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Documento BOE-A-1990-10259

Convenio relativo a humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, hecho en Ramsar el 2 de febrero de 1971. Designación de nuevos humedales por parte de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 1990, páginas 12158 a 12190 (33 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1990-10259
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1990/04/19/(2)

TEXTO ORIGINAL

EN APLICACION DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 2 DEL CONVENIO RELATIVO A HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL, ESPECIALMENTE COMO HABITAT DE AVES ACUATICAS, HECHO EN RAMSAR EL 2 DE FEBRERO DE 1971, ESPAÑA HA DESIGNADO LOS HUMEDALES SIGUIENTES PARA SU INCORPORACION EN LA LISTA DE HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL ESTABLECIDA EN VIRTUD DE DICHO CONVENIO:

1. LAGUNA DE MEDINA (CADIZ).

2. LAGUNA SALADA (CADIZ).

3. LAGUNA DE ZOÑAR (CORDOBA).

4. LAGUNA AMARGA (CORDOBA).

5. LAGUNA DEL RINCON (CORDOBA).

6.

MARISMAS DEL ODIEL (HUELVA).

7. SALINAS DEL CABO DE GATA (ALMERIA).

8.

S'ALBUFERA DE MALLORCA (MALLORCA).

9. LAGUNA DE LA VEGA O DEL PUEBLO (CIUDAD REAL).

10. LAGUNAS DE VILLAFAFILA (ZAMORA).

11. COMPLEJO INTERMAREAL O GROVE-UMIA, LA LANZADA, PUNTA CARREIRON Y LAGOA BODEIRA (PONTEVEDRA).

12.

RIAS DE ORTIGUEIRA Y LADRIDO (LA CORUÑA).

13. LA ALBUFERA.

14.

EL HONDO (ALICANTE).

15. SALINAS DE LA MATA Y TORREVIEJA (ALICANTE).

16. SALINAS DE SANTA POLA (ALICANTE).

17. PRAT DE CABANES Y TORREBLANCA (CASTELLON).

LO QUE SE HACE PUBLICO PARA CONOCIMIENTO GENERAL.

MADRID, 19 DE ABRIL DE 1990. EL SECRETARIO GENERAL TECNICO, JAVIER JIMENEZ-UGARTE HERNANDEZ.

CONVENIO RELATIVO A HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL, ESPECIALMENTE COMO HABITAT DE AVES ACUATICAS

(RAMSAR, 1971)

INDICE

1. LAGUNAS DE CADIZ (MEDINA Y SALADA).

2. LAGUNAS DEL SUR DE CORDOBA (ZOÑAR, RINCON, AMARGA).

3. MARISMAS DEL ODIEL.

4. SALINAS DEL CABO DE GATA.

5. S'ALBUFERA DE MALLORCA.

6. LAGUNA DE LA VEGA O DEL PUEBLO.

7.

LAGUNAS DE VILLAFAFILA.

8. COMPLEJO INTERMAREAL UMIA-GROVE, LA LANZADA, PUNTA CARREIRON Y LAGOA BODEIRA.

9. RIAS DE ORTIGUEIRA Y LADRIDO.

10.

L'ALBUFERA DE VALENCIA.

11. PANTANO DE EL HONDO.

12. SALINAS DE LA MATA-TORREVIEJA.

13. SALINAS DE SANTA POLA.

14.

PRAT DE CABANES-TORREBLANCA.

(MAPA OMITIDO)

LAGUNAS DE CADIZ

LAGUNA DE MEDINA

MUNICIPIO: JEREZ DE LA FRONTERA.

PROVINCIA: CADIZ.

COMUNIDAD AUTONOMA: ANDALUCIA.

SUPERFICIE:

121,33 HECTAREAS (MAS 254 HECTAREAS DE ZONA DE PROTECCION).

FIGURA DE PROTECCION: RESERVA INTEGRAL (LEY 2/1987, DE 2 DE ABRIL, DEL PARLAMENTO DE ANDALUCIA).

LIMITES: LA RESERVA INTEGRAL COMPRENDE LA FINCA, PROPIEDAD DEL ESTADO, REGISTRADA CON EL NOMBRE LAGUNA DE MEDINA, Y CUYOS LIMITES SON:

NORTE, FINCA LOS CEJOS DEL INGLES; ESTE, RANCHO DE SAN ANTONIO; SUR, CAÑADA DE MEDINA O LOBO PARDO, Y OESTE, CASA COLORADA.

LAGUNA DE MEDINA

(MAPA OMITIDO)

LAGUNA SALADA

MUNICIPIO: EL PUERTO DE SANTA MARIA.

PROVINCIA: CADIZ.

COMUNIDAD AUTONOMA:

ANDALUCIA.

SUPERFICIE: 36,88 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION: RESERVA INTEGRAL (LEY 2/1987, DE 2 DE ABRIL, DEL PARLAMENTO DE ANDALUCIA).

LIMITES:

COMPRENDE LA PARCELA NUMERO 10 DEL REGISTRO CATASTRAL DE EL PUERTO DE SANTA MARIA, ASI COMO UNA FRANJA DE AMORTIGUACION PERIMETRAL Y CONTINUA DE UNA ANCHURA DE 35 METROS. ESTA LIMITADA: AL NORTE, POR LA FINCA RANCHO DE LA VIRUELA; AL ESTE, POR EL CAMINO DE ROMA; AL SUR, POR EL CANAL DE DESAGUE Y LA CARRETERA DEL CASINO, Y AL OESTE, POR EL MISMO CANAL Y CARRETERA.

LAGUNA SALADA

(MAPAS OMITIDOS)

LAGUNAS DEL SUR DE CORDOBA

LAGUNA DE ZOÑAR

MUNICIPIO: AGUILAR DE LA FRONTERA.

PROVINCIA: CORDOBA.

COMUNIDAD AUTONOMA: ANDALUCIA.

SUPERFICIE: 66 HECTAREAS (MAS 304 HECTAREAS DE ZONA DE PROTECCION).

FIGURA DE PROTECCION: RESERVA INTEGRAL (LEY DE 19 DE OCTUBRE DE 1984, DEL PARLAMENTO DE ANDALUCIA).

LIMITES: LA RESERVA INTEGRAL DE LA LAGUNA DE ZOÑAR ESTA CONSTITUIDA POR EL POLIGONO NUMERO 53, PARCELAS NUMEROS 161 M, 118 Y 181 L, INSCRITA EN EL REGISTRO CATASTRAL DE AGUILAR DE LA FRONTERA (CORDOBA), ASI COMO POR UNA BANDA PERIMETRAL DE 50 METROS DE ANCHURA.

LA ZONA DE PROTECCION DE LA RESERVA INTEGRAL DE LA LAGUNA DE ZOÑAR, CON UNA SUPERFICIE DE 304 HECTAREAS, AFECTA AL TERMINO MUNICIPAL DE AGUILAR DE LA FRONTERA Y CONSTA DE UNA BANDA PERIMETRAL ALREDEDOR DE LA MISMA DE UNA ANCHURA DE 500 METROS.

