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Documento BOE-A-1990-8588

Cuestión de inconstitucionalidad número 853/1990, planteada por el Juzgado de Primera Instancia númer 1 de Valls.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 1990, páginas 9723 a 9723 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1990-8588

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 4 DE ABRIL ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 853/1990, PLANTEADA POR EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE VALLS, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL PARRAFO PENULTIMO (INCISO FINAL EXCLUIDO) DEL ARTICULO 1.435 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, POR VULNERACION DE LOS ARTICULOS 14 Y 24.1 DE LA CONSTITUCION.

LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

MADRID, 4 DE ABRIL DE 1990. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 04/04/1990
  • Fecha de publicación: 07/04/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara la constitucionalidad de lo indicado del párrafo 4 del art. 1435, por Sentencia 14/1992, de 10 de febrero (Ref. BOE-T-1992-5061).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad párrafo penúltimo del art.1435 de la Ley de Enjuiciamiento Civil aprobada por Decreto de 3 de febrero de 1881 (Ref. BOE-A-1881-813).
Materias
  • Enjuiciamiento Civil
  • Tribunal Constitucional

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