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Documento BOE-A-1989-8153

Recurso de inconstitucionalidad número 1.753/1988, promovido por el Presidente del Gobierno contra determinados preceptos de la Ley 5/1988, de 11 de julio, de la Asamblea Regional de Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 12 de abril de 1989, páginas 10512 a 10512 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1989-8153

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por auto de 4 de abril actual, ha acordado mantener la suspensión de la vigencia del articulo 3.2 de la Ley de la Asamblea Regional de Murcia 5/1988, de 11 de julio, de coordinación de Policías Locales, y levantar la suspensión del artículo 18.2 de la misma Ley, que había sido acordada en el recurso de inconstitucionalidad número 1.753/1988, promovido por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 4 de abril de 1989.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Tomás y Valiente.

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 04/04/1989
  • Fecha de publicación: 12/04/1989
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • en el Recurso 1753/1988, el mantenimiento de suspensión de vigencia del art. 3.2 y el levantamiento de la del art. 18.2 de la Ley 5/1988, de 11 de julio (Ref. BOE-A-1988-26750) y (Ref. BOE-A-1989-10299).
Materias
  • Administración Local
  • Ayuntamientos
  • Comunidades Autónomas
  • Funcionarios de la Administración Local
  • Murcia
  • Policía
  • Tribunal Constitucional

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