LAGUNAS DE ZOÑAR Y DEL RINCON

(MAPA OMITIDO)

LAGUNA AMARGA

MUNICIPIO: LUCENA.

PROVINCIA: CORDOBA.

COMUNIDAD AUTONOMA: ANDALUCIA.

SUPERFICIE:

13 HECTAREAS (MAS 250 HECTAREAS DE ZONA DE PROTECCION).

FIGURA DE PROTECCION: RESERVA INTEGRAL (LEY DE 19 DE OCTUBRE DE 1984, DEL PARLAMENTO DE ANDALUCIA).

LIMITES: LA RESERVA INTEGRAL DE LA LAGUNA AMARGA COMPRENDE LA FINCA ACTUALMENTE INSCRITA EN EL CATASTRO Y QUE CORRESPONDE AL POLIGONO NUMERO 79, PARCELA NUMERO 9, DEL TERMINO MUNICIPAL DE LUCENA (CORDOBA), ASI COMO UNA ZONA PERIMETRAL EXTERIOR CONTINUA DE UNA ANCHURA DE 50 METROS.

LA ZONA DE PROTECCION DE LA RESERVA INTEGRAL, CON UNA SUPERFICIE DE 250 HECTAREAS, AFECTA AL TERMINO MUNICIPAL DE LUCENA Y ESTA FORMADA POR UNA BANDA PERIMETRAL CONTINUA ALREDEDOR DE LA MISMA DE UNA ANCHURA DE 750 METROS.

LAGUNA AMARGA

(MAPA OMITIDO)

LAGUNA DEL RINCON

MUNICIPIO: AGUILAR DE LA FRONTERA.

PROVINCIA:

CORDOBA.

COMUNIDAD AUTONOMA: ANDALUCIA.

SUPERFICIE: 7,4 HECTAREAS (MAS 130,3 HECTAREAS DE ZONA DE PROTECCION).

FIGURA DE PROTECCION: RESERVA INTEGRAL (LEY DE 19 DE OCTUBRE DE 1984, DEL PARLAMENTO DE ANDALUCIA).

LIMITES: LA RESERVA INTEGRAL DE LA LAGUNA DEL RINCON COMPRENDE LA FINCA INSCRITA EN EL CATASTRO COMO POLIGONO NUMERO 109, DEL TERMINO MUNICIPAL DE AGUILAR DE LA FRONTERA (CORDOBA), ASI COMO UNA ZONA PERIMETRAL EXTERIOR CONTINUA DE UNA ANCHURA DE 50 METROS.

LA ZONA DE PROTECCION, CON UNA SUPERFICIE DE 130,3 HECTAREAS, AFECTA AL TERMINO MUNICIPAL DE AGUILAR DE LA FRONTERA Y ESTA FORMADA POR UNA BANDA PERIMETRAL CONTINUA, QUE RODEA A LA RESERVA INTEGRAL, DE UNA ANCHURA DE 500 METROS.

(MAPA OMITIDO)

MARISMAS DE ODIEL

MUNICIPIOS: HUELVA, GIBRALEON, ALJARAQUE Y PUNTA UMBRIA.

PROVINCIA: HUELVA.

COMUNIDAD AUTONOMA: ANDALUCIA.

SUPERFICIE: 7.185 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION: PARAJE NATURAL DE INTERES NACIONAL (LEY 12/1984, DE 19 DE OCTUBRE, DEL PARLAMENTO ANDALUZ).

LIMITES: EL PARAJE NACIONAL DE INTERES NACIONAL DE LAS MARISMAS DEL ODIEL VIENE DETERMINADO POR LOS SIGUIENTES LIMITES:

NORTE: MARGEN DERECHA DEL RIO ODIEL, DESDE LA CONFLUENCIA CON EL CAÑO DEL FRAILE, HACIA EL ESTE, CONTINUANDO POR LA MARGEN DERECHA DEL CAÑO PEGUERILLA.

ESTE: BORDEA TORROÑUELO, INCLUYENDOLO EN EL PARAJE NATURAL, Y SIGUE POR LA MARGEN DERECHA DEL PRECITADO CAÑO HASTA LA CONFLUENCIA CON EL CAÑO DEL FRAILE; CONTINUA POR LA MARGEN DERECHA DE LA RIA DEL ODIEL HASTA SU FINAL EN EL FARO DEL ESPIGON DEL PUERTO DE HUELVA.

SUR: EL OCEANO ATLANTICO, POR LA LINEA DE BAJAMAR, SIGUIENDO EN DIRECCION NORTE POR LA MARGEN DERECHA DE LA VIA DE PUNTA UMBRIA, HASTA LA CONFLUENCIA CON EL CANAL DE LAS MADRES, SIGUIENDO POR LA MARGEN DERECHA DE ESTE EN LA LINEA INUNDABLE DE LAS MAREAS HASTA ALCANZAR LA NUEVA CARRETERA DE PUNTA UMBRIA A ALJARAQUE, A 50 METROS ANTES DE LA MISMA.

OESTE: SIGUIENDO LA CARRETERA DE ALJARAQUE, A 50 METROS AL ESTE DE LA MISMA, HASTA EL ESTERO DE COLMENAR, SIGUIENTE POR LA MARGEN IZQUIERDA DE DICHO ESTERO HASTA LA CONFLUENCIA CON EL RIO ALJARAQUE. SIGUE LA LINEA DEL FERROCARRIL DESDE EL CRUCE CON EL MISMO RIO HASTA EL CRUCE CON EL TERMINO MUNICIPAL DE GIBRALEON: DESDE ESTE PUNTO CONTINUA POR EL CAÑO DEL FRAILE, PARA SEGUIR HASTA SU CONFLUENCIA CON EL RIO ODIEL.

MARISMAS DEL ODIEL

(MAPAS OMITIDOS)

SALINAS DEL CABO DE GATA

MUNICIPIOS: ALMERIA Y NIJAR.

PROVINCIA: ALMERIA.

COMUNIDAD AUTONOMA:

ANDALUCIA.

SUPERFICIE: 300 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION: PARQUE NATURAL (DECRETO 314/1987, DE 23 DE DICIEMBRE, DE DECLARACION DEL PARQUE NATURAL DE CABO DE GATA-NIJAR. JUNTA DE ANDALUCIA).

LIMITES: LA MASA DE AGUA QUE INTEGRAN LAS SALINAS Y LA FRANJA PERIMETRAL DELIMITADA EN EL MAPA ADJUNTO.

SALINAS DEL CABO DE GATA

(MAPA OMITIDO)

S'ALBUFERA DE MALLORCA

MUNICIPIOS: MURO Y SA POBLA.

PROVINCIA: PALMA DE MALLORCA.

ISLA: MALLORCA.

