Está Vd. en

Documento BOE-A-1989-14732

Ley 7/1989, de 5 de junio, de modificación parcial de la Ley de Protección del Ambiente Atmosférico.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 27 de junio de 1989, páginas 19838 a 19839 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1989-14732
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/l/1989/06/05/7

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente:

LEY 7/1989, DE 5 DE JUNIO, DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA LEY DE PROTECCIÓN DEL AMBIENTE ATMOSFÉRICO.

La Ley 22/1983, de 21 de noviembre, de Protección del Ambiente Atmosférico, estableció los principios necesarios para posibilitar la intervención de la Generalidad en la prevención, defensa, protección y restauración del ambiente atmosférico.

La adopción hecha por la Generalidad de un modelo de organización administrativa basado fundamentalmente en una gestión unitaria de los distintos factores que inciden en la configuración de la política de protección del medio ambiente hace conveniente la modificación de la Ley 22/1983, de 21 de noviembre, con el fin de permitir la agilidad necesaria en lo que se refiere a la asignación de competencias a determinados departamentos de la Generalidad.

Artículo único.

La disposición final quinta de la Ley 22/1983, de 21 de noviembre, de Protección del Ambiente Atmosférico, quedará redactada en la siguiente forma.

«Disposición final quinta.

Se autoriza al Consejo Ejecutivo para reasignar, mediante un Decreto, entre los distintos órganos de la Administración de la Generalidad las atribuciones y competencias que les correspondan por la presente Ley, así como para dictar las normas necesarias para su despliegue.»

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los Tribunales y Autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.

Palacio de la Generalidad, 5 de junio de 1989.

JOAQUIM MOLINS I AMAT,

JORDI PUJOL,

Consejero de Política Territorial y Obras Públicas

Presidente de la Generalidad de Cataluña

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 05/06/1989
  • Fecha de publicación: 27/06/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 09/06/1989
  • Publicada en el DOGC núm. 1153, de 9 de junio de 1989.
Referencias anteriores
  • MODIFICA la disposición final quinta de la Ley 22/1983, de 21 de noviembre (Ref. BOE-A-1984-1552).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 33.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-30178).
Materias
  • Cataluña
  • Comunidades Autónomas
  • Contaminación atmosférica
  • Industrias
  • Medio ambiente
  • Vehículos de motor

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid