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Documento BOE-A-1988-16143

Corrección de errores de la Resolución de 20 de mayo de 1988, de la Dirección General de Seguros, por la que se aprueba la tarifa de primas del Seguro de Riesgos Extraordinarios, a satisfacer obligatoriamente por los asegurados, y la cláusula de cobertura a insertar en las pólizas de Seguro Ordinario.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 28 de junio de 1988, páginas 20130 a 20130 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1988-16143
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1988/05/20/(1)/corrigendum/19880628

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 139, de fecha 10 de junio de 1988, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:

En la página 18190, primera columna, Quinto, última línea, donde dice: «Decreto 358/1988, de 19 de abril («Boletín Oficial del Estado del del 23).», debe decir: «Decreto 354/1988, de 19 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 23).».

En la página 18192, anexo I, I., G), tabla, primera línea, donde dice: «Capital mayor. Capital total - Porcentaje», debe decir: «Capital mayor/Capital total - Porcentaje».

En la misma página, primera columna, anexo 1, I., G), segundo párrafo, primera línea, donde dice: «Dicha tabla, que expresa porcentaje sobre la primera comercial», debe decir: «Dicha tabla, que expresa porcentajes sobre la prima comercial».

En la página 18192, segunda columna, anexo I, II., 1., primera línea, donde dice: «La tasa de prima comercial se establece por el 0,0096 por 1.000», debe decir: «La tasa de prima comercial se establece en el 0,0096 por 1.000».

En la página 18193, primera columna, anexo II, I., 2., cuarta línea, donde dice:«pólizas cuya fecha o efecto, si fuera posterior, precedan en treinta días», debe decir «pólizas cuya fecha o efecto, si fuera posterior, no precedan en treinta días».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 28/06/1988
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Resolución de 22 de julio de 1996 (Ref. BOE-A-1996-17707).
  • Fecha de derogación: 01/01/1997
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 20 de mayo de 1988 (Ref. BOE-A-1988-14248).
Materias
  • Catástrofes
  • Consorcio de Compensación de Seguros
  • Fuerzas Armadas
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Precios
  • Seguro de riesgos extraordinarios
  • Seguros
  • Tarifas
  • Terrorismo

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