COMUNIDAD AUTONOMA: BALEARES.

SUPERFICIE:

1.700 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION:

PARQUE NATURAL (DECRETO 4/1988, DE 28 DE ENERO, POR EL QUE SE DECLARA A S'ALBUFERA DE ALCUDIA PARQUE NATURAL).

LIMITES:

LIMITE NOROESTE: DESDE LA DESEMBOCADURA DEL GRAN CANAL HACIA EL SUR, SIGUIENDO LA LINEA DE COSTA 75 METROS; UNA PERPENDICULAR A ELLA HASTA LA CARRETERA ALCUDIA-ARTA, CARRETERA QUE SE SIGUE HASTA EL LIMITE DEL MONTE DE UP NUMERO 7, <COMUNA DE SAN MARTI>, LA TOTALIDAD DEL CUAL QUEDA INCLUIDA EN EL PARQUE, CON LA EXCEPCION DEL SECTOR OCUPADO POR LAS <CASETAS DES CAPELLANS>, DELIMITADO POR EL CAMINO QUE ATRAVIESA AL MONTE A LA ALTURA DEL KILOMETRO 24,200 DE LA CARRETERA CITADA.

LIMITE SURESTE:

DESDE ESTE PUNTO KILOMETRICO CONTINUA HACIA EL SUROESTE POR LA LINDE MERIDIONAL DE LAS SALINAS, SIGUIENDO LOS LIMITES DE LA PARCELA OCUPADA POR EL CAMPING <PLATJA BRAVA> HASTA EL MONTE DE UP NUMERO 7 Y LA CARRETERA CITADA ANTERIORMENTE. DESDE ESE PUNTO, EL LIMITE DEL PARQUE CONTINUA POR LA LINDE DEL SECTOR ORIENTAL DEL MONTE CITADO, INCLUYENDOLO HASTA EL <PRAT DE S'ARDIACA>, Y SIGUIENDO LA LINEA DE LA ANTIGUA CONDUCCION DE AGUA DE RIEGO DEL MARGEN SUROESTE DE LA ZONA HUMEDA, EN DIRECCION SURESTE-NOROESTE. CUANDO DICHA ACEQUIA, EN LOS TERRENOS DE CA N'EIXUT, GIRA HACIA EL OESTE, EL LIMITE CONSISTE EN UNA PROLONGACION DE 100 METROS HACIA EL NOROESTE DEL TRAZADO DE LA ACEQUIA, GIRANDO DESPUES HACIA EL OESTE Y SIGUIENDO LA PARALELA A LA ACEQUIA HASTA SU CONFLUENCIA EN EL CAMI DE SES PUNTES Y DESDE AQUI, EN LINEA RECTA, HASTA LA CONFLUENCIA DE LA CITADA ACEQUIA CON EL CANAL DE RIEGO, CUYO TRAZADO SE SIGUE HASTA LA <SIQUIA DES POLLS>, LA TOTALIDAD DE LA CUAL, DESDE SU ORIGEN EN EL <FONT DE SON SANT JOAN>, QUEDA INCLUIDA EN EL PARQUE.

LIMITE OESTE: EL LIMITE OCCIDENTAL DEL PARQUE QUEDA DEFINIDO POR LA <SIQUIA DES POLL> HASTA EL PUENTE DE SON CARBONELL Y LOS LIMITES DE LAS PROPIEDADES DE LA COMUNIDAD AUTONOMA, ICONA Y GESA (INCLUIDAS EN EL PARQUE), HASTA LA CARRETERA DEL MURTERAR.

LIMITE NORTE: LA CARRETERA DES MURTERAR FORMA EL LIMITE SEPTENTRIONAL DEL PARQUE HASTA EL LIMITE DEL CENTRO DE INTERES TURISTICO NACIONAL DE LAS GAVIOTAS.

LIMITE ESTE: ESTE LIMITE SE SEGUIRA HASTA EL BORDE ORIENTAL DEL <CANAL DEL MAMA> O DE LAS PALMERAS, HASTA EL PUENTE DE LOS INGLESES, CONTINUANDO POR EL MARGEN IZQUIERDO DEL GRAN CANAL HASTA SU DESEMBOCADURA.

S'ALBUFERA DE MALLORCA

(MAPAS OMITIDOS)

LAGUNA DE LA VEGA

MUNICIPIO: PEDRO MUÑOZ.

PROVINCIA: CIUDAD REAL.

COMUNIDAD AUTONOMA: CASTILLA-LA MANCHA.

SUPERFICIE: 34 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION: REFUGIO DE CAZA (DECRETO 65/1988, DE 17 DE MAYO, DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA DE CASTILLA-LA MANCHA).

LIMITES:

NORTE:

TERRENOS DE MANUEL UGENA Y OTROS.

ESTE: TERRENOS DE ALEJANDRO MONTOYA Y OTROS, CAMINO DE LA PIEDRA BLANCA.

SUR: TERRENOS DE BENJAMIN RODRIGUEZ Y OTROS, CAMINO A MATA DEL CUERVO Y TERRENOS DE LA PROPIEDAD DE ALEJANDRO MONTOYA.

OESTE: TERRENOS DEL AYUNTAMIENTO.

LAGUNA DEL PUEBLO

(MAPA OMITIDO)

LAGUNAS DE VILLAFAFILA

MUNICIPIOS:

REVELLINOS, VILLAFAFILA, VILLARIN DE CAMPOS Y OTERO DE SORIEGOS.

PROVINCIA:

ZAMORA.

COMUNIDAD AUTONOMA: CASTILLA Y LEON.

SUPERFICIE: 2.854 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION: RESERVA NACIONAL DE CAZA (LEY 1/1986, DE 31 DE MARZO, DE CREACION DE LA RESERVA NACIONAL DE CAZA DE <LAS LAGUNAS DE VILLAFAFILA>).

LIMITES: LA MAXIMA EXTENSION DE LA LAMINA DE AGUA Y UNA FRANJA PERIMETRAL DE 50 METROS ALREDEDOR DE DICHA SUPERFICIE DE LAS SIGUIENTES LAGUNAS: BARRILLOS, GRANDE, LAS SALINAS, DE LAS PALMERAS, ROSA, DE LA FUENTE, RUAL, VILLARIN, PARVA Y REDONDALES.

LAGUNAS DE VILLAFAFILA

(MAPAS OMITIDOS)

COMPLEJO INTERMAREAL UMIA-GROVE, LA LANZADA, PUNTA CARREIRON Y LAGOA BODEIRA

MUNICIPIOS: VILLAGARCIA DE AROSA, CAMBADOS, RIBADUMIA, MEAÑO, SANXENXO Y O GROVE.

PROVINCIA:

PONTEVEDRA.

COMUNIDAD AUTONOMA: GALICIA.

SUPERFICIE: 2.561 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION: ORDEN DE VEDAS DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 1988, DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE GALICIA.

