EL APARTADO 3 DEL ARTICULO 56 DEL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, APROBADO POR EL REAL DECRETO 2631/1982, DE 15 DE OCTUBRE, CONFIERE AL DIRECTOR GENERAL DE TRIBUTOS LA ADOPCION DE LA RESOLUCION QUE CORRESPONDA EN LOS EXPEDIENTES DE PLANES DE AMORTIZACION A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 55, 56 Y 57 DEL CITADO REGLAMENTO.
SEGUN EL APARTADO 6 DEL MISMO ARTICULO 56, EL DIRECTOR GENERAL DE TRIBUTOS PODRA DELEGAR, MEDIANTE RESOLUCION DICHA FACULTAD, EN LOS SUBDIRECTORES GENERALES DEL CENTRO DIRECTIVO O EN LOS DELEGADOS DE HACIENDA.
EN SU VIRTUD, TENIENDO EN CUENTA LA EXPERIENCIA ADQUIRIDA EN LA TRAMITACION DE ESTE TIPO DE EXPEDIENTES Y QUE LA MISMA ESTA ATRIBUIDA EN LA ACTUALIDAD A LA SUBDIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS SOBRE LAS PERSONAS JURIDICAS,
ESTA DIRECCION GENERAL, CON LA APROBACION DEL EXCELENTISIMO SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA Y HACIENDA, ACUERDA LO SIGUIENTE:
DELEGAR EN EL SUBDIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS SOBRE LAS PERSONAS JURIDICAS, LA RESOLUCION DE LOS EXPEDIENTES DE PLANES DE AMORTIZACION PREVISTOS EN EL ARTICULO 55 DEL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
MADRID, 19 DE FEBRERO DE 1988. EL DIRECTOR GENERAL, MIGUEL CRUZ AMOROS.
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