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Documento BOE-A-1991-10845

Resolución de 19 de abril de 1991, de la Dirección General de Transportes Terrestres, por la que se aclara la Orden de 28 de diciembre de 1990.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 1991, páginas 14262 a 14262 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
Referencia:
BOE-A-1991-10845
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1991/04/19/(1)

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN DE 28 DE DICIEMBRE DE 1990 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 19 DE ENERO DE 1991) SOBRE PERIODICIDAD Y PLAZOS DE VISADO DE LAS AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE POR CARRETERA Y DE LAS ACTIVIDADES AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS DEL MISMO, SEÑALA QUE LAS AUTORIZACIONES DE AGENCIA DE TRANSPORTE NO HABRAN DE SER VISADAS EN TANTO NO SE ESTABLEZCAN PARA LAS MISMAS LOS CORRESPONDIENTES PLAZOS PERIODICOS DE VISADO.

TODA VEZ QUE, A TENOR DE LO QUE SE DISPONE EN EL ARTICULO 161 DEL REAL DECRETO 1211/1990, DE 28 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE ORDENACION DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES, PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE AGENCIA DE TRANSPORTE, RESULTA PRECEPTIVO HALLARSE EN POSESION DE LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACION ADMINISTRATIVA QUE HABILITE PARA EL MISMO, PARECE NECESARIO PRORROGAR LA VALIDEZ DE LAS TARJETAS EN QUE ACTUALMENTE SE ENCUENTRA DOCUMENTADA DICHA AUTORIZACION EN TANTO NO SE ESTABLEZCA EL PLAZO DE VISADO CORRESPONDIENTE A LA MISMA.

EN SU VIRTUD, DISPONGO:

ARTICULO UNICO. LAS TARJETAS DE QUE ACTUALMENTE SE HALLAN PROVISTAS LAS AGENCIAS DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS EN LAS QUE SE DOCUMENTA LA AUTORIZACION ADMINISTRATIVA QUE LAS HABILITA PARA EL EJERCICIO DE TAL ACTIVIDAD, CONSERVARAN SU VALIDEZ SIN NECESIDAD DE SER VISADAS EN TANTO NO SE ESTABLEZCAN LOS CORRESPONDIENTES PLAZOS PERIODICOS DE VISADO PARA LAS MISMAS Y POR PARTE DE ESTA DIRECCION GENERAL NO SE DETERMINE EL CALENDARIO PARA LA REALIZACION DE ESTE.

MADRID, 19 DE ABRIL DE 1991. EL DIRECTOR GENERAL, MANUEL PANADERO LOPEZ.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/04/1991
  • Fecha de publicación: 07/05/1991
Referencias anteriores
Materias
  • Agencias de transportes
  • Comunidades Autónomas
  • Distribuidores
  • Transportes terrestres
  • Vehículos de motor

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