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Documento BOE-A-1988-4626

Ley 8/1987, de 2 de diciembre, por la cual se modifica el artículo 37.1 de la Ley 3/1984, de 26 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Diputación Regional de Cantabria.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 1988, páginas 5913 a 5914 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-1988-4626
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-cb/l/1987/12/02/8

TEXTO ORIGINAL

EXPOSICION DE MOTIVOS

SEGUN LA LEY 3/1984, DE 26 DE ABRIL, EN SU ARTICULO 37.3, LA CREACION DE CONSEJERIAS REQUIERE UNA LEY DE LA ASAMBLEA.

COMO QUIERA QUE POR DECRETO DE LA PRESIDENCIA 50/1987, DE 11 DE AGOSTO, SE NOMBRAN MIEMBROS DEL CONSEJO DE GOBIERNO EN ALGUNOS DEPARTAMENTOS INEXISTENTES, SE MODIFICA EL ARTICULO 37.1 DE LA LEY 3/1984, CON EL FIN DE ADECUAR LAS CONSEJERIAS O DEPARTAMENTOS DEL CONSEJO DE GOBIERNO A LA DENOMINACION QUE APARECE EN EL CITADO DECRETO, A LA VEZ QUE SE DA CARACTER LEGAL A UNOS NOMBRAMIENTOS QUE DE OTRA MANERA SON NULOS DE PLENO DERECHO.

ARTICULO UNICO.

LA ADMINISTRACION DE LA DIPUTACION REGIONAL DE CANTABRIA SE ORGANIZARA EN CONSEJERIAS O DEPARTAMENTOS AL FRENTE DE LOS CUALES HABRA UN CONSEJERO. EL NUMERO Y DENOMINACION DE AQUELLAS SERA EL SIGUIENTE:

A) DE PRESIDENCIA.

B) DE ECONOMIA, HACIENDA Y PRESUPUESTO.

C) DE CULTURA, EDUCACION Y DEPORTE.

D) DE OBRAS PUBLICAS, VIVIENDA Y URBANISMO.

E) DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA.

F) DE TURISMO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES E INDUSTRIA.

G) DE ECOLOGIA, MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO.

DISPOSICION DEROGATORIA

A SU ENTRADA EN VIGOR QUEDARAN DEROGADAS CUANTAS DISPOSICIONES CONTRAVENGAN LA PRESENTE LEY.

DISPOSICION FINAL

LA PRESENTE LEY ENTRARA EN VIGOR EL DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DE CANTABRIA>.

PALACIO DE LA DIPUTACION, SANTANDER, 2 DE DICIEMBRE DE 1988.

JUAN HORMAECHEA CAZON

PRESIDENTE DEL CONSEJO DE GOBIERNO

(PUBLICADO EN EL <BOLETIN OFICIAL DE CANTABRIA> NUMERO 13, EDICION ESPECIAL, DE 21

DE DICIEMBRE DE 1987)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 02/12/1987
  • Fecha de publicación: 24/02/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 21/12/1987
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la ley 2/1997, de 28 de abril, (Ref. BOE-A-1997-15061).
  • Publicada en el BOCT edición especial núm. 13, de 21 de diciembre de 1987.
  • Fecha de derogación: 06/06/1997
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art.37. de la Ley 3/1984, de 26 de abril (Ref. BOE-A-1984-14421).
  • DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-635).
Materias
  • Cantabria
  • Comunidades Autónomas

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