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Documento BOE-A-1988-25424

Real Decreto 1312/1988, de 28 de octubre, por el que se aprueba el pliego de prescripciones técnicas generales para la recepción de cementos (RC-88).

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 4 de noviembre de 1988, páginas 31580 a 31585 (6 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1988-25424
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1988/10/28/1312

TEXTO ORIGINAL

El pliego de prescripciones técnicas generales para la Recepción de Cementos (RC-75), fue aprobado por Real Decreto 1964/1975, de 23 de mayo.

La aparición de nuevos tipos de cementos contemplados en las normativas europeas ha aconsejado, a la Comisión Permanente del Cemento que tiene entre sus misiones la revisión del pliego, su puesta al día.

Con objeto de adaptar el pliego a la nomenclatura existente en Europa se han modificado las denominaciones y especificaciones de los distintos cementos, incluyendo también nuevos tipos.

Por otra parte se han tenido en cuenta las directrices de la Comunidad Económica Europea por lo que se contempla la recepción de cementos que provengan de la CEE.

En su virtud y a iniciativa de la Comisión Permanente del Cemento, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de octubre de 1988,

DISPONGO:

Artículo 1.°

Se aprueba el pliego de prescripciones técnicas generales para la Recepción de Cementos (RC-88), que figura como anejo del presente Real Decreto.

Art. 2.°

El ámbito de aplicación de este pliego se extenderá con carácter obligatorio a las recepciones de cemento en todas las obras, tanto de la Administración Pública como las de carácter privado.

También se aplicará, con el mismo ámbito, a la recepción de cementos para productos prefabricados.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

La recepción de cementos correspondiente a tipos, clases y categorías contempladas en el pliego de prescripciones técnicas generales para la Recepción de Cementos (RC-75), fabricados antes de la entrada en vigor del Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara obligatoria la homologación de los cementos para la fabricación de hormignes y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados, seguirá rigiéndose por dicho pliego.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria, queda derogado el artículo 1.° del Decreto 1964/1975, de 23 de mayo, relativo a la aprobación del pliego de prescripciones técnicas generales para la Recepción de Cementos (RC-75).

DISPOSICIÓN FINAL

Se faculta a los Ministros de Obras Públicas y Urbanismo e Industria y Energía para modificar, conjuntamente, las referencias a normas UNE que figuran en el anexo del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 28 de octubre de 1988.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo,

JAVIER LUIS SÁENZ COSCULLUELA

ANEJO
Pliego de prescripciones técnicas generales para la Recepción de Cementos

1. Objeto

El objeto del presente pliego es definir las prescripciones técnicas generales que deben satisfacer los cementos para su recepción en las obras de construcción y los métodos de ensayo para comprobarlas.

Cuando por la aplicación de instrucciones de carácter general, del pliego de prescripciones técnicas particulares, o por indicación de la Dirección de Obra sea preciso efectuar ensayos, se realizarán de acuerdo con lo especificado en el presente pliego.

Para la recepción en obra de cementos legalmente fabricados y comercializados en un Estado miembro de la Comunidad Económica Europea que sean conformes a las especificaciones en vigor en dicho Estado, siempre que éstas tengan un nivel de seguridad equivalente al que exige la reglamentación española, el suministrador proporcionará las especificaciones que le sean de aplicación, así como su traducción española. Los ensayos, en su caso, se realizarán de acuerdo con dichas especificaciones.

El cumplimiento del nivel de seguridad equivalente por parte de los cementos procedentes de un Estado miembro de la Comunidad Económica Europea se comprobará según lo dispuesto en la reglamentación en materia de normalización y homologación.

2. Definiciones y características generales de los cementos

Las definiciones, denominaciones y especificaciones de los cementos y sus componentes son las que figuran en las siguientes Normas UNE:

UNE 80.301/88 «Cementos. Definiciones, clasificación y especificaciones».

UNE 80.302/85 «Cementos. Especificaciones químicas para sus constituyentes».

2.1 Composición de los cementos.–Las proporciones en masa de los componentes del cemento se especifican en la tabla 1 según su clasificación por denominación y tipo.

TABLA 1

Composición de los cementos

Denominación

Tipo

Proporción en masa, porcentaje (1)

Componentes principales

Componentes

adicionales

(2)

Clinker

Escoria

siderúrgica (S)

Puzolana

natural (Z)

Cenizas

volantes (C)

«Filler»

calizo (F)

Cementos Portland.

