Contido non dispoñible en galego
Padecidos errores en la inserción de la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 303, de fecha 19 de diciembre de 1990, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 37844.-En el título de la Resolución, en la sexta línea, donde dice: «... arancelarios con derechos reducidos no nulos, ...», debe decir: «... arancelarios con derechos reducidos o nulos, ...».
En la parte expositiva, en la cuarta línea, donde dice: «durante el 1985 y ...», debe decir. «durante el año 1985 y ...».
En la página 37845.-En el producto «9» del anejo único, en la columna correspondiente a «Mercancía», donde dice: «Lingote de fundición para moldería modular....», debe decir: «Lingote de fundición para moldería nodular, ...».
En la página 37846.-En el producto «20», en la columna correspondiente a «Subpartida arancelaria», entre otras, donde dice: «Ex 7211.14.91.0 Ex. 7211.14.99.0», debe decir «Ex. 7211.19.91.0 Ex. 7211.19.99.0».
Para el mismo producto, en la columna correspondiente a «Mercancía», donde dice: «- de acero sin olear», debe decir: «- de acero sin alear».
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