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Documento BOE-A-1991-15473

Real Decreto 904/1991, de 7 de junio, por el que se modifica la cláusula 8 del contrato suscrito entre el desaparecido Ministerio de Marina -hoy Ministerio de Defensa- y el Instituto Nacional de Industria, en relación con la Empresa Nacional Bazán.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 1991, páginas 19951 a 19951 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1991-15473
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1991/06/07/904

TEXTO ORIGINAL

El Decreto 2420/1966, de 10 de septiembre, aprueba el contrato entre el Ministerio de Marina, hoy Ministerio de Defensa, y el Instituto Nacional de Industria por el que se regulan las relaciones entre este Departamento y la «Empresa Nacional Bazán de Construcciones Navales Militares, Sociedad Anónima»,

El Ministerio de Defensa ha puesto de manifiesto la necesidad de la Armada de instalar en la estación naval de la Algameca, el Parque de Autmóviles de la zona marítima del Mediterráneo, por lo que se pretende la reversión de la Fábrica de Minas, autorizándose la construcción de un nuevo taller mecánico para la utilización por la Empresa Nacional Bazán y traslado allí de su personal.

Por su parte, la Empresa Nacional Bazán de Construcciones Navales Militares ha expresado su disposición a prescindir de la explotación de dichos terrenos en vista de la utilidad que actualmente presentan para la Armada.

Asimismo, la cláusual 74 establece que para introducir modificaciones en las cláusulas contenidas en este contrato será preciso acuerdo de las partes contratantes (el Ministerio de Defensa y el Instituto Nacional de Industria), que ya se ha producido, y resolución favorable del Consejo de Ministros, mediante el oportuno Decreto.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de junio de 1991,

DISPONGO:

Artículo 1.º

Se modifica la cláusula 8 del contrato suscrito entre el desaparecido Ministerio de Marina –hoy Ministerio de Defensa– y el Instituto Nacional de Industria, por el que se regulan las relaciones entre ese Ministerio con la «Empresa Nacional Bazán de Construcciones Navales Militares, Sociedad Anónima», aprobado por Decreto 2420/1966, de 10 de septiembre, que quedará redactado de la forma siguiente:

«Cláusula 8.–La Empresa continuará la explotación temporal de las factorías navales siguientes:

Factorías de El Ferrol, Cartagena y La Carraca. Fábrica de Artillería de La Carraca.»

Art. 2.º

La previsión contenida en el último párrafo de la cláusula 13 del contrato mencionado, en relación con las obligaciones con el personal empleado en La Fábrica de Minas de La Algameca, no es de aplicación en la exclusión de esta instalación.

Art. 3.º

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 7 de junio de 1991.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Defensa,

JULIÁN GARCÍA VARGAS

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 07/06/1991
  • Fecha de publicación: 17/06/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 18/06/1991
Referencias anteriores
Materias
  • Construcciones navales
  • Empresas nacionales
  • Instituto Nacional de Industria
  • Marina de Guerra
  • Ministerio de Defensa

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