I–O

100

0

0

0

0

0

I

95 a 99

1 a 5

Cemento Portland compuesto.

II (3)

65 a 88

6 a 27

6 a 23

0 a 5

Cemento Portland con escoria.

II-S

65 a 94

6 a 35

0 a 5

Cemento Portland con puzolana.

II-Z

72 a 94

6 a 28

0 a 5

Cemento Portland con ceniza volante.

II-C

72 a 94

6 a 28

0 a 5

Cemento Portland con «filler» calizo.

II-F

80 a 94

6 a 15

0 a 5

Cementos de horno alto.

III-I

40 a 64

36 a 60

0 a 5

III-2

20 a 39

61 a 80

0 a 5

Cemento puzolánico.

IV

⩾ 60

⩽ 40

0 a 5

Cemento mixto.

V

20 a 64

36 a 80 (4)

0-5

Cemento aluminoso.

VI

100

(1) En estos valores se excluyen: El regulador de fraguado y los aditivos.

(2) Los componentes adicionales pueden ser uno o varios entre escoria siderúrgica, puzolana natural, cenizas volantes o «filler» calizo, a menos que sea un componente principal del cemento.

(3) Las proposiciones de los componentes de los cementos tipo II deben responder a la fórmula 1,0 S + 1,23 Z+ 1,23 C + 1,75 F ⩽ 33, cuando la composición de un «Cemento Portland» compuesto» (II) corresponda a la de alguno de los tipos II-S, II-Z, II-C, II-F, será designado concordantemente.

(4) La proporción de puzolana natural no será superior al 40 por 100.

2.2 Características mecánicas.–Las especificaciones que deben cumplir los cementos relativas a las características mecánicas figuran en la tabla 2 según resistencia y clase. El número que identifica a la clase corresponde a la resistencia mínima a compresión a veintiocho días, en newtons por milímetro cuadrado (N/mm2), excepto para el tipo V que se refiere a la edad de noventa días.

Los cementos con especificación de resistencia a dos días llevan añadida la letra A.

TABLA 2

Prescripciones mecánicas de los cementos

Tipo

Resistencia

Clase

Resistencia a compresión en N/mm2

Mínima

a 2 días

Mínima

a 7 días

Mínima

a 28 días

Máxima

a 28 días

Mínima

a 90 días

I a IV

Muy alta.

55A

30

55

55

25

Alta.

45 A

20

45

65

45

30

Media.

35 A

13,5

35

55

35

20

Baja.

25

15

25

V

Media.

35

Aunque no se exigen valores a 7 y 28 días el fabricante debe suministrar la curva de endurecimiento a efectos de control en obra.

35

Baja

25

25

VI

Muy alta.

55

45

55

2.3 Características físicas.–Las especificaciones que deben cumplir los cementos relativas a las características físicas figuran en la tabla 3.

TABLA 3

Prescripciones físicas de los cementos

Resistencia *

Fraguado

Expansión

Principio minutos

Final horas

Le Chatelier

máx. en núm.

Muy alta.

> 45

< 12

10

Alta media, baja

> 60

< 12

10

* Ver tabla 2

2.4 Características químicas.–Las especificaciones que deben cumplir los cementos relativas a las características químicas figuran en la tabla 4.

TABLA 4

Prescripciones químicas de los cementos

Características

Denominación y tipo de cemento

Portland

Portland

compuesto

Portland

con

escoria

Portland

con

puzolana

Portland

con ceniza

volante

Portland

con «filler»

calizo

De horno alto

Puzolánico

Mixto

Aluminoso

I-O

I

II

II-S

II-Z

II-C

II-F

III-I

III-2

IV

V

VI

Pérdida al fuego.

PF Max. %

3,5

5

7

5

7

7

7

5

5

8

12

Residuo insoluble.

RI Max. %

2,5

5

5

5

5

5

Trióxido de azufre.

SO3 Máx. %

4 (1)

4,5 (2)

4 (1)

4,5 (2)

4,5

4,5

4

4

4

4,5

4,5

4

4, 5

 

Cloruros.

Cl Max. %

0,1

0,1

0,1

0,1

0,1

0,1

0,1

0,1

0,1

0,1

0,1

0,1

Sulfuros.

S= Máx. %

0,1

Oxido de aluminio.

Al2O3 Min. %

36

Puzolanicidad.

A 8 ó15 días.