LIMITES: LOS SEÑALADOS EN EL MAPA ADJUNTO:

NORTE: LINEA RECTA ENTRE PUNTA CABREIRA, EN LA ISLA DE A TOXA Y PUNTA DE MOR DE FRADES, EN CAMBADOS; ESTUARIO DEL RIO UMIA HASTA EL PUENTE DE LA CARRETERA DE A TOXA A CAMBADOS, QUE ATRAVIESA DICHO RIO.

ESTE: ESTUARIO DEL RIO UMIA Y ZONA LITORAL DE CAMBADOS A MEAÑO.

SUR: ZONA LITORAL DE SANXENXO.

OESTE: ZONA LITORAL DE O GROVE, PONTE DA VILA Y ZONA LITORAL SUR Y ESTE DE LA ISLA DE A TOXA.

O GROVE-UMIA

(MAPA OMITIDO)

RIA DE ORTIGUEIRA Y LADRIDO

MUNICIPIO:

ORTIGUEIRA.

PROVINCIA: LA CORUÑA.

COMUNIDAD AUTONOMA: GALICIA.

SUPERFICIE:

2.920 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION: ORDEN DE VEDAS DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 1988, DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE GALICIA.

LIMITES: LOS SEÑALADOS EN EL MAPA ADJUNTO.

AL NORTE ESTA LIMITADO POR EL CAMINO DE SANTA MARIA DE PIEDRA A PUNTA DE SARTAN, DE AHI EN LINEA RECTA HASTA PUNTA DO TALLO Y DE ESTA POR EL CAMINO A SANDE; POR EL ESTE Y POR EL SUR, POR LA CARRETERA DE FERROL A VIVERO, Y POR EL OESTE, LA CARRETERA DE CAMPO DEL HOSPITAL A CARIÑO.

RIA DE ORTIGUEIRA Y LADRIDO

(MAPAS OMITIDOS)

ALBUFERA DE VALENCIA

MUNICIPIOS: VALENCIA, ALFAFAR, SEDAVI, MASSANASSA, CATARROJA, ALBAL, BENIPARRELL, SILLA, SOLLANA, SUECA, CULLERA, ALBALAT DE LA RIBERA, ALGEMESI.

PROVINCIA: VALENCIA.

COMUNIDAD AUTONOMA:

VALENCIA.

SUPERFICIE: 21.000 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION: PARQUE NATURAL (DECRETO 86/1986, DE 8 DE JULIO, DEL CONSELL DE LA GENERALITAT VALENCIANA, DE REGIMEN JURIDICO DEL PARQUE NATURAL DE LA ALBUFERA).

LIMITES:

LIMITE NORTE: SIGUE EL NUEVO CAUCE DEL TURIA DESDE SU DESEMBOCADURA HASTA EL CAMI DEL BRACET. SIGUE EL CAMI DEL BRACET HASTA LLEGAR A LA SENDA DE LES VAQUES, SIGUIENDO ESTA SENDA EN DIRECCION SUR HASTA LA ACEQUIA DEL ORO. CONTINUA POR LA ACEQUIA DEL ORO HASTA LA ACEQUIA RAVISANXO. SIGUE LA ACEQUIA DE RAVISANXO HASTA SU INTERSECCION CON LA CN-332.

LIMITE OESTE:

SIGUE LA CARRETERA NACIONAL 332 DESDE SU INTERSECCION CON LA ACEQUIA RAVISANXO (ENTRE PUNTOS KILOMETRICOS 254 Y 255) HASTA EL PUNTO KILOMETRICO 250. CONTINUA POR EL CAMI VELL DE RUSSAFA Y LA VIA DEL FERROCARRIL SILLA-CULLERA (DESDE PUNTO KILOMETRICO 3 HASTA EL 9). SIGUE POR LA ACEQUIA O ESCORRENTIA DE LA CAMPANA HASTA SU INTERSECCION CON EL CAMI DE LA BEROLA, SIGUIENDO POR ESTE HASTA EL CAMI DEL BARRANQUET, QUE SE ATRAVIESA, CONTINUANDO POR EL BRAZAL DE LA REBASA HASTA EL CAMI DE L'ALTERO. SIGUE POR EL CAMI DE L'ALTERO, QUE SE ABANDONA SIGUIENDO EL LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 151 Y 150 Y LAS 49 Y 50 (DEL POLIGONO 26 DE SOLLANA) HASTA EL CAMI DE L'ACA O CAMI DELS CAMPETES, CONTINUANDO POR EL LIMITE ENTRE PARCELAS 116 Y 106 Y POR EL LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 105, 23, 129, 128, 137, 139.107.24.25 (DEL POLIGONO 26 DE SOLLANA) HASTA EL CAMI DE PARETES.

SIGUE POR EL CAMI DE PARETES, RIEGO DE PARETES, LA SEQUIA DE L'OVERA (DEL REGAI), LA SEQUIA DELS CLOTS Y EL RIEGO DE LOS HOYOS HASTA EL CRUCE CON EL CAMI DE LA MAQUIA, QUE SE ABANDONA POR EL LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 817 Y 919 (POLIGONO 21, HOJA 2. DE SOLLANA) HASTA LA SENDA DE OLIVARONS.

DESDE ESTA SENDA CONTINUA POR EL LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 301, 302, 303, 304, 338 Y 339 Y LAS PARCELAS 818, 246, 247, 954, 304 A 306 (DEL POLIGONO 21, HOJA 2. DE SOLLANA) HASTA EL ESCORREDOR DELS OLIVERANS O RIEGO D'ALFASAR. SIGUE POR ESTE HASTA LA CASA DEL COTO Y DESDE AQUI, POR EL LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 278 Y 208 Y LAS PARCELAS 324, 910, 909 Y 276 (DEL POLIGONO 21, HOJA 2. DE SOLLANA), HASTA LA SEQUIA DE S. AGUSTI, Y POR ESTA A LA SEQUIA L'OVERA (O DEL REGAL). PROSIGUE POR LA SEQUIA MANO DERECHA DE PISTILLA HASTA EL CRUCE CON EL CAMI D'ALZIRA.

SIGUE POR EL CAMI D'ALZIRA, EL CAMI DE MUÑOZ (CAMI DEL PLA DEL PI), EL CAMI DE LA CASA MASI (O CASA SIRERA), EL CAMI DE LA TORRETA TRULLAS Y EL CAMI DE LES MALLADES (O DE LA CASA CARO), HASTA SU INTERSECCION CON EL LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 42, 43, 369, 99 Y 25, LAS PARCELAS 41, 73, 104, 100 Y 76 Y LA PARCELA 46 (POLIGONO 17, HOJA 1. DE SOLLANA), HASTA EL CAMI DEL BARRANC. SIGUE POR EL CAMI DEL BARRANC HASTA LA SEQUIA VELLA.

