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Documento BOE-A-1988-17711

Orden de 13 de julio de 1988 por la que se modifica el artículo 19 de la Orden de 27 de julio de 1972, que reglamenta los vinos espumosos y vinos gasificados.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 15 de julio de 1988, páginas 21886 a 21886 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1988-17711
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1988/07/13/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El artículo 19 del Reglamento de los Vinos Espumosos y Gasificados, en su primer párrafo, establecía que la inscripción en los Registros tendrá una validez de cinco años.

La circunstancia de que en el momento actual se encuentra en proceso de modificación la legislación de la Comunidad Económica Europea en lo referido a los reglamentos básicos que regulan la producción y designación de los vinos espumosos, y teniendo en cuenta la necesidad de organización y redistribución de los distintos Registros llevados por el Consejo Regulador de los Vinos Espumosos y Gasificados como consecuencia de la producción legal citada y de la normativa interna española, en concreto de la Orden de 27 de febrero de 1986, se hace aconsejable ampliar el plazo al que se ha hecho referencia en el párrafo anterior.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Política Alimentaria,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo único.

Se modifica el primer párrafo del artículo 19 de la Orden de este Ministerio de 27 de julio de 1972, que quedará redactado como sigue:

«La inscripción en los Registros tendrá una validez de seis años. La renovación por parte de los interesados deberá ser efectuada en la forma que el Consejo Regulador determine y de acuerdo con la legislación vigente.»

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 13 de julio de 1988.

ROMERO HERRERA

Ilmo. Sr. Director general de Política Alimentaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/07/1988
  • Fecha de publicación: 15/07/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 15/07/1988
Referencias anteriores
  • AMPLIA el plazo previsto en el primer párrafo del art. 19 de la Orden de 27 de julio de 1972 (Ref. BOE-A-1972-1193).
Materias
  • Bebidas alcohólicas
  • Comercio
  • Vinos

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