Cumplirá el

ensayo de

puzolanicidad

(1) Para cementos de clase 35.

(2) Para cementos de clase 45 y 55.

3. Cementos con características especiales

Los cementos que presentan además alguna característica especial están definidos en las siguientes Normas UNE:

UNE 80.303/86 «Cementos. Cementos con características especiales».

UNE 80.305/88 «Cementos Portland blancos».

Estos cementos deberán cumplir, además de las prescripciones exigidas a su tipo y clase, las correspondientes a las características especiales que posean y que a continuación se establecen.

3.1 Cementos de bajo calor de hidratación (BC).–Se consideran cementos de bajo calor de hidratación todos aquellos que a la edad de cinco días desarrollen un calor de hidratación igual o inferior a 65 cal/g según Norma UNE 80.118/86.

3.2 Cementos blancos (B).–Se consideran cementos blancos los pertenecientes a los tipos I, II y V cuyas proporciones en masa de los componentes se especifican en la tabla 5, cuyo índice de blancura, determinado por el método descrito en la UNE 80.117/87 sea igual o superior al 70 por 100.

La resistencia de estos cementos puede ser muy alta, alta y baja.

Las adiciones para los tipos II y V pueden ser cualesquiera de las incluidas y descritas en las UNE 80.301/88, 80.302/85 y 80.305/88 siempre que permitan alcanzar en el cemento el grado de blancura exigido.

Las características mecánicas, físicas y químicas serán las que corresponden a los tipos I, II y V, con la excepción de la pérdida al fuego en los tipos II, que podrá ser del 12 por 100 en lugar del 7 por 100.

TABLA 5

Componentes de los cementos blancos

Denominación

Tipo

Proporción en masa (1)

(Porcentaje)

Clinker

Adiciones

Cementos Portland blancos.

I-B

95-100

0-5

Cementos Portland blancos con adiciones

II-B

75-94

6-25

Cementos Portland blancos para solados

V-B

40-70

30-60

1) Los valores de la tabla se refieren al núcleo cemento, entendiéndose por tal el clinker y las adiciones con exclusión del regulador del fraguado y los aditivos.

(2) Los cementos que posean además alguna de las características especiales, resistencia a los sulfatos y agua de mar o bajo calor de hidratación tendrán la designación complementaria correspondiente, SR, MR o BC en cada caso.

3.3 Cementos resistentes al agua de mar (MR).–Se consideran cementos resistentes al agua de mar (MR) aquellos en que la constitución de su clinker cumpla las prescripciones de la tabla 6.

Los contenidos de C3A y C4AF se determinarán según la norma UNE 80.304/86.

TABLA 6

Prescripciones adicionales a los cementos resistentes al agua de mar

Características

Tipo de cemento

I-O

I

II

II-S

II-Z

ll-C

III-1

III-2

IV

C3A

Máx. %

5

5

8

8

8

8

10

(1)

10

C3A + C4AF

Máx. %

22

22

25

25

25

25

25

(1)

25

(1) El cemento III-2 siempre es resistente al agua de mar.

3.4 Cementos resistentes a los sulfatos (SR).–Se consideran cementos resistentes a los sulfatos aquellos que por su composición y por la constitución de su clinker cumplan las prescripciones de la tabla 7.

TABLA 7

Prescripciones adicionales a los cementos resistentes a los sulfatos

Características

Tipo de cemento

I-O

I

II

II-S

II-Z

II-C

III-1

III-2

IV (2)

C3A

Máx. %

5

5

6

6

6

6

8

(1)

8

C3A + C4AF

Máx. %

22

22

22

22

22

22

25

(1)

25

(1) El cemento III-2 es siempre resistente a los sulfatos.

(2) El cemento IV tendrá un contenido de puzolana superior al 30 por 100 en masa.

4. Denominación y designación

Cada cemento se designará por su tipo y clase y, en su caso, por sus características especiales.

En el siguiente cuadro se resumen los cementos según su denominación y designación.

Denominación

Designación

Tipo

Clase

Portland

I-O y I.

35, 35A, 45, 45A, 55 y 55A.

Portland compuesto

II.

35, 35A, 45, 45A.

Portland con escoria

II-S.

35, 35A, 45, 45A

Portland con puzolana

II-Z.

35, 35A, 45, 45A.

Portland con ceniza volante

II-C.

35, 35A, 45, 45A.

Portland con filler calizo

II-F.

35, 35A, 45, 45A.