LIMITE SUR: SIGUE POR LA SEQUIA VELLA, LA SEQUIA COMUNA, EL CAMI DE LA TANCA Y EL CAMI DE MONCOFAR, HASTA EL LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 49A, 343, 199, 43A, 15, 72, 37 Y LAS PARCELAS 5A, 198A, 32A, 240, 239, 74, 63, 332 (POLIGONO 1, HOJA 1. DE ALBALAT DE LA RIBERA), LLEGANDO AL CAMI DE PLANELLS (O PALMELLA). CONTINUA POR EL CAMINAS DE MORELLO, EL CAMI DE LA FLEIXENERA Y EL CAMI DE LA MOLA, HASTA EL LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 160, 51A Y LAS PARCELAS 159, 158, 51A, 52 (POLIGONO 17, HOJA 2. DE ALBALAT DE LA RIBERA), LLEGANDO AL CAMI DE LA SENILLERA Y CONTINUANDO HASTA EL PONT DE L'ANELL.

DESDE EL PONT DE L'ANELL, SIGUE POR EL CAMI DE LA COSTERA, LA SEQUIA DE LA FONDA, LA SEQUIA DEL MALLORQUI, Y LA SEQUIA DE LA COSTERA, CONTINUANDO EL LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 160, 43A, 105A, 15B, 148, 149, 103, 150, 102A (DEL POLIGONO 21, SUECA) HASTA EL CAMI DE LA PARTIDA O SEQUIA DE LA MARTINA, QUE SE ABANDONA SIGUIENDO EL LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 13. Y LAS PARCELAS 191, 14, 192A (POLIGONO 21, SUECA), HASTA LLEGAR AL CAMI DEL CAMPANAR (CANET DE TARONGERS).

SIGUE POR EL CAMI DEL CAMPANAR, EL CAMI DEL PAS DE ROSELL, EL CAMI D'ESCANO (CAMI DE LA SEQUIA NOVA), EL CAMI DE LA PARIDERA, EL GUARDARANY DE BARRACA CEBOLLA, EL GUARDARANY DEL RAFOLL (O DE LES SAUCELLES), LA CARRETERA VV-1045, EL CAMI O SEQUIA DEL SALADAR, EL CAMI DELS CENDROSES, EL BRAZAL DELS HOSOS Y EL CAMI (Y SEQUIA) DELS ARBRES, QUE SE ABANDONA SIGUIENDO EL LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 2A, 13A, 12A, 8, 17A Y LA PARCELA 1. (DEL POLIGONO 36, SUECA) HASTA EL CAMI DEL MARENY O SEQUIA DEL REI. PROSIGUE POR EL GARDARENY DE LA TORRETA Y EL PLA, LA SEQUIA REIAL DEL XUQUER (SEQUIA DE CULLERA), EL CAMI DE RAFOL, EL CAMI VELL (CAMI FONDO DE LA PENYA), EL CAMI DELS MANGRANERETS, EL CAMI DEL PASTISSER (LIMITE ENTRE LAS PARCELAS 136, 169, 225, 181A Y LAS PARCELAS 135, 167, 166, 202, 201, 165 Y 153 DEL POLIGONO 58, HOJA 2. DE CULLERA). CONTINUA POR LA CRESTA (DIVISORIA DE AGUAS) DE LA MUNTANYETA DE LA ERMITA DELS SANTS HASTA EL CAMINO QUE SEPARA LAS PARCELAS 146A Y 148 DE LAS PARCELAS 23, 22, 21A, 21B Y 226, SIGUIENDO POR EL HASTA LLEGAR A LA CARRETERA NAZARET-OLIVA, POR LA QUE SE PROSIGUE HASTA EL CAMI PRIMER COLLADO.

CONTINUA POR EL CAMI PRIMER COLLADO HASTA LA SEQUIA DE S. LLOREN , QUE SE SIGUE HASTA SU DESEMBOCADURA EN EL MAR MEDITERRANEO.

LIMITE ESTE: SIGUE EL MARGEN DERECHO DE LA DESEMBOCADURA DEL NUEVO CAUCE DEL TURIA HASTA LA DESEMBOCADURA DE LA SEQUIA DE S. LLOREN , MAPAS DEL CATASTRO PARCELARIO DEL INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL (E : 1/2.000).

L'ALBUFERA

(MAPAS OMITIDOS)

LAGUNA DE EL HONDO

MUNICIPIOS: ELCHE Y CREVILLENTE.

PROVINCIA: ALICANTE.

COMUNIDAD AUTONOMA: VALENCIA.

SUPERFICIE:

2.337,25 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION: PARAJE NATURAL (DECRETO 187/1988, DE 12 DE DICIEMBRE, DEL CONSELL DE LA GENERALITAT VALENCIANA, DE DECLARACION DEL PARAJE NATURAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA DE EL HONDO).

LIMITES: EL LIMITE DE ESTE PARAJE SE DESCRIBE SIGUIENDO UN CIRCUITO PERIMETRAL, RECORRIDO EN EL SENTIDO DE LAS AGUJAS DEL RELOJ Y QUE COMIENZA EN EL TERMINO MUNICIPAL DE CREVILLENTE, EN EL ARRANQUE DE LA VEREDA DE SENDRES DESDE EL CAMINO DE CREVILLENTE A CATRAL. A PARTIR DE ESTE PUNTO CONTINUA POR:

VEREDA DE SENDRES (AV-3006) HASTA EL ESCORREDOR QUE EN DIRECCION SO LA CONECTA CON EL CAMINO DE CREVILLENTE AL PINET, A LA ALTURA DEL VERTICE PA-646, QUE SE CORRESPONDE CON EL LIMITE DE LA ZONA 44 (SNU PROTECCION DE SALADARES), DEL PGOU DE ELCHE, REVISION DE 1985.

LIMITE DE DICHA ZONA 44 HASTA EL PUNTO KILOMETRICO 8,650 DE LA CARRETERA LOCAL DE ELCHE A DOLORES (AP-3061).

CARRETERA LOCAL DE ELCHE A DOLORES, ENTRE EL PUNTO KILOMETRICO 8,650 Y EL ARRANQUE DE LA CARRETERA DEL HONDO O DEL CONTADOR O CARRIL DE VISTABELLA.

CARRETERA DEL HONDO O CARRIL DE VISTABELLA HASTA EL LIMITE DEL TERMINO MUNICIPAL DE CREVILLENTE.

LIMITE DEL TERMINO MUNICIPAL DE CREVILLENTE HASTA EL CAMINO DEL AZARBE DE LA PARTICION AL AZARBE DE MONCADA.

POR ESTE CAMINO HASTA SU ENCUENTRO CON EL AZARBE DE MONCADA.

ANTIGUO TRAZADO DEL CAMINO DEL AZARBE DE MONCADA AL AZARBE DEL RIACHO HASTA EL AZARBE DEL RIACHO, COINCIDIENDO CON EL TRAMO CORRESPONDIENTE DEL LIMITE ESTE DE LA ZONA 1-5 (<EL HONDO>) DEL SNU DE PROTECCION ESPECIAL DEL PGOU DE CREVILLENTE (ADAPTACION Y REVISION DE 1982).

