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Documento BOE-A-1990-16317

Recurso de inconstitucionalidad número 175/1990, planteado por el Presidente del Gobierno contra determinados preceptos de la Ley del Parlamento de Galicia 13/1989, de 10 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 1990, páginas 19822 a 19822 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1990-16317

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por auto de 3 de julio actual, ha acordado mantener la suspensión de la vigencia de la disposición adicional tercera de la Ley del Parlamento de Galicia 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, cuya suspensión se dispuso por proveído de 29 de enero de 1990 recaído en el recurso de inconstitucionalidad número 175/1990. planteado por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 3 de julio de 1990—El Presidente del Tribunal Constitucional, TOMAS Y VALIENTE

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 03/07/1990
  • Fecha de publicación: 11/07/1990
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • el mantenimiento de la suspensión de la disposición adicional 3 en el Recurso 175/1990, contra la Ley 13/1989, de 10 de octubre (Ref. BOE-A-1990-3346) y (Ref. BOE-A-1990-3358).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Galicia
  • Montes
  • Tribunal Constitucional

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