Horno alto

III-1 y III-2.

25, 35, 35A, 45, 45A.

Puzolánico

IV.

25, 35, 35A, 45, 45A.

Mixto

V.

25, 35.

Aluminoso

VI.

55.

Los cementos que presentan alguna característica especial deberán añadir a su designación las siguientes siglas:

Bajo calor de hidratación: BC.

Color blanco: B.

Resistentes al agua de mar: MR.

Resistentes a los sulfatos: SR.

5 Suministro e identificación

5.1 Suministro.

Los cementos incluidos en este pliego se expedirán en sacos de 25 ó 50 kilos, adecuados para que su contenido no sufra alteración, o a granel mediante instalaciones especiales de transporte y almacenamiento que garanticen su perfecta conservación.

A los efectos oportunos se definen los siguientes conceptos:

Partida: Es la cantidad de cemento, de la misma designación y procedencia, recibida en obra o central en una misma unidad de transporte (camión, vagón o ferrocarril, barco, contenedor, etc.). La partida puede estar constituida por uno o varios lotes.

Lote: Es la cantidad de cemento de una misma partida que se somete a recepción en bloque. El tamaño del lote deberá ser fijado por el pliego de prescripciones técnicas particulares, o, en su defecto, por la Dirección de Obra.

Muestra: Es la porción de cemento extraída de cada lote y sobre la cual se realizarán, si procede, los ensayos de recepción.

5.2 Identificación.

5.2.1 Albarán y hoja de características.

A la entrega del suministro, ya sea expedido el cemento a granel o en sacos, se acompañará un albarán con los siguientes datos:

– Nombre y dirección de la Empresa suministradora.

– Fecha de suministro.

– Identificación del vehículo que lo transporta.

– Cantidad que se suministra.

– Denominación y designación del cemento.

– Restricciones de empleo, en su caso.

– Nombre y dirección del comprador y destino.

– Referencia del pedido.

Al albarán se acompañará una hoja de características del cemento suministrado, en la que tendrán que figurar la naturaleza y la proporción nominal de todos los componentes, así como cualquier variación en la proporción que sobrepase en más menos cinco puntos la inicialmente prevista. Esta variación no supondrá, en ningún caso, un cambio del tipo de cemento.

5.2.2 Sacos.

Si el cemento se expide en sacos en una de sus caras llevará los siguientes datos:

a) En la parte inferior se reservará una franja horizontal de 20 centímetros de altura por toda la anchura del saco, la cual se recuadrará con una línea a 5 centímetros del borde inferior y a 0,5 centímetros de los flancos.

Dentro de este recuadro se imprimirá en la zona superior la designación del cemento, compuesta por tipo y clase y, en su caso características especiales según lo indicado en el apartado 4. Los tipos de letra estarán comprendidos entre 6 y 10 centímetros de altura.

En la zona inferior del recuadro y en su parte derecha figurará la inscripción UNE 80.301/88 y, para cementos blancos UNE 80.305/88; la parte central se reservará para distintivos de calidad y su zona izquierda para expresar la masa en kilogramos.

b) La parte superior del saco estará a disposición del fabricante, y en ella figurará la denominación del cemento, fábrica o marca comercial y las restricciones de empleo, en su caso.

6. Toma de muestras y ensayos de recepción

Las muestras se tomarán en obra o central por la Dirección de Obra o persona en quien ésta delegue, a ser posible a la llegada del suministro de cemento de acuerdo con los criterios que se describen a continuación, pudiendo asistir, si lo desea, un representante del contratista.

En el caso de que la Administración o la propiedad contrate directamente el suministro del cemento se entenderá por contratista, a los efectos del párrafo anterior, el suministrador del cemento. En este caso, si la Administración o la propiedad retirasen el cemento de la fábrica o almacén del suministrador, la toma de muestras se hará en dicho lugar y en ese momento.

Cuando el cemento posea un sello o marca de conformidad oficialmente homologado o procediendo de un Estado miembro de la CEE tenga un sello o marca de conformidad reconocido como equivalente por la Administración, la Dirección de Obra podrá eximir al cemento de los ensayos de recepción. En este caso deberá conservarse una muestra preventiva.

La toma de muestras también podrá efectuarse de acuerdo con lo establecido en la norma UNE 80.401/87.

6.1 Formación de la muestra.

6.1.1 Cemento ensacado.

Cuando el lote sea de cemento ensacado se tomará un saco al azar, respectivamente, de su primer, segundo y tercer tercio.

