Advertidos errores en el texto de la referida Resolución, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 273, de fecha 14 de noviembre de 1989, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:
Página 35510.-1. Prestaciones básicas. Concesión.
En el punto 1 apartado a). en In tercera línea, donde dice: «de Previsión Local», debe decir: «de Previsión de la Administración Local».
En el punto 2, apartado c). en la tercera línea. donde dice: «se cuentra». debe decir: «se encuentra».
En el punto 4,apartado b). en la tercera línea, donde dice: «Local», debe decir: «de la Administración Local».
Página 35510.-4. Prestaciones complementarias.
En el punto l.-Capital Seguro de Vida, en la tercera línea, donde dice: "de Previsión Local".debe decir: «de Previsión de la Administración Local».
En el punto 2.-Rescate del Capital Seguro de Vida, en la tercera línea, donde dice: «de Previsión Local», debe decir: «de Previsión de la Administración Local».
Página 35511.-5. Concesión de ayuda económica para la adquisición de vivienda.
Donde dice: "Que está acreditado que", debe decir: «a) Que está acreditado que».
Página 35511.
Donde dice: «8. Nóminas de pensiones y pretaciones». debe decir:
«8. Nóminas de pensiones y prestaciones», Página 35512.-6. Prestación económica por inutilidad para el servicio.
En el punto 1, apartado a), en la segunda línea. donde dice: «servicio activo en la situación», debe decir: «servicio activo o en la situación».
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