AZARBE DEL RIACHO HASTA SU CRUCE CON EL CAMINO DE CREVILLENTE A CATRAL.

CAMINO DE CREVILLENTE A CATRAL HASTA EL ARRRANQUE DE LA VEREDA DE SENDRES, PUNTO DONDE FINALIZA.

EL HONDO

(MAPAS OMITIDO)

SALINAS DE LA MATA Y TORREVIEJA

MUNICIPIO: TORREVIEJA.

PROVINCIA: ALICANTE.

COMUNIDAD AUTONOMA: VALENCIA.

SUPERFICIE: 2.100 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION: PARAJE NATURAL (DECRETO 189/1988, DE 12 DE DICIEMBRE, DEL CONSELL DE LA GENERALITAT VALENCIANA).

LIMITES: EL LIMITE DEL PARAJE NATURAL SE DESCRIBE SEGUN UN CIRCUITO PERIMETRAL A LAS LAGUNAS DE LA MATA Y TORREVIEJA, INICIADO EN EL PUNTO DE INTERSECCION DE LA CARRETERA DE NOVELDA A TORREVIEJA (C-3321) CON EL LIMITE MUNICIPAL ENTRE TORREVIEJA Y ROJALES. EL CIRCUITO SE RECORRE EN EL SENTIDO DE LAS AGUJAS DEL RELOJ, ES DECIR, PARTIENDO INICIALMENTE EN DIRECCION NORESTE.

DESDE DICHO PUNTO DE ORIGEN, LOS LIMITES CONCRETOS SON LOS SIGUIENTES:

LIMITE MUNICIPAL ENTRE TORREVIEJA Y ROJALES HASTA SU INTERSECCION CON EL BARRANCO DEL MARABU.

EN TERMINO MUNICIPAL DE TORREVIEJA, LINDE ENTRE LAS PARCELAS 109, 110 Y 111 CON LA PARCELA 1 (POLIGONO 1), HASTA EL CRUCE DEL CAMINO DEL MARABU CON EL CAMINO DEL RASO.

CAMINO DEL RASO (ENTRANDO EN TERMINO MUNICIPAL DE GUARDAMAR DEL SEGURA).

EN EL TERMINO DE GUARDAMAR DEL SEGURA, POR EL LINDE EXTERNO DE LAS PARCELAS 150M, 37 Y 39 DEL POLIGONO 7 Y DE LA PARCELA 150 DEL POLIGONO 6-8, HASTA CONFLUIR CON LA VEREDA DE GANADOS DE LA MATA A LA ALTURA DEL MOJON M-7 DEL DESLINDE ENTRE LOS TERMINOS DE GUARDAMAR DEL SEGURA Y TORREVIEJA.

VEREDA DE GANADOS DE LA MATA, CONTINUANDO POR LA VEREDA DE GUARDAMAR HASTA LA CONFLUENCIA CON LA PARCELA 172 DEL POLIGONO 12 DEL TERMINO DE TORREVIEJA.

LINDE EXTERNA DE LA PARCELA 172, EN DIRECCION OESTE, HASTA SU INTERSECCION CON EL CAMINO FORESTAL.

CAMINO FORESTAL, POR EL LIMITE EXTERIOR DE LAS PARCELAS 111, 96, 85, 93, 58, 31, 40, 39, 29, 27, 26, 19, 14 Y 23 DEL POLIGONO 12, HASTA INTERSECTAR CON EL CAMINO DE CASA CARRASCO.

LINDE EXTERNA DE LAS PARCELAS 224, 225 Y 226 DEL POLIGONO 12 HASTA LA CONFLUENCIA CON EL FERROCARRIL DE ALBATERA A TORREVIEJA.

FERROCARRIL DE ALBATERA A TORREVIEJA HASTA SU INTERSECCION CON EL CAMINO DE LA CASA DESTECHADA.

LIMITE DE LA PARCELA 29 DEL POLIGO 27 CON EL POLIGONO 20.

LINDE ENTRE LA PARCELA 29 DEL POLIGONO 27 Y LA PARCELA 19 DE DICHO POLIGONO.

LINDE DE LA PARCELA 1 DEL POLIGONO 21 CON LA PARCELA 19 DEL POLIGONO 27 Y LA PARCELA 2 DEL POLIGONO 21.

LIMITE ENTRE LA PARCELA 29 DEL POLIGONO 27 CON LA PARCELA 21, SIGUIENDO POR EL LIMITE EXTERNO DE LAS PARCELAS 24 Y 23 DEL POLIGONO 21, QUE COINCIDE CON LA DELIMITACION DEL SUELO CLASIFICADO NO URBANIZABLE PROTEGIBLE DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE 1986 DE TORREVIEJA.

LIMITE DE LA PARCELA 39 CON LA PARCELA 30, AMBAS PERTENECIENTES AL POLIGONO 27, HASTA EL PUNTO DE INTERSECCION ENTRE LAS PARCELAS 39 Y 30 DEL POLIGONO 27 CON LAS PARCELAS 20 Y 21 DEL POLIGONO 21.

DESDE ESTE PUNTO SIGUE LA DELIMITACION EN LINEA RECTA HACIA EL SUR HASTA COINCIDIR EN EL PUNTO DE INTERSECCION ENTRE LAS PARCELAS 39 Y 37 DEL POLIGONO 27 CON LAS PARCELAS 1 Y 2 DEL POLIGONO 22, EN EL CAMINO DEL SALADAR.

CAMINO DEL SALADAR, POR LA LINDE EXTERNA DE LAS PARCELAS 39, 37 Y 38 DEL POLIGONO 27 HASTA SU INTERSECCION, A LA ALTURA DEL PUNTAL, CON EL CAMINO QUE MARCA LA LINDE EXTERNA DE LA PARCELA 3 DEL POLIGONO 24.

LINDE EXTERNA DE LA PARCELA 3 DEL POLIGONO 24 HASTA SU CONFLUENCIA CON EL CAMINO DEL SALADAR.

CAMINO DEL SALADAR, POR LA LINDE ENTRE LOS POLIGONOS 27 Y 25 Y EL LIMITE EXTERIOR DE LAS PARCELAS, 8, 6 Y 3 DEL POLIGONO 26 Y LA PARCELA 10 DEL POLIGONO 10, HASTA SU INTERSECCION CON EL TERMINO MUNICIPAL DE ALMORADI.

LIMITE ENTRE LOS TERMINOS MUNICIPALES DE ALMORADI Y TORREVIEJA HASTA INTERSECTAR CON LA CARRETERA QUE UNE MONTESINOS CON LA CARRETERA DE NOVELDA A TORREVIEJA (C-3321).

CARRETERA DE MONTESINOS A CARRETERA C-3321 HASTA SU INTERSECCION CON ESTA ULTIMA.