De cada uno de estos tres sacos se tomará a partes iguales y con un medio adecuado y limpio, la suficiente cantidad de cemento para formar un total de 16 kilogramos como mínimo, que, tras su homogeneización, se dividirá en dos partes sensiblemente iguales que constituirán las muestras. Una de ellas se conservará en la obra, a efectos de contraste, y la otra servirá para los ensayos de recepción.

Cuando no sean preceptivos los ensayos de recepción, de los tres sacos se tomará un total de 8 kilogramos que, tras su homogeneización, constituirá la muestra que se considerará preventiva y se conservará en la obra.

En todo caso el pliego de prescripciones técnicas particulares podrá fijar un número mayor de muestras, conforme a lo especificado en la norma UNE 80.402/87.

6.1.2 Cemento a granel.

Si el lote es de cemento a granel, se tomará un total de 16 kilogramos, procedentes de al menos tres tomas realizadas durante la descarga, a intervalos sensiblemente iguales, una vez establecido el régimen permanente y después de transcurridos algunos minutos de iniciada la descarga.

Una vez homogeneizadas las tomas, el total se dividirá en dos partes sensiblemente iguales que constituirán las muestras. Una muestra se conservará en la obra, a efectos de contraste y la otra servirá para que la Dirección de Obra realice los ensayos de recepción.

Cuando no sean preceptivos los ensayos de recepción las tres tomas formarán un total de 8 kilogramos que, tras su homogeneización, constituirá la muestra que se considerará preventiva y se conservará en la obra.

En todo caso el pliego de prescripciones técnicas particulares podrá fijar un número mayor de muestras, conforme a lo especificado en la norma UNE 80.402/87.

6.2 Envasado de la muestra.

Las distintas partes de la muestra se envasarán en recipientes idóneos con doble tapa, una a presión y otra a rosca. Estos recipientes deberán impedir el paso de humedad a su interior, al menos durante el tiempo de conservación de la muestra.

Los envases, una vez cerrados, se precintarán de forma que ofrezcan garantías de inviolabilidad para cada una de las partes.

En todos los casos, en el interior de cada envase se dispondrá un rótulo que permita la identificación del lote de procedencia. Igual identificación figurará en el exterior del envase.

6.3 Conservación de las muestras.

Las muestras se conservarán en obra al menos durante cien días a no ser que sea precisa su utilización, en un lugar cerrado, que la Dirección de Obra podrá exigir del contratista, donde las muestras queden protegidas de la humedad, el exceso de temperatura o la contaminación producida por otros materiales.

Se evitará que las manipulaciones durante su almacenamiento puedan dañar el envase o romper el precinto. En este caso, la muestra perderá su representatividad.

6.4 Preparación de la muestra en el laboratorio.

Recibida la muestra en el laboratorio, se conservará en condiciones de inalterabilidad en el mismo envase en que fue tomada hasta el momento de su preparación para la realización de los ensayos.

Llegado el momento de realizar éstos, en un lugar debidamente acondicionado, se procederá a romper los precintos y a abrir el envase.

De la muestra se tomará una fracción para los ensayos, conservándose el resto, en un envase adecuado y debidamente identificado, por un período de dos meses después de haberse comunicado los resultados.

7. Métodos de ensayo

Cuando haya sido ordenado efectuar ensayos de recepción, al menos se efectuarán los que se indican con una X en la tabla número 8 de acuerdo con lo especificado en la normas UNE que se citan.

En determinados casos y para ciertos tipos de cementos el pliego de prescripciones técnicas particulares o la Dirección de Obra podrán exigir los ensayos marcados con un círculo en la tabla número 8 o realizar alguno de los que se citan a continuación:

– Finura de molido, según UNE 80.107/86 (tamizado en seco), o según UNE 80.108/86 (tamizado húmedo).

– Peso específico real, según UNE 80.103/86.

– Superficie específica Blaine, según UNE 80.106/86.

– Humedad, según UNE 80.220/85.

– Contenido de puzolana, según UNE 80.261/86.

– Cenizas volantes, según UNE 80.262/87.

– Escorias siderúrgicas, según UNE 80.263/85.

– Oxido de calcio libre, según UNE 80.243/86.

– Dióxido de carbono, según UNE 80.241/86.

– Titanio, según UNE 80.228/88.

