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El Tribunal Constitucional, por auto de 18 de diciembre actual, ha acordado dar por terminada, por desaparición sobrevenida de su objeto, la cuestión de inconstitucionalidad número 1.226/1989, planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Barcelona, por supuesta inconstitucionalidad del artículo 159 del Código Civil, que se admitió a trámite por providencia de 3 de julio de 1989, que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 12 del mismo mes de julio.
Madrid, 18 de diciembre de 1990.- El Secretario de Justicia.
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