO DE LOS ORIFICIOS DE LUZ LAS ARMAS CARGADAS CON LA POLVORA NEGRA DEBERAN TENER CHIMENEAS CON UN ORIFICIO DE LUZ EN DIRECCION DE LA CAMARA DE POLVORA DE 1 MM DE DIAMETRO MAXIMO.XVIII - 10. CONTROL DE LAS MUNICIONES DEL COMERCIO. REFERENCIA: DECISION XV.7 DECISION TOMADA EN APLICACION DEL ARTICULO 5 DEL REGLAMENTO.

SE HA DECIDIDO QUE:

1. AÑADIR AL ARTICULO 3, PARRAFO 3.1.B EL TEXTO SIGUIENTE:

SI POR RAZONES TECNICAS NO ES POSIBLE INDICAR EL CALIBRE SOBRE EL CULOTE, SE LE PUEDE MARCAR DE UNA FORMA INDELEBLE SOBRE EL CUERPO DE LA VAINA.

2. AÑADIR AL ANEXO TECNICO UN PARRAFO 4.3.3 REDACTADO COMO SIGUE:

EL NUMERO DE PIEZAS MARCADO PARA LOS CONTROLES DE FABRICACION PUEDE SER MODIFICADO SI EL FABRICANTE DISPONE DE UN SISTEMA DE SEGURIDAD EN LA CALIDAD.

UN PLAN DE CONTROL DEBERA SER PREVIAMENTE PRESENTADO AL ORGANISMO NACIONAL QUE SE ACUERDE. ESTE VERIFICARA EL PLAN DE CONTROL Y PODRA AUTORIZAR UN CONTROL EN EL CURSO DE FABRICACION QUE ASEGURE QUE LAS PRESCRIPCIONES DE SEGURIDAD DE LA CIP SON TOTALMENTE RESPETADAS.XVIII - 11. PRUEBA DE CIERTAS ARMAS DE FUEGO Y APARATOS DE CARGA PORTATILES. EXPLOSIVAS. ANEXO TECNICO. REFERENCIA: DECISION XVI-6 DECISION TOMADA AL APLICAR EL PARRAFO 1 DEL ARTICULO 5 DEL REGLAMENTO.

EL PARRAFO 1.1.1 ESTA REEMPLAZADO POR EL SIGUIENTE:

1.1.1 VERIFICACION DE LA DESIGNACION DEL TIPO.

ES PRECISO COMPROBAR QUE:

EL OBJETO A PROBAR ESTA DE ACUERDO CON LOS PLANOS, ESQUEMAS Y TODA LA DOCUMENTACION QUE LE ACOMPAÑA.

LA DENOMINACION DEL TIPO, LA DENOMINACION DE LA CLASE DE APARATO (A O B) Y LA DENOMINACION COMERCIAL O LA DENOMINACION NORMALIZADA DE LA MUNICION DESTINADA PARA SER UTILIZADA HAN SIDO MARCADAS SOBRE EL OBJETO A PROBAR.

LA DENOMINACION DEL TIPO NO DEBE ACARREAR ERRORES O PRESTARSE A CONFUSION CON OTROS OBJETOS YA HOMOLOGADOS.OBJECIONES CHECOSLOVAQUIA . EL 27 DE SEPTIEMBRE DE 1985, NOTIFICA EL ACUERDO DE DICHO GOBIERNO SOBRE LAS DECISIONES DE LA XVIII SESION PLENARIA DE LA CIP, EXCEPTO LA DECISION XVIII-7.

FRANCIA . EL 6 DE SEPTIEMBRE DE 1985, NOTIFICA EL ACUERDO DEL GOBIERNO FRANCES SOBRE LAS DECISIONES, EXCEPTO EL SEGUNDO PARRAFO DE LA DECISION XVIII-10.

EL GOBIERNO FRANCES EN COMUNICACION DE 9 DE DICIEMBRE DE 1986 NOTIFICA QUE LEVANTA LA RESERVA QUE HABIA HECHO SOBRE EL SEGUNDO PARRAFO DE LA DECISION XVIII-10.

ITALIA . EL 19 DE JULIO DE 1985, NOTIFICA OBJECIONES RESPECTO A LA DECISION XVIII-9.

ESTAS DECISIONES DE LA XVIII SESION PLENARIA DE LA COMISION INTERNACIONAL PERMANENTE PARA LAS PRUEBAS DE LAS ARMAS DE FUEGO PORTATILES ENTRARON EN VIGOR EL 1 DE OCTUBRE DE 1985, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 8, APARTADO 1 DE SU REGLAMENTO.

LO QUE SE HACE PUBLICO PARA CONOCIMIENTO GENERAL.

MADRID, 28 DE ENERO DE 1987. EL SECRETARIO GENERAL TECNICO, JOSE MANUEL PAZ Y AGUERAS.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 28/01/1987
  • Fecha de publicación: 11/02/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 01/10/1985
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 28 de enero de 1987.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de erratas en BOE núm. 221 de 15 de septiembre de 1987 (Ref. BOE-A-1987-21387).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 122, de 22 de mayo de 1987 (Ref. BOE-A-1987-12210).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Convenio y Reglamento de 1 de julio de 1969 (Ref. BOE-A-1973-1324).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Armas
  • Comisión Internacional Permanente para la Prueba de Armas de Fuego Portátiles

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