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Documento BOE-A-1991-23945

Orden de 11 de septiembre de 1991 por la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo y los complementos de formación para el acceso a las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Ingeniero en Informática.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 1991, páginas 31419 a 31419 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1991-23945
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1991/09/11/(1)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 1456/1990, DE 26 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE EL TITULO OFICIAL DE INGENIERO EN INFORMATICA Y LAS DIRECTRICES GENERALES PROPIAS DE SUS PLANES DE ESTUDIOS, DISPONE, EN SU CUARTA DIRECTRIZ, QUE EN APLICACION DE LO PREVISTO EN LOS ARTICULOS 5. Y 8. , 2, DEL REAL DECRETO 1497/1987, DE 27 DE NOVIEMBRE, POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA SE CONCRETARAN LAS TITULACIONES Y LOS ESTUDIOS PREVIOS DE PRIMER CICLO, ASI COMO LOS COMPLEMENTOS DE FORMACION, NECESARIOS PARA CURSAR ESTAS ENSEÑANZAS.

LA PRESENTE ORDEN DA CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL CITADO REAL DECRETO, CONCRETANDO LAS TITULACIONES Y ESTUDIOS PREVIOS DE PRIMER CICLO, ASI COMO LOS COMPLEMENTOS DE FORMACION, CON LOS QUE SE PUEDE ACCEDER A LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES A LA OBTENCION DEL TITULO INDICADO EN EL PARRAFO ANTERIOR, EN TANTO SE REALICEN NUEVAS PROPUESTAS POR EL CONSEJO DE UNIVERSIDADES QUE PERMITAN UNA MAS AMPLIA OFERTA DE POSIBILIDADES DE INCORPORACION A LOS ESTUDIOS DE REFERENCIA.

EN SU VIRTUD,

ESTE MINISTERIO, A PROPUESTA DEL CONSEJO DE UNIVERSIDADES, HA DISPUESTO:

PRIMERO. PODRAN ACCEDER AL SEGUNDO CICLO DE INGENIERO EN INFORMATICA, ADEMAS DE QUIENES CURSEN EL PRIMER CICLO DE ESTOS ESTUDIOS, DIRECTAMENTE, SIN COMPLEMENTOS DE FORMACION, QUIENES ESTEN EN POSESION DEL TITULO DE INGENIERO TECNICO EN INFORMATICA DE GESTION O DE INGENIERO TECNICO EN INFORMATICA DE SISTEMAS.

SEGUNDO.

SE AUTORIZA A LA SECRETARIA DE ESTADO DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACION PARA DICTAR CUANTAS DISPOSICIONES SEAN NECESARIAS PARA EL DESARROLLO Y CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE ORDEN.

MADRID, 11 DE SEPTIEMBRE DE 1991.

SOLANA MADARIAGA

EXCMO. SR. SECRETARIO DE ESTADO DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACION.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/09/1991
  • Fecha de publicación: 26/09/1991
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el apartado 1, por Orden de 8 de octubre de 1991 (Ref. BOE-A-1991-25150).
Referencias anteriores
Materias
  • Ingenieros en Informática

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