CARRETERA DE NOVELDA A TORREVIEJA (C-3321) HASTA INTERSECTAR CON EL LIMITE DEL TERMINO MUNICIPAL DE ROJALES.

LAS ALUSIONES A PARCELAS Y POLIGONOS SE REFIEREN AL MAPA NACIONAL PARCELARIO DEL INSTITUTO GEOGRAFICO Y CATASTRAL, CORRESPONDIENTE A LOS TERMINOS MUNICIPALES DE GUARDAMAR DEL SEGURA Y TORREVIEJA.

LIMITES DE LA ZONA A:

LA DESCRIPCION DE LA ZONA A PARA LA LAGUNA DE LA MATA SE REALIZA SEGUN UN CIRCUITO PERIMETRAL QUE PARTE DEL PUNTO DE INTERSECCION DE LA CARRETERA DE NOVELDA A TORREVIEJA (C-3321) CON EL LIMITE MUNICIPAL ENTRE TORREVIEJA Y ROJALES, SIGUIENDO EL SENTIDO DE LAS AGUJAS DEL RELOJ, ES DECIR, PARTIENDO INICIALMENTE EN DIRECCION ESTE. DESDE DICHO PUNTO DE ORIGEN, LOS LIMITES CONCRETOS SON LOS SIGUIENTES:

MARGEN EXTERNO DE LAS PARCELAS 100, 106, 109, 116 Y 3 DEL POLIGONO 1 DEL TERMINO DE TORREVIEJA HASTA SU ENTRADA EN EL TERMINO DE GUARDAMAR DEL SEGURA POR EL CAMINO DEL RASO.

EN EL TERMINO DE GUARDAMAR DEL SEGURA, LIMITE EXTERNO DE LA PARCELA 150 DE LOS POLIGONOS 7 Y 6-8 POR EL CAMINO DEL RASO HASTA SU ENTRADA EN EL TERMINO DE TORREVIEJA POR EL LIMITE ENTRE LA PARCELA 28-D Y LA 25 DEL POLIGONO 1 DE TORREVIEJA.

EN EL TERMINO DE TORREVIEJA POR EL LIMITE EXTERNO DE LAS PARCELAS 25, 26 (INCLUYENDO LAS PARCELAS 38, 43, 44 Y 45), 46 Y 57 DEL POLIGONO 1 HASTA LA CONFLUENCIA CON EL POLIGONO 12.

POR LA VEREDA DE GUARDAMAR QUE SEPARA LOS POLIGONOS 12 Y 13, SIGUIENDO EL LIMITE GENERAL DEL PARAJE POR EL BORDE EXTERIOR DE LA PARCELA 172 DEL POLIGONO 12 Y EL CAMINO FORESTAL EN DIRECCION OESTE HASTA LA INTERSECCION CON EL CAMINO DE CASA CARRASCO.

CAMINO FORESTAL, POR EL LIMITE EXTERIOR DE LA PARCELA 1 DEL POLIGONO 12 Y PARCELAS 78, 57 (CANAL DE LAS SALINAS), 99 Y 100 DEL POLIGONO 1 HASTA CONFLUIR EN EL PUNTO DE INTERSECCION ENTRE EL LIMITE DE LOS TERMINOS DE TORREVIEJA Y ROJALES CON LA CARRETERA DE NOVELDA A TORREVIEJA.

LA DELIMITACION DE LA ZONA A EN LA LAGUNA DE TORREVIEJA SE DESCRIBE SIGUIENDO UN CIRCUITO PERIMETRAL SEGUN EL SENTIDO DE LAS AGUJAS DEL RELOJ, QUE COMIENZA A PARTIR DEL PUNTO DE INTERSECCION ENTRE EL CAMINO DEL SALADAR SITUADO AL SUR DE LAS INSTALACIONES DE LA EXPLOTACION SALINERA Y LA CONFLUENCIA ENTRE LOS LIMITES DE LAS PARCELAS 39, 37 Y 38 DEL POLIGONO 27:

POR EL CAMINO DEL SALADAR COINCIDIENDO CON EL LIMITE GENERAL DEL PARAJE HASTA SU LLEGADA AL POLIGONO 24.

MARGEN EXTERIOR DE LAS PARCELAS 1.2 DEL POLIGONO 24 HASTA CONFLUIR CON EL CAMINO DEL SALADAR.

CAMINO DEL SALADAR Y LIMITE EXTERIOR DE LA PARCELA 38 DEL POLIGONO 27 HASTA EL CONTACTO CON EL POLIGONO 26.

LIMITE GENERAL DEL PARAJE HASTA EL MOJON M-14 DEL DESLINDE ENTRE LOS TERMINOS DE TORREVIEJA Y ALMORADI.

LIMITE EXTERNO DE LA PARCELA 31 DEL POLIGONO 11 Y DE LAS PARCELAS 29 Y 20 DEL POLIGONO 27, HASTA SU INTERSECCION CON EL FERROCARRIL DE ALBATERA A TORREVIEJA.

TRAZADO DEL FERROCARRIL EN DIRECCION A TORREVIEJA, COINCIDIENDO CON EL LIMITE GENERAL DEL PARAJE HASTA LA CONFLUENCIA CON EL POLIGONO 21.

LIMITE ENTRE LA PARCELA 29 DEL POLIGO 27 Y LA PARCELA 1 DEL POLIGONO 21, SIGUIENDO POR EL LIMITE GENERAL DEL PARAJE HASTA EL PUNTO DE INTERSECCION ENTRE LAS PARCELAS 39 Y 30 DEL POLIGONO 27 Y LAS PARCELAS 20 Y 21 DEL POLIGONO 21.

DESDE ESTE PUNTO, Y POR LINEA RECTA DE MINIMA DISTANCIA, EN DIRECCION OESTE HASTA CONFLUIR CON EL ACEQUION, SIGUIENDO POR ESTE HASTA SU DESEMBOCADURA EN LA LAGUNA.

LIMITE EXTERIOR DE LA SUBPARCELA 39-A DEL POLIGONO 27 HASTA CONFLUIR CON EL PUNTO DE INTERSECCION ENTRE ESTA Y LAS PARCELAS 38 Y 37, TAMBIEN DEL POLIGONO 27.

LIMITE DE LA ZONA B:

LA ZONA B SE HALLA COMPRENDIDA ENTRE EL LIMITE GENERAL DEL PARAJE NATURAL Y EL LIMITE DE LA ZONA A.

SALINAS DE LA MATA Y DE TORREVIEJA

(MAPAS OMITIDOS)

SALINAS DE SANTA POLA

MUNICIPIOS: SANTA POLA Y ELCHE.

PROVINCIA: ALICANTE.

COMUNIDAD AUTONOMA: VALENCIA.

