El Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de octubre actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2011/89, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra los apartados a), b) y c) de la disposición adicional segunda de la Ley del Parlamento de Canarias 8/1989, de 13 de julio, de creación del Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente. Y se hace saber que en el mencionado recurso se ha invocado por el Presidente del Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, que produce desde el día 17 de octubre del corriente, fecha de la formalización, la suspensión de la vigencia y aplicación de los mencionados preceptos impugnados de la Ley del Parlamento de Canarias 8/1989, de 13 de julio.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 30 de octubre de 1989.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Tomas y Valiente.
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