ORDEN de 13 de diciembre de 1988 por la que se fija el derecho regulador para las importaciones de harina de trigo panificable en las islas Canarias.
De conformidad con el artículo 2.º del Real Decreto 506/1987, de 10 de abril, y el artículo 1.º de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de fecha 26 de septiembre de 1988,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Primero.- La cuantía del derecho para las importaciones en las islas Canarias de las harinas de trigo panificable del código de la nomenclatura combinada 1101 00 00 es de 3.559 pesetas/tonelada métrica.
Segundo.-Este derecho entrará en vigor desde la fecha de publicación de la presente Orden hasta su modificación.
Lo que comunico para su conocimiento y efectos.
Madrid, 13 de diciembre de 1988.
SOLCHAGA CATALAN
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