– Determinación de los compuestos en cementos de más de tres componentes, según UNE 80-265.

– Otros ensayos expresamente exigidos por el pliego de prescripciones técnicas particulares.

TABLA 8

Métodos de ensayo aplicables a los distintos tipos de cemento

Características

Norma

UNE

Tipos de cemento

I-O

I

II

II-S

II-Z

II-C

II-F

III-1

III-2

IV

V

VI

B

BC

MR

SR

Pérdida al fuego.

80.221

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

Residuo insolubre.

80.223

x

x

x

x

x

x

80.224

o

o

o

o

o

Trióxido de azufre.

80.222

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

Cloruros.

80.240

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

Sulfuros.

80.242

o

o

o

o

o

x

Oxido de aluminio.

80.215

o

o

o

o

o

o

o

o

o

o

o

x

Puzolanicidad.

80.280

o

o

x

o

Fraguado y estabilidad de

volumen.

80.102

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

Resistencia.

80.101

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

Bajo calor de hidratación.

80.118

x

Blancura.

80.117

x

Composición potencial.

80.304

x

x

x Preceptivos, caso de efectuar ensayos.

o Optativos.

– No aplicables.

ANEXO
Normas UNE que se citan

80.101/84.

Métodos de ensayo de cementos. Determinación de la resistencia mecánica.

80.102/87.

Métodos de ensayo de cementos. Ensayos físicos. Determinación del tiempo de fraguado y de la estabilidad de volumen.

80.103/86.

Métodos de ensayo de cementos. Ensayos físicos. Determinación de la densidad real mediante el volumenómetro de Le Chatelier.

80.106/86.

Métodos de ensayo de cementos. Ensayos físicos. Determinación de la finura con el permeabilímetro Blaine.

80.107/86.

Métodos de ensayo de cementos. Ensayos físicos. Determinación de la finura de molido por tamizado en seco.

80.108/86.

Métodos de ensayo de cementos. Ensayos físicos. Determinación de la finura de molido por tamizado húmedo.

80.117/87.

Métodos de ensayo de cementos. Ensayos físicos. Blancura (Factor de reflectancia luminosa).

80.118/86.

Métodos de ensayo de cementos. Ensayos físicos. Determinación del calor de hidratación por calorimetría semiadiabática (Método del calorímetro de Langavant).

80.215/88.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico de cementos.

80.220/85.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación de la humedad.

80.221/85.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación de la pérdida por calcinación.

80.222/85.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación de sulfatos. Método gravimétrico.

80.223/85.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación del residuo insoluble en ácido clorhídrico y en carbonato de sodio.

80.224/85.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación del residuo insoluble en ácido clorhídrico y en hidróxido de potasio.

80.228/88.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación del contenido de titanio por colorimetría (Método de referencia).

80.240/86.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación de cloruros. Método volumétrico (Volhard).

80.241/86.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación del dióxido de carbono (CO2). Método directo.

80.242/86.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación de sulfuros. Método iodométrico.

80.243/86.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación del óxido de calcio libre. Método del etilenglicol.

80.261/86.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación del contenido de puzolana. Método de disolución selectiva (Método de referencia).

80.262/87.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación del contenido de cenizas volantes. Método de disolución selectiva (Método de referencia).

80.263/85.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación del contenido de escorias. Método de separación por líquidos densos.

80.265/88.

Métodos de ensayo de cementos. Análisis químico. Determinación de los compuestos en los cementos de más de tres componentes. Método de disolución selectiva.

80.280/88.

Métodos de ensayo de cementos. Ensayo de puzolanicidad para cementos puzolánicos.

80.301/88.

Cementos. Definiciones, clasificación y especificaciones.

80.302/85.

Cementos. Especificaciones químicas para sus constituyentes.

80.303/86.

Cementos. Cementos con características especiales.

80.304/86.

Cementos. Cálculo de la composición potencial de clinker Portland.

80.305/88.

Cementos Portland blancos.

80.401/87.

Cementos. Toma de muestras.

80.402/87.

Cementos. Suministro y control de recepción.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/10/1988
  • Fecha de publicación: 04/11/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 24/11/1988
  • Fecha de derogación: 12/07/1993
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 823/1993, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-1993-16059).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 282, de 24 de noviembre de 1988 (Ref. BOE-A-1988-27111).
Referencias anteriores
Materias
  • Análisis
  • Cemento
  • Normalización
  • Obras

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