SUPERFICIE: 2.400 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION:

PARAJE NATURAL (DECRETO 190/1988, DE 12 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJO DE LA GENERALIDAD VALENCIANA, DE DECLARACION DEL PARAJE NATURAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA DE LAS SALINAS DE SANTA POLA).

LIMITES: LA DELIMITACION DE ESTE PARAJE NATURAL SE DESCRIBE A PARTIR DEL PUNTO DE INTERSECCION ENTRE EL TERMINO MUNICIPAL DE SANTA POLA CON EL PUNTO KILOMETRICO 6,6 DEL ANTIGUO CAMINO DE SANTA POLA. EN DIRECCION ESTE LA DELIMITACION ES COMO SIGUE:

POR EL LIMITE DEL TERMINO MUNICIPAL DE SANTA POLA CON ELCHE HASTA QUE ESTE INTERSECTA CON EL LIMITE DEL SUELO URBANIZABLE NO PROGRAMADO (SUNP) SEÑALADO EN EL POGOU DE SANTA POLA DE 28 DE OCTUBRE DE 1985.

SIGUE POR EL LIMITE ENTRE EL SUNP Y EL SUELO NO URBANIZABLE (SNU) DE LAS SALINAS, CONTINUANDO POR EL LIMITE ENTRE ESTE ULTIMO Y LA ZONA DEPORTIVA COLINDANTE CON LA CARRETERA C-3.317 Y EL POLIGONO INDUSTRIAL INI HASTA ENCONTRAR LA CITADA CARRETERA.

SIGUE POR LA CARRETERA COMARCAL 3.317 EN DIRECCION A LA LINEA DE COSTA HASTA SU CONFLUENCIA CON LA CARRETERA NACIONAL 332.

CONTINUA POR LA CARRETERA NACIONAL 332 EN DIRECCION SUR HASTA EL CRUCE CON EL CAMINO DE LA PLAYA, QUE CONSTITUYE EL LIMITE ENTRE EL SUELO URBANO Y SUELO NO URBANIZABLE DEL PGOU DE SANTA POLA.

POR ESTE LIMITE HASTA LA LINEA DE COSTA, POR LA QUE CONTINUA EN DIRECCION SUR HASTA EL LIMITE ENTRE EL TERMINO MUNICIPAL DE SANTA POLA Y EL DE ELCHE.

SIGUE POR EL LIMITE ENTRE AMBOS TERMINOS MUNICIPALES EN DIRECCION OESTE HASTA SU INTERSECCION CON EL AZARBE DE DALT, CONTINUANDO POR LA CARRETERA DE ELCHE A GUARDAMAR EN DIRECCION A ELCHE HASTA EL PUNTO KILOMETRICO 8, DESDE DONDE SIGUE POR EL LIMITE ENTRE LAS ZONAS 42 (SNU PROTECCION AGRICOLA) Y 44 (SNU PROTECCION DE SALADARES) DEL PGOU DE ELCHE, REVISION DE 1985.

SIGUE POR DICHO LIMITE HASTA EL LIMITE ENTRE LOS TERMINOS MUNICIPALES DE ELCHE Y SANTA POLA.

SIGUE POR EL LIMITE ENTRE ESTOS TERMINOS MUNICIPALES HASTA SU INTERSECCION CON EL ANTIGUO CAMINO DE SANTA POLA.

SALINAS DE SANTA POLA

(MAPAS OMITIDAS)

EL PRAT DE CABANES-TORREBLANCA

MUNICIPIOS: CABANES Y TORREBLANCA.

PROVINCIA:

CASTELLON.

COMUNIDAD AUTONOMA: VALENCIA.

SUPERFICIE: 860 HECTAREAS.

FIGURA DE PROTECCION: PARAJE NATURAL (DECRETO 188/1988, DE 12 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJO DE LA GENERALIDAD VALENCIANA).

LIMITES:

EL LIMITE DE ESTE PARAJE NATURAL SE INICIA EN EL PUNTO DE INTERSECCION DEL LIMITE MUNICIPAL ENTRE CABANES Y TORREBLANCA CON EL CAMINO DE QUERAT.

DESDE DICHO PUNTO Y PARTIENDO EN DIRECCION NORESTE LOS LIMITES CONCRETOS SON:

EN EL TERMINO MUNICIPAL DE TORREBLANCA, POR EL CAMINO DE QUERAT HASTA SU INTERSECCION CON EL ASSAGADOR DE LES MANGRANES.

SIGUIENDO POR ASSAGADOR DE LES MANGRANES HASTA LA INTERSECCION CON LA CARRERASA DE LA RAMBLA QUE LA CONTINUA HASTA EL CRUCE CON LA SEQUIA MARE O DEL COLZE.

DESDE ESTE CRUCE SIGUE POR EL CAMINO DE LES PARRETES HASTA SU INTERSECCION CON EL LIMITE DEL SUELO URBANIZABLE RESIDENCIAL DE TORRENOSTRA, SEÑALADO EN LAS NORMAS SUBSIDIARIAS MUNICIPALES DE TORREBLANCA, APROBADAS EL 2 DE ABRIL DE 1985.

POR EL LIMITE ENTRE EL SUELO URBANIZABLE RESIDENCIAL DE TORRENOSTRA Y EL SUELO CLASIFICADO NO URBANIZABLE DE PROTECCION ESPECIAL HASTA LLEGAR A LA LINEA DE COSTA.

SIGUE EL LIMITE POR LA LINEA DE COSTA HACIA EL SUR HASTA EL COMIENZO, EN TERMINO MUNICIPAL DE CABANES, DEL SUELO CLASIFICADO COMO SUELO URBANIZABLE PROGRAMADO LITORAL COSTERO DE TORRE DE LA SAL EN EL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACION DE CABANES, 1982.

CONTINUANDO POR EL LIMITE ENTRE LA ZONA CLASIFICADA CON SUP-LITORAL COSTERO DE TORRE DE LA SAL Y EL SUELO NO URBANIZABLE-ZONA HUMEDA PROTEGIDA DEL CITADO PLAN HASTA LA INTERSECCION CON EL CAMINO DEL PONT ROIG.

POR EL CAMINO DEL PONT ROIG HASTA SU INTERSECCION CON EL LIMITE ENTRE LOS TERMINOS MUNICIPALES DE CABANES Y TORREBLANCA.

POR EL LIMITE MUNICIPAL ENTRE CABANES Y TORREBLANCA HASTA SU INTERSECCION CON EL CAMINO DE QUERALT.

PRAT DE CABANES Y TORREBLANCA

(MAPAS OMITIDOS)

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 19/04/1990
  • Fecha de publicación: 08/05/1990
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 19 de abril de 1990.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN y se publica actualización técnica y cartográfica de los humedales : Resolución de 12 de diciembre de 2019 (Ref. BOE-A-2020-383).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 2 del Convenio de 2 de febrero de 1971 (Ref. BOE-A-1982-21179).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Aguas
  • Fauna
  • Humedales
  • Medio ambiente
  • Pantanos

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